Impuestos a las personas naturales.
Enviado por julian0202 • 20 de Marzo de 2013 • Ensayo • 1.875 Palabras (8 Páginas) • 860 Visitas
El año nuevo llegará con una reciente carga de impuestos para los colombianos tras la implementación de la Reforma Tributaria. Pero, ¿cómo quedó finalmente dicha iniciativa que sufrió diversos cambios en su estudio en Senado y Cámara? LA NACIÓN les presenta hoy el ABC de dicha reforma.
LA NACIÓN, NEIVA
Luego de una polémica nacional que se amplió durante casi dos meses en el Congreso de la República, finalmente se aprobó la Reforma Tributaria del presidente Juan Manuel Santos y la misma entrará a regir a partir del primero de enero próximo.
De la propuesta inicial que presentó el Gobierno Nacional, dicha iniciativa sufrió cambios tanto en el estudio de Senado y Cámara, y pese a que los altos funcionarios la defienden argumentando beneficios para el país, quienes la han estudiado más a fondo aseguran que los grandes damnificados serán los colombianos de clase media, mientras que los favorecidos serían los grandes empresarios.
La gran duda que nunca se aclaró de manera contundente, es la posibilidad de que entidades como el Sena y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) terminen desfinanciados si la economía colombiana no alcanza el crecimiento en los niveles esperados.
Impuestos a las personas naturales
Se crea un sistema impositivo que logra que los que más ganen tengan una mayor tasa efectiva de tributación. El llamado Iman (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional) logra crear una curva “progresiva” de tributación (mayores tasas a mayores ingresos) y establece un mínimo por debajo del cual no puede ubicarse nadie.
En Colombia hay alrededor de 4,6 millones de contribuyentes al impuesto de renta. De éstos, sólo 1,1 millones declaran renta, y el resto, pagan a través de sus retenciones en la fuente. Para el grueso de los 4,6 millones, el impuesto a la renta va a bajar, puesto que se le reducirán sus retenciones hasta llegar a la curva del Iman, cuyas tasas están por debajo de los niveles que se pagan hoy.
Para los colombianos que ganen menos de 3,6 millones de pesos al mes no habrá retención en la fuente. Eso significa un alivio que para una persona que gana dos millones de pesos al mes a la que le venían practicando una retención, en muchos casos del 5%, esto puede significar un lenitivo de 100.000 pesos al mes.
Indicó que para los colombianos que hacen parte del grupo que gana menos de 3,6 millones de pesos, el 96% de la población, 18 millones de trabajadores en Colombia tendrán un beneficio y es no pagar retención en la fuente sobre sus ingresos.
Los que ganen entre 3,6 millones de pesos y 10 millones de pesos tendrán una tarifa del Iman que es inferior a lo que en promedio están pagando, tarifas que son apenas del 1% o del 2% para ingresos de cuatro o cinco millones de pesos.
Cambios en el impuesto a las sociedades
Las empresas que hoy pagan 33% de impuesto de renta pagarán sólo el 25% de éste, y el 8% restante se sustituirá por un nuevo impuesto IE (Impuesto para la Equidad). El IE, a su vez, remplazará una parte de los impuestos a la nómina que pagan las empresas: el empleador dejará de pagar los aportes de Icbf, Sena y salud, que hoy paga por sus trabajadores de menos de 10 salarios mínimos legales. En consecuencia, la reforma busca diversificar las fuentes de financiamiento tanto del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), como del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf).
Modificaciones al Impuesto del IVA
Hoy día existen siete tarifas de IVA: 0%, 1,6%, 10%, 16%, 20%, 25% y 35%. Es un sistema complejo de administrar y comprender. Para simplificarlo, se eliminan las tarifas del 16%, la del 10% y todas las que hoy se encuentran por encima del 16%. Se crea una tarifa de 5%, con lo cual al final existirían tres tarifas: 0%, 5% y 16%. Los insumos de las cadenas productivas agropecuarias pasan del 16% al 5% para aliviar la carga de impuestos pagados que deban ser cobrados por la empresa y se le permite descontar su pago del impuesto de renta.
Las ganancias ocasionales
En cuanto al impuesto a las ganancias ocasionales, es decir, aquellos ingresos o utilidades que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no hace parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional como ganar la lotería o una rifa, la reforma reduce la tasa del impuesto a las ganancias por la venta de activos poseídos por más de dos años, del 33% a una tarifa del 15% a la venta de sociedades y del 10% a la venta de activos.
Norma antievasión y antielusión
Mediante un conjunto de normas se evitará que existan figuras a través de las cuales las empresas puedan tener tratamientos más favorables que otras y, a su vez, buscan promover la cultura del pago de los tributos.
En este capítulo se destinó un espacio a la discusión de las normas sobre paraísos fiscales, ya que muchas compañías se han visto beneficiadas de la poca normatividad en esta materia.
La tarifa será del 25% y en enero próximo el Gobierno revelará la lista de países que quedarán gravados con este gravamen. Constituye abuso o conducta abusiva en materia tributaria el uso o la implementación a través de una operación o serie de operaciones, de cualquier tipo de entidad, acto jurídico o procedimiento, tendiente a alterar, desfigurar o modificar artificialmente los efectos contributivos con el objeto de obtener provecho tributario, consistente, entre otros, en la eliminación, reducción o diferimiento del impuesto, el incremento del saldo a favor, entre otros.
Exoneración de aportes
A partir del momento
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