Fromas De Extinguir La Obligaciones Tributarias
Enviado por wilworld1979 • 2 de Abril de 2013 • 709 Palabras (3 Páginas) • 851 Visitas
MODOS DE EXTINGUIR LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y SU INCIDENCIA EN LOS RECLAMOS
1. Solución o pago;
Este es el cumplimiento que ha normado la ley para que los contribuyentes o por los responsables cumplan un tributo por cualquier relación de comercialización que haya generado un movimiento valorado económicamente.
Esto genera una obligación a favor del sujeto activo, o sea habrá que pagar un tributo expresado en la ley tributaria al acreedor del tributo, y pagar el porcentaje establecido según la norma de esta ley tributaria. Dichos tributos se deberán pagar en las oficinas de recaudación, y donde se verifique el hecho generados o en el domicilio del deudor. Dicho pago será abonado en dinero efectivo de la mondada en curso y otros títulos de valor que la ley tributaria lo permita Art 43. Por otro lado las autoridades administrativas de este órgano estatal deberán facilitar el pago a los deudores según motivo de causa. Pudiendo también recibir abonos parciales Art.49.
2. Compensación
Art. 51.- Deudas y créditos tributarios.- Las deudas tributarias se compensarán total o parcialmente, de oficio o a petición de parte, con créditos líquidos, por tributos pagados en exceso o indebidamente, reconocidos por la autoridad administrativa competente o, en su caso, por el Tribunal Distrital de lo Fiscal, siempre que dichos créditos no se hallen prescritos y los tributos respectivos sean administrados por el mismo organismo.
Art. 52.- Deudas tributarias y créditos no tributarios.- Las deudas tributarias se compensarán de igual manera con créditos de un contribuyente contra el mismo sujeto activo, por títulos distintos del tributario, reconocidos en acto administrativo firme o por sentencia ejecutoriada, dictada por órgano jurisdiccional. No se admitirá la compensación de créditos con el producto de tributos recaudados por personas naturales o jurídicas, que actúen como agentes de retención o de percepción. No se admitirá la compensación de obligaciones tributarias o de cualquier otra naturaleza que se adeuden al Gobierno Nacional y demás entidades y empresas de las instituciones del Estado, con títulos de la deuda pública externa.
3. Confusión
Se extingue por confusión la obligación tributaria, cuando el acreedor de ésta se convierte en deudor de dicha obligación, como consecuencia de la transmisión o transferencia de los bienes o derechos que originen el tributo respectivo. Coordinación con el código civil Artículo 1681
4. Remisión
Las deudas tributarias sólo podrán condonarse o remitirse en virtud de ley, en la cuantía y con los requisitos que en la misma se determinen. Los intereses y multas que provengan de obligaciones tributarias, podrán condonarse por resolución de la máxima autoridad tributaria correspondiente en la cuantía y cumplidos los requisitos que la ley
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