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El objetivo de Вasilea II


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2014  •  Tutorial  •  3.918 Palabras (16 Páginas)  •  241 Visitas

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Basilea I

Comité de Basilea

Se le conoce también como Comité de Supervisión Bancaria de Basilea es la organización mundial que reúne a las autoridades de supervisión bancaria, cuya función es fortalecer la solidez de los sistemas financieros.

El Comité fue establecido en 1975 por los presidentes de los bancos centrales de los once países miembros del Grupo de los Diez (G-10) en aquel momento, entre ellos:

• Alemania

• Bélgica

• Canadá

• Estados Unidos

• Francia

• Italia

• Japón

• Países Bajos

• Reino Unido

• Suecia

• Suiza

El Comité se constituyó en un foro de discusión para fomentar la mejora y la unión de las prácticas y normativas de supervisión bancaria, buscando perfeccionar las herramientas de fiscalización internacional, a través de acercamientos y de estándares comunes.

En 1988, el Comité aprobó el denominado Acuerdo de Capital de Basilea (Basilea I), Establecía exigencias mínimas de recursos propios del 8% en base a los riesgos asumidos principalmente de los créditos.

Acciones:

Proponen varios lineamientos para dicha supervisión y regulación:

• Un buen gobierno corporativo

• El manejo de riesgo de crédito.

• Manejo de riesgo operativo.

• El marco de los sistemas de control interno, entre otros.

Se trataba de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba.

El primer acuerdo de capital de Basilea ha jugado un papel muy importante en el fortalecimiento de los sistemas bancarios.

Basilea II

El desarrollo del sistema financiero internacional en los últimos años llevó al comité de Basilea a elaborar una propuesta con el fin de establecer un esquema más abarcativo de los riesgos que asumen los bancos. La propuesta es conocida como Basilea II fue presentada en junio de 1999 a los países del G10 (Alemania, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Japón, Países Bajos, Reino Unido, Suecia, Suiza) a participantes del sector bancario.

El Nuevo Acuerdo de Capital, también llamado NAC o Basilea II, es un documento con principios y recomendaciones propuestas por el Comité de Basilea sobre Supervisión Bancaria, que tiene como objetivo la gestión de los principales riesgos de las instituciones financieras y bancarias.

Basilea II fue publicado en junio de 2004 como un nuevo estándar para la medición de riesgo en los bancos, y para procurar una mejor asignación del capital para cubrir dichos riesgos.

Objetivo de Basilea II

• Promover seguridad en el sistema financiero.

• Mantener un sano nivel de capital en el sistema financiero.

• Constituir una aproximación más completa hacia el cálculo de riesgo.

• Mejorar la supervisión bancaria (a través de los Bancos Centrales).

Pilar I Requerimiento mínimo de Capital

Propone reglas para el cálculo de los requerimientos de capital, motivando a los bancos a mejorar su administración y medición de riesgo.

Esta medición ya se incorporaba en el acuerdo de Basilea I, pero en esta ocasión se complementa y perfecciona con el objetivo que cada institución establezca un nivel de capital más acorde con todos los tipos de riesgo asumidos.

De acuerdo con Basilea II, el capital mínimo de cada banco debe determinarse sobre la base de tres tipos de riesgo

• Riesgo de crédito.-Es cuando algunas entidades financieras tienen dificultas en la obtención de base de dato para proveer de información a eventuales sistemas de calificación interna.

• Riesgo de mercado.- Son los cambios que pudieran producir en las variaciones (tasa de interés, tipo de cambio, cotización de acciones y precio de bienes transables) de mercado que afectan el precio de los activos de las instituciones bancarias.

• Riesgo operativo.- Es llamado “el riesgo que se produce pérdidas como resultado de procesos, personal, sistemas internos inadecuados o consecuencias de acontecimientos externos.

De tal forma que el capital efectivo sea siempre igual o superior a la suma de:

8% del valor de los activos de la institución dependiendo por su nivel riesgo (riesgo de crédito), y el Capital mínimo debe estar asociado a los riesgos de mercado y riesgo operativo.

Para verificar el cumplimiento de las exigencias patrimoniales mínimas se ha establecido un indicador denominado Coeficiente de Capital, el cual no puede ser inferior a 8%.

1. Riesgo de Crédito

Los problemas que pudieren presentar algunas instituciones financieras en cuanto a disponer de bases de datos adecuadas para proveer de información a eventuales sistemas de calificación interna.

1.1 Método estándar

Es el cual se encuentra apoyado en evaluaciones externas de crédito.

Este método asigna ponderaciones (es lo máximo que tú puedes colocar respecto al patrimonio efectivo) fijas y preestablecidas a los distintos activos de un banco. El valor de estos ponderadores se correlacionan en forma directa con el nivel de riesgo asignado a los activos. Para la determinación del riesgo de los créditos se hace uso de evaluaciones externas e independientes.

1.2 Métodos Basados en Calificaciones Internas (Método IRB Básico y Avanzado)

Este método se sustenta principalmente en evaluaciones internas hechas por los propios bancos, los cuales proporcionan los datos cuantitativos que sirven de “inputs” (inversiones, contribuciones).

Los inputs a ser utilizados por las fórmulas propuestas son:

• Probabilidad de incumplimiento (Mide la probabilidad que el prestatario incumpla durante un periodo temporal determinado).

• Pérdida en caso de incumplimiento (Calcula la proporción que se perdería en caso que se produjera incumplimiento).

1.2.1 IRB Básico

Utilización mayor de variables que son determinadas por las entidades fiscalizadoras.

1.2.2 IRB Avanzado

Énfasis de las variables o inputs que son determinadas sobre la base de la información generada en forma interna por los propios bancos o proporcionada por el supervisor.

2. Riesgo de Mercado

La medición de este tipo de riesgo tiene como propósito la constitución de reservas patrimoniales producto de los cambios que se pudieren producir en las variables de mercado que afectan el precio de los activos de las instituciones bancarias.

Exigencias

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