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El parentesco


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2013  •  2.012 Palabras (9 Páginas)  •  298 Visitas

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PARENTESCO Y FILIACIÓN

El parentesco se puede definir de dos formas: en su modo estricto unidas por comunidad de sangre y en su modo amplio la relación o unión de varias personas por virtud de la naturaleza o ley; en particular, se puede señalar que el parentesco es el nexo jurídico que existe entre los descendientes de un progenitor común, entre un cónyuge y los parientes de otro consorte, o entre el adoptante y el adoptado.

Artículo 37

El parentesco puede ser por consanguinidad o por afinidad.

El parentesco por consanguinidad es la relación que existe entre las personas unidas por los vínculos de la sangre.

La proximidad del parentesco se determina por el número de generaciones.

Cada generación forma un grado.

Parentesco de consanguinidad

El parentesco de consanguinidad o consanguineidad es la relación que existe entre las personas unidas por un vínculo de sangre, es decir, que tienen al menos un ascendiente en común. La proximidad en el parentesco por consanguinidad se determina por el número de generaciones que separan a los dos parientes, y se mide en grados, correspondiendo cada grado a la separación entre una persona y sus padres o hijos.

Estos vínculos de parentesco consanguíneo se organizan en líneas de parentesco, formadas por una serie consecutiva de grados, entre las que se pueden distinguir:

Parentesco de afinidad

La afinidad es el vínculo relacionado que se establece entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro, o bien, recíprocamente, entre una persona y los cónyuges de sus parientes consanguíneos.

Artículo 40.- La afinidad es el vínculo entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro. En la misma línea y en el mismo grado en que una persona es pariente consanguíneo de uno de los cónyuges, es afín del otro.

La afinidad no se acaba por la disolución del matrimonio, aunque no existan hijos, excepto para ciertos efectos y en los casos especialmente determinados por la ley.

GRADOS DE PARENTESCO

Artículo 38.- La serie de grados forma la línea.

Es línea recta la serie de grados entre personas que descienden una de otra.

Es línea colateral la serie de grados entre personas que tienen un autor común, sin descender una de otra.

La línea recta es descendente o ascendente.

La descendente liga al autor con los que descienden de él.

La ascendente liga a una persona con aquéllas de quienes desciende.

Línea recta: la serie de grados existente entre personas que descienden una de la otra.

Línea recta ascendente: une a alguien con aquellos de los que desciende de manera directa: padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos, trastatarabuelos...

Línea recta descendente: liga al ancestro con los que descienden sucesivamente de él de manera directa: hijos, nietos, bisnietos, tataranietos, trastataranietos o choznos...

Línea colateral: la serie de grados existente entre personas que tienen un ascendiente común, sin descender una de la otra: hermanos, tíos, primos...

Artículo 39.- En ambas líneas hay tantos grados cuantas son las personas menos una.En la recta se sube hasta el autor.

En la colateral se sube desde una de las personas de que se trata hasta el autor común, y después se baja hasta la otra persona con quien se va a hacer la computación.

Se entiende por grado a la distancia entre dos parientes.

Para contar, se considera un grado la distancia de un pariente a otro.

Una persona cualquiera está en segundo grado de parentesco con su hermano, pues primero se cuenta un grado de él hacia el padre y luego un grado hacia el hermano.

Otros ejemplos:

• DE PRIMER GRADO:

• Consanguinidad: padres

• Consanguinidad: hijos

• Afinidad: cónyuges

• Afinidad: suegros

• Afinidad: yerno/nuera

• DE SEGUNDO GRADO:

• Consanguinidad/Afinidad: abuelos

• Consanguinidad/Afinidad: nietos

• Consanguinidad/Afinidad: hermanos

• Afinidad: cuñados

RELACIONES: es el nombre dado al conjunto de interacciones que se da en los individuos deuna sociedad, la cual tiene grados de órdenes jerárquicos.

RELACION DE HECHO Y DE DERECHO:

DE HECHO Y DERECHO:

Las expresiones de hecho y de derecho abarcan un conjunto de múltiples y heterogéneas realidades humanas, donde existen normas y principios que por supuesto cada núcleo familiar debe acoplarse según sea su formación, y que debemos ser responsables con estas normas, que no son mas que los deberes y derechos existente dentro de las sociedades.

Se puede decir, que en las relaciones de hecho existen diferentes tipos, por el cual las parejas viven o conviven, estas pueden ser por deseo como por ejemplo, (la convivencia de tipo sexual que no son matrimonio), porque de esta forma se ignora, se posterga, o se rechaza el compromiso conyugal.

Artículo 77. Se protege el matrimonio entre un hombre y una mujer, el cual se funda en el libre consentimiento y en la igualdad absoluta de los derechos y deberes de los cónyuges. Las uniones estables de hecho entre un hombre y una mujer que cumplan los requisitos establecidos en la ley producirán los mismos efectos que el matrimonio.

UNIÓN Y DISOLUCIÓN:

UNIÓN Y DISOLUCIÓN: La unión y disolución de las relaciones de hecho deben ser registradas por ante la autoridad competente, tal y como se encuentra señalado en la Ley Orgánica de Registros Civiles.

Artículo118: Manifestación de voluntad. La libre manifestación de voluntad efectuada entre un hombre y una mujer, declarada de manera conjunta, de mantener una unión estable de hecho, conforme a los requisitos establecidos en la ley, se registrará en el libro correspondiente, adquiriendo a partir de este momento plenos efectos jurídicos, sin menoscabo del reconocimiento de cualquier derecho anterior al registro.

Artículo119: Decisión judicial. Toda decisión judicial definitivamente firme que declare o reconozca la existencia de una unión estable de hecho, será insertada en el Registro Civil. Los jueces y las juezas de la República Bolivariana de Venezuela deben remitir copia certificada de la decisión judicial definitivamente firme a las oficinas municipales de Registro Civil, para su inserción en el libro correspondiente.

Así mismo sobre la Disolución, establece:

Artículo122: Disolución, se registrará la declaratoria de disolución de las uniones estables de hecho, en los siguientes casos: 1. Manifestación de voluntad

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