Fuentes Del Derecho
Enviado por santoos • 10 de Julio de 2011 • 2.594 Palabras (11 Páginas) • 8.833 Visitas
ESQUEMA
1. FUENTES DEL DERECHO.
2. CLASIFICACION DE LA FUENTE: FORMAL, MATERIA E HISTORICA.
3. LA COSTUMBRE: CONCEPTO, IMPORTANCIA Y CLASIFICACION.
4. LA JURISPRUDENCIA Y CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CONCEPTO.
5. LA DOCTRINA CIENTIFICA CONCEPTO E IMPORTANCIA.
1.- FUENTES DEL DERECHO:
Fuentes del Derecho, es todo tipo de norma, escrita o no, que determina la vinculatoriedad del comportamiento de los ciudadanos y de los poderes de un Estado o comunidad, estableciendo reglas para la organización social y particular y las prescripciones para la resolución de conflictos. Son los hechos, actos, doctrinas o ideologías que resultan determinantes para la creación, modificación o sustitución del Derecho, tanto desde su perspectiva histórica, como de los mecanismos necesarios para la producción de nuevas disposiciones jurídicas que se adecuen a los jueces, los legisladores, los funcionarios administrativos. Inclinando su voluntad en un sentido determinado en el acto de crear normas jurídica.
Hans Kelsen, manifestó en su Teoría pura de Derecho, que la expresión fuentes del derecho es utilizada para hacer referencia a:
1.- Razón de validez de las normas. En este sentido la norma superior es fuente de lo inmediatamente inferior.
2.- Forma de creación de la norma. Así el acto legislativo es fuente de la ley; el acto de sentenciar lo es de la sentencia; la costumbre, de la norma consuetudinaria, etc.
3.- Forma de manifestación de las normas. La constitución, la ley, los decretos serian en este sentido fuentes del Derecho.
4.- Por último se habla de fuentes como el conjunto de pautas compuesto por valores, principios morales, doctrina, etc., que determina la voluntad del legislador, contribuyendo a dar contenido a la norma jurídica.
Con el término fuentes del derecho entendemos dos aspectos: el acto concreto (autoridad o ente) creador del derecho y la forma de expresión de la norma jurídica creada.
Cada rama del derecho, (sea civil, constitucional, administrativo, etc.) tiene sus fuentes especiales y específicas. Sin embargo, tales expresiones son sólo un aspecto de lo que constituye el ordenamiento jurídico nacional, son enfoques parciales.
Se considera como fuentes del derecho:
- La Constitución Política,
- la ley,
- el tratado internacional,
- el decreto con fuerza de ley,
- el decreto ley,
- el reglamento,
- la ordenanza,
- la instrucción,
- la jurisprudencia,
- la costumbre y
- la doctrina jurídica.
Basado en lo antes expuesto podemos definir como fuentes del derecho, que son los actos o hechos pasados y/o a los factores históricos que inciden en la creación del derecho, modificación o extinción de normas jurídicas, además de que también, se entiende como fuentes del derecho, los órganos de los cuales emanan las leyes que componen el ordenamiento jurídico. De lo anterior se desprenden, respectivamente, las nociones de fuentes del derecho en sentido material o fuentes materiales y fuentes del derecho en sentido formal o fuentes formales.
2.- CLASIFICACION DE LA FUENTE
Existen diferentes tipos de clasificación que se ofrecen de las "fuentes del Derecho", estas son las siguientes:
1. Fuentes Históricas y Vigentes.
2. Fuentes Materiales y Reales.
3. Fuentes Formales.
4. Fuentes Directas e Indirectas.
5. Fuentes Principales, Subsidiarias y Auxiliares.
1.- Fuentes Históricas:
Su campo de estudio, se compone por los documentos y vestigios de otra índole que permiten conocer el orden jurídico de las sociedades anteriores a la nuestra, se refieren al estudio del derecho en sí. Son documentos históricos que hablan o se refieren al Derecho. En la antigüedad estos documentos eran muy diversos (papiros, pergaminos, tablillas de arcilla en las que algunos pueblos estampaban sus leyes y contratos). Se refiere a las fuentes jurídicas según su aplicación en el tiempo. Serán vigentes las fuentes positivas actuales que no han sido derogados por otra ley o el reglamento que no ha sido substituido por otro.
Serán históricas las fuentes que han perdido su vigencia y se sitúan en la historia del Derecho Positivo. Es el caso de la recordada Ley de Hidrocarburos de 1945. También del Hábeas Iuris Civile, compilación Justinianea de la cual arrancan importantes instituciones jurídicas que han tomado desarrollo a través de los siglos. Otro ejemplo seria, los conceptos de la soberanía y prohibición de la esclavitud que tienen antecedentes en los Sentimientos de la Nación de José María Morelos.
2.- Fuentes Materiales o Reales:
Son los problemas que surgen de la realidad histórica de cada pueblo y que son regulados por el Derecho. Por ejemplo en Venezuela, la aparición de la riqueza petrolera a principios de este siglo fue la "fuente material o real "de las leyes de hidrocarburos que fue dictada en1910 (ya derogada). Son las fuentes conformadas por los acontecimientos culturales de cualquier tipo, que determinan el contenido del derecho positivo; estudia los fenómenos sociológicos.
3.- Fuentes Formales:
Se definen por ser "aquellos hechos o actos a los cuales se les atribuye una específica aptitud para crear normas jurídicas. Se considera que las fuentes formales son las mismas directas. Pero, se les da esta denominación pretendiendo aludir a dos aspectos:
a. A la fuerza o poder creador, por ejemplo: El Poder Legislativo.
b. A la forma misma de la creación de ese poder, en el ejemplo: La ley. Para algunos tratadistas solamente la ley es fuente formal del Derecho (Aguilar Gorrondona. Derecho Civil, Personas, 4ta.Edición, Universidad Católica Andrés Bello).
Para otros, las fuentes formales son únicamente: La ley y la costumbre. Este sector doctrinal ha logrado imponer dicha opinión, no obstante, que de acuerdo con la definición, serian también formales: La doctrina y la jurisprudencia. La primera, que es la obra de los estudiosos y la segunda, que es el producto del trabajo en los tribunales.
4.- Fuentes Directas e Indirectas:
a. Directas, cuando encierran en sí las normas jurídicas aplicables (ley, costumbre). Se refiere a las fuentes jurídicas según que estas contengan la norma en sí mismas. Serán directas las que contienen, Verbi Gratia: La Constitución, la ley, los reglamentos, las ordenanzas, etc.
b. Indirectas, cuando, sin contener en sí mismas las normas jurídicas, ayudan a interpretarlas, aplicarlas, producirlas, coadyuvan a
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