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Genesis De Los Derechos Humanos


Enviado por   •  28 de Septiembre de 2014  •  3.017 Palabras (13 Páginas)  •  641 Visitas

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“Génesis de los Derechos Humanos”

Antes de entrar de lleno en el tema es conveniente señalar que a pesar de que los conceptos de dignidad y libertad del hombre han aparecido en todas las instancias históricas, se puede afirmar que antes del año de 1770, en específico con las Declaraciones de Virginia, de los Estados Unidos de América y de los deberes del hombre y del ciudadano existieran documentos, nacionales e internacionales, que propiamente contemplaran derechos humanos. Dichos conceptos (dignidad y libertad) no han significado lo mismo en las Edades Antiguas, Media, Moderna y contemporánea. Han estado presente en todos esos momentos pero las condiciones económicas, sociales, culturales y políticas, impidieron que fructificaran en lo que hoy denominamos derechos fundamentales del hombre.

Véase: Anuario-Anuario, 1989, Rodrigo Labardini pág. 289.

Los derechos que a lo largo de los siglos XVII y XVII conocidos en Inglaterra, Francia, y los Estados Unidos como derechos naturales, los mismos derechos que durante el siglo XIX serán denominados por la doctrina y jurisprudencia alemana y francesa como derechos públicos subjetivos y los mismos derechos que después de la Segunda Guerra mundial y del proceso constitucional que experimenta la Europa continental occidental con posterioridad a esta serán conocidos como derechos humanos.

Véase: una historia de los derechos fundamentales: Miguel Carbonell, pág. 7

En los albores de la humanidad y de manera específica en los sistemas matriarcal y patriarcal antiguos, no es posible hablar de la existencia de los derechos del hombre, considerados como un conjunto de prerrogativas del gobierno de observancia jurídica obligatoria e imperativa para los gobernantes. Tampoco se puede afirmar que el individuo tuviera potestades o facultades de que pudiera gozar dentro de la comunidad a que pertenecía y que constituyesen una esfera de acción propia frente al poder público. El carácter omnímodo de estos regímenes permitía a la autoridad de la madre o del padre disfrutar de un respeto absoluto por parte de quienes se encontraban bajo su tutela, e incluso ejercían un poder directo sobre la vida o muerte de los individuos.

En china, entre los años 800 y 200 a. C, con Confusio y Laot-Tse, la capacidad de reflexión sobre las injusticias sociales ocupo un lugar importante. Se predicó la igualdad entre hombres, argumentando que la democracia era la forma idónea de gobierno.

En Roma, en el siglo V av., se expidió la Ley de las Doce Tablas, cuya integración era extensa y variada, pues contenía derechos referentes a las sucesiones y a la familia. Esta ley era dictaba durante la época republicana y consagro algunos principios que significaron una especie de seguridad jurídica de los gobernados frente al poder público. La tabla IX consigno el elemento de generalidad como esencial de toda ley, prohibiendo que esta se contrajese a un individuo en particular, en ella también se estableció la garantía competencial, en el sentido de que los comicios por centurias eran los únicos que tenían la facultad de dictar decisiones que implicasen la perdida de vida, libertad, y de los derechos del ciudadano; aunque un ciudadano romano tenia derechos públicos y políticos, no tenía derechos públicos oponibles al Estado que les permitiera defenderse de las violaciones que cometieran en su contra las autoridades estatales. En algunos pueblos las normativas eran religiosas como en el caso del hebreo pero eran muy débiles ya que no tenían una sanción si se quebrantaban. En Grecia empezó a manifestarse la corriente filosófica del estoicismo la cual tendía a dignificar la concepción del ser humano. El estoicismo está integrado en torno a Zenón de Citio, quien se afilio plenamente a la cultura griega, con esta corriente surge en la cultural la idea significadora del hombre, al entender que todo el género humano esta hermanado por la razón; los escritos de los estoicos hacían alusión a la razón humana como base del derecho, e indicaban que todos los hombres son iguales en cuanto a ser racionales, y por ello todos deben disfrutar de los mismos derechos por estar sometidos a las mismas leyes naturales.

Más tarde en el pensamiento cristiano, iniciado en el Medio Oriente, le otorga al ser humano un valor superior, y establecieron la igualdad de los hombres como hijos y criaturas de Dios, al igual que fomentaron valores morales a la conducta individual y colectiva de los seres humanos.

En el periodo de la Edad Media, se presentaron múltiples invasiones, pero sobre todo a las tribus que lograban asentarse en un territorio. En esta época se presenta lo que es el feudalismo el cual se ve afecto con por el desarrollo político y económico de las poblaciones medievales ya que esto provoco que los citadinos se impusieran ante la autoridad del señor feudal. A partir del siglo XII las incursiones de nuevos pueblos disminuyen y la cristiandad occidental inicia su recuperación. Surge una nueva clase social formada por los burgueses quienes lucharon por la reorganización del derecho y arrancar a la realeza de sus privilegios. Así sucede en España en 1188, cuando las cortes del reino de León reciben de Alfonso IX, fundador de la universidad de Salamanca, la confirmación de los derechos básicos de todo hombre libre; o cuando en 1215 el Rey de Inglaterra, Juan Sin Tierra, se ve obligado a aceptar la Carta Magna que le presentan los barones de su reino, en dicho documento él se comprometió a no privarles de la vida a los hombres libres ni desterrarlos de sus bienes sino de acuerdo con la ley de su propia tierra o comarca. Se establece también en la Carta Magna, la imposibilidad de que le monarca impidiera tributos unilateralmente, debiéndolo hacer con acuerdo de las Asambleas. La Carta Magna de 1215 no surge de manera intempestiva, ya antes le habían precedido dos documentos de vital importancia, como fue el código del derecho del rey Alfredo en el siglo IX y la carta de las libertades, dada por el Rey Enrique I en el año 1100; en ambos documentos se realizaron sucesivos reconocimientos a los derechos fundamentales por parte de la corana en beneficio de todo el pueblo. La Carta Magna tuvo gran mérito de compilar por primera vez, en forma escrita el conjunto de normas y principios consuetudinarios reconocidos en Inglaterra y en la mayor parte de los países de Europa central y occidental en los siglos XII y XIII, contempla entre otros puntos, aspectos relacionados con el derecho a la propiedad, regularización y limitación respecto a las cartas tributarias; consagra la libertad personal y de la iglesia.

Ahora bien es cierto que los ingleses trascendieron mucho cuando se estableció la Carta Magna, pero cabe mencionar que no son menos importantes los Fueros Españoles de la Baja Edad Media, sobre todo los de Castilla y de Aragón,

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