Juicio Mercantil
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C. JUEZ SEGUNDO CIVIL DE PARTIDO Y DE
ORALIDAD FAMILIAR DE ESTE PARTIDO JUDICIAL.
P R E S E N T E:
Exp: 174/2014 - F.
LEONARDO ZARATE ALVAREZ, mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio procesal para recibir todo tipo de notificaciones de mi parte, el Despacho Jurídico ubicado en la calle Concepción número: 619 – A de la zona centro de esta ciudad, autorizando para que en mi nombre y representación las reciba indistintamente aun las de carácter personal, así como para recoger todo tipo de documentos relacionados con el presente asunto, igualmente para que tengan acceso al expediente a los CC. Lics: RAÚL MARTÍNEZ CARRILLO y JORGE ARTURO GALVÁN RAMÍREZ, así como a la C. P. D. María Alejandra Camargo Saldaña, otorgando desde estos momentos Mandato Judicial en favor del primero de los profesionistas antes mencionados en los términos de los artículos 2099 y 2100 del Código Civil vigente en el estado, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Que por medio del presente escrito, estando en tiempo y forma, sirviéndome de fundamento legal lo señalado por los artículos 336, 338 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles en vigor en esta entidad federativa, acudo ante este H. Tribunal a dar contestación a la demanda entablada en mi contra por parte de la C. Graciela Nila Rocha, permitiéndome dar contestación a la misma en los términos y puntos a que alude la aquí demandante:
AL CAPITULO DE PRESTACIONES
A.- En cuanto a la prestación señalada bajo esta letra.- Niego en forma tajante que el suscrito haya desplegado conducta u omisión alguna que encuadre en la causal de divorcio que la parte actora invoca de su parte como fundamento legal para la reclamación judicial que me exige, lo anterior porque es falso que el suscrito haya en algún momento negado y dejado de aportar ayuda económica a la aquí actora para los alimentos de mi menor hijo de nombre: Leonardo Zarate Nila, ayuda monetaria que en todo momento he brindado y que a la actora de este juicio le consta, la cual ha sido atendiendo a las posibilidades económicas del aquí demandado, invocando como argumento legal a mi favor que los alimentos deben ser otorgados de acuerdo a las posibilidades monetarias del suscrito (Art. 365 del Código Civil vigente en el Estado), además de que la obligación de brindarlos es de ambos padres (Art. 356 y 357 del Código Civil vigente en el Estado), esto es tal obligación no es únicamente del aquí demandado, sino también de la actora quien también debe de contribuir en los gastos alimenticios de mis hijos, citando además que en la audiencia de juicio que se fije en este proceso y con los medios de convicción ideales para ello, demostrare que he cumplido con tal obligación a mi cargo.
EN CUANTO AL CAPITULO DE HECHOS
1.- En cuanto a este hecho, manifiesto que resulta ser cierto, lo argumentado por la actora de este juicio, señalando que efectivamente en tal fecha contraje matrimonio civil con la aquí demandada, lo cual queda acreditado con la documental pública que la actora acompaño a su escrito inicial de demanda y que obra en los autos de este juicio, la cual hago mía por así convenir a mis intereses legales.
2.- En cuanto a este hecho, expreso que resulta ser cierto, lo señalado por la aquí actora, señalando que efectivamente de tal vinculo marital aun existente nació mi menor hijo cuyo nombre ya queda plasmado en el hecho que aquí se contesta y que queda acreditado con la documental pública que la actora acompaño a su escrito inicial de demanda y que obra en los autos de este juicio, la cual hago mía por así convenir a mis intereses legales.
3.- En cuanto a este hecho, menciono que resulta ser cierto, lo indicado por la aquí actora, señalando que ciertamente el domicilio que cita la misma es en el cual vivíamos como pareja en compañía de nuestro menor hijo, haciendo la aclaración que dicho inmueble resulta ser el domicilio familiar de mis padres, los CC. J. Arturo Zarate Rodríguez y Catalina Álvarez León, esto es las partes de este juicio vivimos siempre en el mismo con la calidad de arrimados
4.- En cuanto a este hecho, lo niego completamente pues es del todo falso que la actora de este juicio haya abandonado el domicilio en que vivía con el suscrito en la fecha que cita, negando además que el de la voz haya agredido de forma reiterada tanto física y verbalmente a la aquí actora, siendo una total mentira el que haya inclusive destruido su ropa, así como haberla hostigado en su lugar de trabajo, inclusive haberla violentado física y verbalmente en el mismo, citando que la actora es omisa en precisar circunstancias de tiempo, modo y lugar en que según su unilateral manifestación acontecieron los hechos que me imputa, siendo vaga, imprecisa y poco clara la narrativa que hace de tal imputación hecha a mi cargo, reconociendo únicamente que a la fecha, la parte actora y el aquí demandado no vivimos juntos en el domicilio citado por esta en el hecho 03 de su demanda inicial, separación que se dio debido a las diferencias irreconciliable que había entre ambos, las cuales hacían difícil nuestra vida marital, reseñando que efectivamente la parte actora a la fecha vive en la dirección que refiere en el hecho que aquí se contesta.
05.- En cuanto a este hecho, lo niego en forma total, pues es del todo falso el que el aquí demandado, no esté cumpliendo con mi obligación de aportar ayuda económica a esta para los gastos alimenticios de mi menor hijo procreado con ella, pues en todo momento, he brindado ayuda ininterrumpida para sufragar los gastos de mi descendiente procreado con la misma, aludiendo que en relación a mi menor hijo, siempre he aportado ayuda económica a esta para sus gastos alimenticios, tal como lo acredito con los __ recibos que acompaño de mi parte a esta demanda (anexo 01) a fin de acreditar plenamente el apoyo que semanalmente, he brindado a la misma para los alimentos de mi menor hijo, precisando que cada semana aporto a esta, la suma de: $ 300.00 trescientos pesos, entregando dicha suma personalmente a la misma, ante lo cual es falso lo argumentado por esta en el sentido de que no apoyo a la misma para tal erogación, señalando que en lo que se refiere a sus gastos alimenticios, la misma reconoce y acepta que actualmente tiene un trabajo del cual percibe un ingreso monetario que le permite sufragar sus gastos personales.
Así mismo y en relación a este hecho, niego en total forma que el suscrito haya procreado más de 01 un hijo con la aquí actora pues en el hecho que aquí se contesta, la promovente de este juicio hace alusión en dos ocasiones a “sus menores
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