La Prueba Y Sus Principios
Enviado por Rubenb3c3rr4 • 1 de Diciembre de 2011 • 2.742 Palabras (11 Páginas) • 770 Visitas
“La prueba”
Primero que nada en este control de lectura lo que hice fue se analizar de forma objetiva y clara todo lo que investigue acerca de las generalidades de la prueba, por lo cual comenzare mencionando que el procedimiento probatorio trata de comprobar la verdad o falsedad, la certeza o la equivocación, así que es por ello que se necesita de la prueba que en mi prejuicio es aquello que nos ayuda a confirmar o desvirtuar una hipótesis o afirmación precedente, esto nos quiere decir que si el fin de un proceso penal es descubrir la verdad real de los hechos materiales de investigación, prueba será todo lo que pueda servir para lograr este fin, para así mismo suministrarle al juez el conocimiento, lo más fiable posible de los supuestos facticos que han de soportar su decisión.
1) Principios que rigen a los medios de prueba y rectores de nuestro Código de procedimientos Penales para el Estado de México:
a) Publicidad: Habla de que todas las actuaciones serán públicas salvo las excepciones que se establezcan en este código para proteger la integridad física o psicológica de las personas que deban participar en la audiencia, o cuando se ponga en riesgo la revelación indebida de datos legalmente protegidos. b) Contradicción: Nos dice que las partes podrán debatir los hechos y argumentos jurídicos, normativos y jurisprudenciales de la contraparte y controvertir cualquier medio de prueba, para lo cual podrán hacer comparecer, interrogar o, en su caso, contrainterrogar, a los testigos y peritos pertinentes. c) Concentración: La presentación, recepción y desahogo de las pruebas, así como todos los actos del debate se desarrollarán, ante juez competente y las partes, en una audiencia continua, sucesiva y secuencial, salvo casos excepcionales previstos en este código. d) Continuidad: Las audiencias no se interrumpirán, salvo en casos excepcionales previstos en este código. e) Inmediación: Los jueces tomarán conocimiento personal del material probatorio introducido en la audiencia, y escucharán directamente los argumentos de las partes, con la presencia ininterrumpida de los sujetos procesales que deban participar en ella, salvo los casos previstos en este código para la prueba anticipada. Estos principios serán aplicables, en lo conducente, a los procedimientos para la aplicación de sanciones por infracciones administrativas o penitenciarias.
2) Medios de prueba: Los medios de prueba son el instrumento o mecanismo a través del cual la fuente de conocimiento se incorpora al proceso, es decir todo aquel medio que sirve de una u otra manera para convencer al Juez de la existencia o inexistencia de un dato procesal determinado.
3) Clasificación de la prueba: Evidentemente dentro de esta clasificación encontré varias, debido a los diferentes puntos de vista, y de los cuales hablare de medios de pruebas directos e indirectos y perfectos e imperfectos. 1.- Medios de prueba directos e indirectos: Esta clasificación de directos e indirectos tiene su explicación de acuerdo al razonamiento del juez, según que el infiera la prueba a partir del medio sometido, por deducción o por inducción, así, hay silogismo o razonamiento deductivo cuando el juez percibe, obtiene o deduce la prueba de modo directo y a partir del medio administrado, y estamos entonces frente a un medio de prueba directo como son los documentos, testimonio, confesión, juramento y visita a los lugares, en pocas palabras es todo aquellos que el juez capte por medio de sus sentidos; en tanto que hay inducción o razonamiento inductivo, cuando por analogía y modo indirecto, el juez obtiene la prueba indirectamente a partir del medio suministrado, es el caso de las presunciones ya legales o ya del hombre, especialmente la última, el juez induce, no deduce, estamos por tanto frente a un medio de prueba indirecto, es decir que estos medios de prueba indirectos le brindan al juez un conocimiento a través de referencias. 2.- Medios de prueba perfectos e imperfectos: Esta otra clasificación o división que se hace de los medios de prueba, nos dice que son medios de prueba perfectas aquellos que establecidos por la ley, ésta le confiere su valor probatorio y su jerarquía, aplicables en toda materia, de modo que el juez, está obligado por las reglas legales, no pudiendo admitir otros medios o procedimientos de prueba y por el otro lado los medios de prueba imperfectos son aquellos en los cuales, el juez, obrando conforme a su convicción y a la razón, le otorga el valor probatorio al medio aportado, de suerte que tiene entera libertad de apreciación y valoración de la prueba ya que están ligados al sistema moral o de libertad de la prueba.
*Los medios de prueba en materia penal: El actual Código de Procedimientos Penales para el estado de México reconoce que pueden ser ofrecidos como medios de prueba: testimonios, peritajes, pruebas documentales y otros medios de prueba siempre que pueda ser conducente y no vaya contra el derecho, es decir, que no afecten las garantías y facultades de las personas. Por último, señalare en mi prejuicio que la función de los medios de prueba en el proceso penal se encuentra directamente encaminada a tratar de obtener la verdad, pero no una verdad absoluta sino en alguno de los grados que al hombre le es posible conocer, traducida en una verdad formal o material, que, si bien no es lo mismo, se encuentra aproximada a la verdad subjetiva y objetiva.
4) Función de los medios de prueba en materia penal: La función de los medios de prueba en materia penal podemos entenderla como "obtener la verdad", pero cabe la aclaración que no será la verdad absoluta, sino algunos de sus grados, formal o material, que si bien no es lo mismo se encuentra sumamente aproximado a la verdad subjetiva y verdad objetiva. El juez como ser humano no puede prescindir de la verdad para dictar sus resoluciones, pero por más esfuerzo que realice sólo podrá obtener una versión subjetiva de la verdad.
5) Valor de la prueba o idoneidad de la prueba: Para entender este aspecto de la prueba tenemos que conocer los requisitos de admisión de la prueba que pueden resumirse en 1.- La licitud, esto es, que la prueba no sea contraria a la moral o al derecho; 2.- La oportunidad, esto es, que no se haya ofrecido de manera extemporánea; 3.- El objeto, que consiste en el hecho o hechos que se tratan de demostrar; 4.- La pertinencia o idoneidad, es decir, la relación que guarda la prueba con los puntos
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