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Juicio Mercantil


Enviado por   •  13 de Febrero de 2013  •  6.151 Palabras (25 Páginas)  •  1.301 Visitas

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El juicio oral mercantil

Alberto Fabián Mondragón Pedrero*

Sumario.- Generalidades.- 1.- Reglas Generales del Juicio

Oral Mercantil. 1.1 Cuantía 1.2 Limitación de Jurisdicción

Oral Mercantil.

1.3 Principios Rectores del Juicio Oral Mercantil.

1.3.1 Oralidad.

1.3.2 Publicidad.

1.3.3 Igualdad.

1.3.4 Inmediación.

1.3.5 Contradicción.

1.3.6 Continuidad.

1.3.7 Concentración.

1.4 Dirección Procesal.

1.5 Nulidad de una Actuación.

1.6 Supletoriedad.

2.- Procedimiento Oral Mercantil.

2.1 Demanda (Concepto).

2.2 Requisitos del escrito de Demanda.

2.3 Resoluciones Judiciales al escrito de Demanda.

2.4 Conductas del demandado.

3.- Objeto de la Audiencia Preliminar.

3.1 Depuración del procedimiento.

3.2 Conciliación y/o Mediación.

3.3 Fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos.

3.4 Fijación de acuerdos Probatorios.

3.5 Admisión de Pruebas.

3.6 Citación para Audiencia de Juicio.

4.- Audiencia del Juicio. 4.1 Pruebas en la

Audiencia de Juicio.

4.2 Sujeto de la Prueba.

4.3 Objeto de la Prueba.

4.4 Alegatos.

5.- Sentencia.

6.- Bibliografía.

Resumen: El Juicio Oral Mercantil es un Juicio Mixto, toda vez que la demanda, la contestación, la reconvención, la contestación a la reconvención se formulan por escrito.

La fase procesal de ofrecimiento de Pruebas queda integrada en los escritos de demanda, de contestación, de desahogo de la vista con las excepciones, con la demanda reconvencional, con la contestación a la demanda reconvencional y el desahogo de la vista con las Excepciones que en su caso se hubieren formulado al contestar la demanda reconvencional

Se debe establecer que dentro de la Oralidad, en las Audiencias Preliminar y de Juicio por regla general se deberán registrar por medios electrónicos, sin embargo, le es potestativo al Juez aplicar el medio electrónico o utilizar medios tradicionales, en términos del artículo 1390 bis 26 del Código de Comercio, y en este momento reflexionaría cuál le permitirá una mayor fidelidad e integridad en la información al Juzgador, para poder emitir una resolución acorde a la verdad, identificando el acontecimiento con la realidad.

Considero positivo, el cuidar el fiel cumplimiento al Principio de Inmediatez mediante el Juicio Oral Mercantil, sin embargo, solamente el tiempo permitirá determinar la eficiencia de este sistema normativo y si se alcanzó su fin, que es la Impartición de Justicia pronta, expedita y dando Seguridad Jurídica a las partes en controversia.

Generalidades

El participar en la Revista de Investigación Jurídica de los Seminarios de la Facultad de Derecho de la UNAM, implica una gran responsabilidad, al ser un medio de comunicación tanto para los académicos, como para los alumnos, debiendo servir el presente trabajo para dar al lector una realidad teórica y práctica de las Reglas Generales que se deberán cumplir en la tramitación del Juicio Oral Mercantil.

En este artículo, deseo dejar constancia de gratitud a algunas de las personas de las cuales he aprendido dentro del mundo del Derecho Procesal, el significado de las palabras “integridad, confianza, seguridad y justicia” como son los Juristas Luis Miranda Cardoso, Abel Villicaña Estrada, José Castillo Ambriz, Baruch F. Delgado Carbajal, Enrique Medina Bobadilla, Román Rosales Reyes, Luis Enrique Miranda Nava, Jaime Almazán Delgado, Ariel de la O. Martínez, Eduardo López Sosa, Reynaldo Robles Martínez, Guillermo Estrada Carrasco, Estela González Contreras, Armida Ramírez Dueñas, Sara Deyanira Pérez Olivares, Gloria Ramírez Esquivel, Virginia Dávila Limón, A. Virginia Valdez Chávez, Perla Palacios Navarro, Gladys Delgado Silva, Arturo Armeaga Iturbe, Miguel Ángel Turlay Guerrero, José Luis Vázquez Ramírez, María Dolores Ovando, Alejandro Naime, Armando Hernández Suárez, Mary Cruz García Martínez, Jesús Jardón Nava, Adrián Víctor Dávila Nava, Juan Carlos Vázquez Libien, Lázaro Tenorio Godínez, María Elena Galguera González, Bárbara Aguilar Morales, Judith Cova Castillos, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Bruno Cruz Jiménez, Jaime Armendáriz Orozco, Miguel Ángel Robles Villegas, María del Rocío Martínez Urbina, Jaime Daniel Cervantes Martínez, Lidia Barrera Santiago, Silvestre Constantino Mendoza González, Miguel Ángel Reyes Anzures, Álvaro Augusto Pérez Suárez y José Guadalupe Carrera Domínguez, a los cuales como siempre le requeriré que sigan siendo fuente de inspiración para las nuevas generaciones. Reglas Generales del juicio oral mercantil

1.1 Cuantía.- Respecto de la cuantía.-

De conformidad con el artículo 1390 bis del Código de Comercio, sólo se tramitarán en la Vía Oral Mercantil negocios cuya cuantía no excedan la suma de $220,533.48 M.N., actualizándose la cantidad conforme a las Reglas del artículo 1253 fracción VI último párrafo del Código de Comercio, sin tomar en consideración intereses o accesorios.

1.2 Limitación de Jurisdicción Oral Mercantil.- No se deberán tramitar mediante Juicio Oral Mercantil controversias que no tengan cuantía determinada, ni aquellos juicios en los cuales se regulen con una tramitación especial, ya sea en el Código de Comercio o en otras Leyes.

1.3 Principios Rectores del Juicio Oral Mercantil.- En el estudio de los Principios Rectores del Procedimiento denominados de Oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración, se transcribirán las reflexiones que manejé en la Revista del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el justo y hermoso Homenaje rendido en el mes de diciembre del año dos mil once al señor Magistrado en retiro Licenciado Enrique Medina Bobadilla, quien a su vez, obtuvo la presea al Mérito Judicial, en los siguientes términos:

1.3.1 Oralidad.- Para el estudio de este Principio, seguiré las reglas que expresa Don Eduardo Pallares, a saber:

• “La Fijación de la Litis debe hacerse oralmente ante Tribunal;

• Que se respete el Principio de Inmediación, según el cual los debates, las pruebas y alegatos, deben llevarse a cabo ante el Juez, procurando éste tener durante el proceso el mayor contacto posible como partes;

• Ha de respetarse el Principio de Concentración que exige que las cuestiones litigiosas, sobre las que ha de recaer la sentencia, no se formulen separadamente, sino que se reúnan, y como lo dice el Principio se concentren para su examen, prueba y decisión en una sola audiencia y si esto no es posible en las que sea

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