Interes Practico De Los Derechos Reales Y Personales
Enviado por jebr1192 • 26 de Junio de 2014 • 308 Palabras (2 Páginas) • 563 Visitas
Interés practico de los derechos reales y personales.
Características que distinguen a los derechos reales de los personales, de los personales, el jurista Alberto Vázquez del Mercado dice que en los derechos reales siempre se maneja una ejecución forzada de acuerdo a las observaciones siguientes:
• En los derechos reales el deber siempre es negativo.
• El deber negativo que nace de los derechos reales no es susceptible de garantía.
• En los derechos personales es susceptible la sustitución de los sujetos, tanto activo como pasivo; en cambio en los derechos reales solo es posible la sustitución del sujeto activo.
• El cambio de sujeto activo en los derechos reales siempre trae una modificación en el sujeto pasivo.
• Los derechos reales están protegidos por las acciones posesorias, las personales no.
• Los derechos reales están enumerados limitativamente en la ley.
En el diccionario encontré un ejemplo que simplifica la manera de entender la aplicación de los derechos reales y personales, pues en este entre otras cosas nos dice que los derechos reales se conocían como jus in re por los romanos, porque recaían sobre una cosa determinada, por lo que el resto de los miembros del grupo social tienen el deber de no poner obstáculos al ejercicio de esa actividad; los romanos llamaban al derecho de crédito jus ad rem, porque la vinculación entre acreedor y deudor no consistía en una cosa corpórea, sino en la actividad de un semejante, y por esa razón se dijo que el objeto de la obligación es una prestación.
El derecho civil, además de referirse a la persona y su familia, regula la actividad económica de aquella en grado de colaboración o de explotación, cuando se establece en grado de colaboración se está hablando de un derecho personal, cuando es en grado de explotación se trata de un derecho real que existe sobre la cosa de la que recibimos la percepción.
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