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Jornada De Trabajo


Enviado por   •  12 de Mayo de 2014  •  991 Palabras (4 Páginas)  •  206 Visitas

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LA JORNADA DE TRABAJO Y EL TRABAJO EN SOBRETIEMPO

El artículo 25 de la Constitución Política del Perú y el Convenio Nº 01 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) señalan que la jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como máximo. En caso de jornadas acumulativas o atípicas, el promedio de horas trabajadas en el período correspondiente no puede superar dicho máximo.

Con la promulgación del Decreto Supremo Nº 004-2006-TR (06-04-06) se establece la obligatoriedad de contar con un registro de control de asistencia y de salida en donde los trabajadores consignarán en forma personal el tiempo de labores. La finalidad de la norma es el cumplimiento estricto de la jornada ordinaria de trabajo y el pago de las horas extras.

HORAS EXTRAS:

Concepto.- Se entiende por trabajo extraordinario el realizado más allá de la jornada ordinaria, diaria o semanal; o de la jornada de trabajo inferior a la ordinaria, diaria o semanal, establecida en el centro de trabajo. Se considera horas extras las prestadas en forma efectiva en beneficio del empleador.

En cuanto a la forma y condiciones en que se realizan las horas extras, se han dispuesto una serie de reglas, contempladas en las normas legales pertinentes.

Pago de la sobretasa.- Toda labor realizada mas allá de trabajo debe ser remunerada extraordinariamente en la forma que por convenio, pacto o contrato se establezca, siendo el monto mínimo a pagar, por hora de labor extraordinaria, el valor de la hora calculada a partir de la remuneración ordinaria del trabajador, incrementando en un 25 % para las dos primeras horas, y 35% para las restantes.

Trabajo nocturno.- Es aquel que se realiza entre las 10:00 pm y las 6:00 am. La remuneración mínima correspondiente a los trabajadores que laboren en horario nocturno no podrá ser menor a una remuneración mínima vital mensual, vigente a la fecha de pago, incrementada en un 35%. En casos que la jornada de trabajo se cumpla en horario diurno y nocturno, la remuneración mínima nocturna antes señalada se aplicará solo respecto del tiempo laborado en horario nocturno.

Marco Normativo:

- Decreto Supremo Nº 007-2002-TR (TUO de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo)

- D.S. Nº 008-2002-TR, Reglamento del TUO

- D.S. Nº 004-2006-TR Disposiciones sobre el Registro de Control de asistencia y salida.

- Ley Nº 27360 Ley que aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario.

Casos prácticos para el calculo de las horas extras de un trabajador del sector agrario:

De acuerdo a la Ley Nº 27360 en su artículo 7, numeral 7.1 señala que los trabajadores que gocen del beneficio del sector agrario deben tener la jornada máxima obligatoria de 8 horas diarias o 48 semanales, variando en razón de la naturaleza del trabajo, siempre que no exceda en promedio los límites previstos por la Ley. Los pagos por sobretiempo procederán solo cuando se supere el referido promedio.

Un trabajador labora fuera de su horario normal, 4 horas diarias en sobretiempo durante 5 días a la semana, todas en el horario diurno.

Remuneración diaria S/. 19.51

- Por las 2 primeras horas:

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