Evidencia No. 1 Logística
Enviado por BlackZilver • 21 de Abril de 2017 • Resumen • 4.051 Palabras (17 Páginas) • 262 Visitas
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Universidad Autónoma de Nuevo León
Facultad de Contaduría Pública y Administración
Evidencia No. 1
Logística
Catedrático: CP Emma Laura
Alumnos:
Debanhi Zarate
Esmeralda García
Josué Sandoval
Abigail Berlanga
Grupo: 8° B. LA
Linares, N.L. a Abril 2017
Índice
Introducción | 3 |
Descripción de reglas Incoterms® | 4 |
Cuál es la Incoterms® más conveniente para el importador y la menos conveniente. | 10 |
Cuales Incoterms® incluyen seguro por parte del exportador | 11 |
¿Por qué algunas Incoterms® no incluyen seguro? | 12 |
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Conclusiones personales | 15 |
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Bibliografía | 20 |
Introducción
Durante el siguiente ejercicio se mostraran algunas definiciones de las reglas Incoterms® que consideramos más importantes, además se dará una opinión sobre cuáles son las mejores desde una perspectiva del importador y exportador.
De igual manera se expondrá un ejemplo sencillo sobre el proceso y responsabilidades de una de las reglas Incoterms® aterrizadas en el mundo real dentro de nuestro país.
1. Describa, a detalle, cinco reglas Incoterms® de su elección.
En fabrica (EXW)
La regla Incoterms® EXW puede ser usada para cualquier mercancía y cualquier medio de transporte. Debe usarse con la siguiente sintaxis:
EXW ° 2400 Progresso Drive, Poughkeepsie, Nueva York, 12601, EUA, Incoterms® 2010
Donde la dirección es la ubicación en la que el exportador mantiene la mercancía disponible para el importador. Esto se ubica en el país exportador. En fabrica es la regla Incoterms® más sencilla para el exportador y la más difícil para el importador.
Entrega bajo EXW: No se especifica nada en esta regla Incoterms® respecto a la entrega de los bienes. Ocurre al momento en que el importador recoge los bienes en la planta del exportador. Esta entrega sucede en un momento mutuamente conveniente.
Responsabilidades del exportador y el importador: Las responsabilidades del exportador se limita a las funciones más básicas: proporcionar los bienes al comprador, empacar los bienes para el embarque de exportación, apoyar en los procedimientos de permiso de exportación y proporcionar los documentos al importador para que los bienes reciban autorización aduanal en el país importador o sean asegurados.
“En Fábrica” significa que el vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor o en otro lugar designado (es decir, taller, fábrica, almacén, etc.). El vendedor no tiene que cargar la mercancía en ningún vehículo de recogida, ni tiene que despacharla para la exportación, cuando tal despacho sea aplicable.
Es muy recomendable que las partes especifiquen, tan claramente como sea posible, el punto en el lugar de entrega designado, puesto que los costos y riesgos hasta dicho punto son a cargo de la empresa vendedora. La compradora corre con todos los costos y riesgos que implica hacerse cargo de la mercancía desde el punto acordado, si lo hay, en el lugar de entrega designado.
Transporte pagado hasta CPT
En la regla Incoterms® CPT, el exportador y el importador acuerdan que el exportador debe pre-pagar el transporte principal de los bienes. Esta regla Incoterms® está diseñada para usarse en todos los tipos de carga y medios de transporte. Se está diseñada para usarse en todos los tipos de carga y medios de transporte. Se utiliza más comúnmente para bienes transportados por tierra o transporte aéreo, pero también se puede usar para envíos marítimos; sin embargo, rara vez se usa para cargar que el exportador entrega directamente a un transportista marítimo en un puerto. Asimismo, es más probable que se use para carga no contenedorizada, carga y descarga rodada o cajones grandes. Esta regla Incoterms® debe usarse con la siguiente sintaxis:
CPT ° Graacher StraBe 20, Koln, Alemania, D-50969, Incoterms® 2010
En que la dirección se refiere a la ubicación en la ciudad de destino en la que el importador asume el control de los bienes. Generalmente se ubica en el país importador o un país vecino.
Entrega bajo CPT: La entrega tiene lugar en el país exportador cuando el exportador hace entrega de los bienes al primer transportista.
Responsabilidades del exportador y el importador bajo CPT: El exportador es responsable de empacar los bienes para su exportación, enviarlos al transportista y pre-paga los costos de envió a la ciudad de destino. El importador asume la responsabilidad por los bienes en el momento en que el vendedor los entrega al primer transportista.
“Transporte Pagado Hasta” significa que el vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el vendedor en un lugar acordado (si dicho lugar se acuerda entre las partes) y que el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte necesario para llevar la mercancía hasta el lugar de destino.
Esta regla tiene dos puntos críticos, porque el riesgo se transmite y los costos se transfieren en lugares diferentes. Es muy recomendable que las partes identifiquen en el contrato, tan precisamente como sea posible, tanto el lugar de entrega, donde el riesgo se transmite al comprador, como el lugar de destino designado hasta donde el vendedor debe contratar el transporte. Si se utilizan varios porteadores para el transporte hasta el destino acordado y las partes no acuerdan un punto de entrega específico, la posición por defecto es que el riesgo se transmite cuando la mercancía se ha entregado al primer porteador en un punto a la entera elección de la empresa vendedora y sobre el que la compradora no tiene ningún control. Si las partes desearan que el riesgo se transmita en una etapa posterior (por ejemplo, en un puerto oceánico o en un aeropuerto), necesitan especificarlo en el contrato.
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