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Filiacion


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2013  •  4.754 Palabras (20 Páginas)  •  410 Visitas

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Introducción

Esta investigación tiene como principal tema La Filiación, esta es el vínculo que une a una persona con sus padres, constituye un estado civil que es fuente de efectos jurídicos manifestados en el conjunto de obligaciones y derechos en las relaciones de familia, en el ámbito patrimonial e inclusive en materia penal.

Se pretende llegar con esta investigación a ratificar las maneras en que nuestros legisladores han creado normas para resguardar y proteger a la familia instituyendo la filiación jurídica como soporte de la natural. Y al ocurrir cambios en la sociedad, las leyes tienen que ser modificadas para poder adaptarse a esta nueva sociedad cambiante.

En Venezuela más de la mitad de las familias emanan de una unión extramatrimonial. Y esta cifra no puede pasar fácilmente desapercibida teniendo en cuenta la población infantil generada a partir de estas uniones. Es por ello que si, conforme a las disposiciones del Código Civil y de la Constitución Nacional, resulta beneficioso o no para la familia venezolana que un precepto constitucional ordene que toda unión estable de hecho genere los mismos efectos que el matrimonio.

la institución del matrimonio es fundamental porque establece la formalización legal de la unión de un hombre y una mujer por tal motivo genera beneficios producto de esa unión.

Esta investigación abarcara en amplitud todo lo relacionado a la filiación y la importancia de la misma para la armonía de la familia venezolana desde el sentido amplio hasta el mas restringido e iremos concatenando cada uno de los tipos de filiación y su importancia.

1 FILIACIÓN

1.1 Definición de filiación:

La relación de filiación es la que se da entre padres e hijos o sea entre generantes y generados (Art. 37 CC). Constituye un hecho natural como es la procreación, y un hecho jurídico, Puesto que determina consecuencias jurídicas; de aquí que puede distinguirse entre filiación biológica y filiación Jurídica. A su vez es la fuente del parentesco por consanguinidad (produce vínculos de consanguinidad recta en primer grado, ascendente o descendente) y junto con el matrimonio, es la fuente del parentesco por afinidad. La adopción como lo concibe la LOPNNA en sus artículos 425 y 426, es considerada y equiparada al parentesco y filiación por consanguinidad, pero también se le ha identificado como la filiación adoptiva o legal, para diferenciarle de la biológica.

1.2 Clases de filiación.

La filiación está fundamentada en el vínculo de la generación real o supuesta. Puede derivar la filiación como relación jurídica, de la naturaleza (filiación real) o de la ley (filiación supuesta) en caso de adopción plena. A su vez, la generación real puede darse entre filiación matrimonial y la filiación extramatrimonial. La filiación matrimonial es el vínculo jurídico simultáneo que une al hijo con su padre y su madre cuando estos están casado para la época de la concepción del hijo o para la fecha de su nacimiento. La filiación matrimonial es un vinculo simultaneo entre hijo, su padre y su madre porque estos últimos, los padres, están a su vez unidos entre ellos por el matrimonio o lo estuvieron en el periodo de la concepción del hijo o para la fecha de su nacimiento.

a) Filiación biológica: es el vínculo natural que existe entre un padre y su hijo, se refiere al hecho natural causado por la reproducción humana, en este contexto todo humano tiene una filiación ya que todo individuo es necesariamente, hijo de un padre y una madre.

b) Filiación jurídica: es el vínculo de derecho que existe entre padres e hijos derivados de la relación biológica que supone la generación. Alude al vínculo jurídico constituido por el derecho en particular la ley, en el contexto del derecho. La filiación jurídica a diferencia de la biológica no siempre existe ya que el derecho para reconocer efectos jurídicos al hecho natural requiere su comprobación.

c) Filiación matrimonial: es común definir la filiación matrimonial refiriéndola al hijo tenido en las relaciones matrimoniales de sus padres, sin embargo el concepto termina siendo impreciso, pues hay dos momentos distanciados en el tiempo, la concepción y el nacimiento o alumbramiento y que estos no necesariamente ocurran en el matrimonio, y así puede ser concebido antes del matrimonio y nazca dentro de él, o concebido en el matrimonio y nazca después de la disolución o anulación de éste; entonces, es necesario saber si por tenido ha de entenderse al concebido o alumbrado, y por último que el hecho de que una mujer casada concebida y/o alumbre un hijo, no significa necesariamente que el padre de éste sea el marido de aquella.

d) Filiación extramatrimonial: la filiación extramatrimonial es también conocida como filiación ilegitima: es decir, la derivada de la unión no matrimonial. Esta se da tanto en los casos en que no hay imposibilidad de matrimonio entre los padres como en aquellos en los que media algún impedimento, ya sea por matrimonio subsistente de algunos de ellos, relación de parentesco, etc. Así, por filiación extramatrimonial debemos entender el vinculo que se establece entre padres e hijos cuando los primeros no están unidos en matrimonio.

e) Filiación materna: es cuando se hace referencia a la relación de parentesco consanguíneo en línea recta, de primer grado, entre una mujer y su hijo o viceversa. Es prioritaria frente a la paternidad y vale, tanto para la filiación derivada de uniones matrimoniales, como para las provenientes de uniones extramatrimoniales.

f) Filiación paterna: es el vínculo natural que existe entre un padre y su hijo a través de la línea recta de consanguinidad.

1.3. Elementos de la filiación matrimonial y extramatrimonial

Los elementos de la filiación matrimonial son: el matrimonio de los padres, la maternidad, la paternidad y la concepción dentro del matrimonio. De la unión de ellos, resulta la filiación matrimonial.

Estos elementos no son los mismos de la filiación extramatrimonial ya que esta filiación los progenitores no están vinculados por el matrimonio, el parentesco del hijo extramatrimonial con su padre es independiente del parentesco que existe entre el hijo y su madre. Dado a ello, se explica porque la prueba de maternidad y paternidad sean autónomos entre sí.

1.4. Principios generales de la filiación.

Toda filiación para que se considere así, jurídicamente, tiene que ser legalmente probada, del medio de prueba empleado y del momento de su prueba empleado. Estos elementos se desglosan en tres principios

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