La creación y el uso de impuestos
Enviado por ixtera31 • 14 de Julio de 2014 • Informe • 928 Palabras (4 Páginas) • 232 Visitas
Historia
Los sumerios
Tabla sumeria que registra el pago de impuesto llamada “Burden” que data del año 2500 a.c.
Los Egipcios
Los egipcios desarrollaron métodos sofisticados para medir extensiones de tierra y así calcular los impuestos. Este sistema de medición se transformó en lo que hoy conocemos como geometría…
EL IMPERIO CHINO
El Emperador Shih Huang – Ti incrementó impuestos de un 10% a más de 50% para construir la
Gran Muralla de China para protegerse de invasiones extranjeras
LOS GRIEGOS
en Grecia los primeros impuestos se empezaron a pagar para el uso y mantenimiento de instalaciones públicas, actividades de comercio y el uso de carreteras y puertos
Los romanos
eliminó el tabernero, sistema existente para la recolección de impuesto y dio la autoridad de imposición fiscal a gobiernos provinciales.
LOS MAYAS
los tributos o impuestos
PERÍODO COLONIAL
el Quinto real significaba trasladar la quinta parte de todos los metales preciosos que se obtenían. Además la iglesia católica recibía un “diezmo” del 10% de los ingresos que podía ser en trabajo, dinero o especies.
existía un impuesto llamado “alcabala” que era el pago de transacciones de traspasos, contratos, compraventas, herencias y otros. Además, para hacer cualquier tipo de transacción económica tenías que comprar papel sellado.
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Decreto Ley No. 25 y sus Reformas
CAPITULO I
CREACION Y APLICACIÓN DEL IMPUESTO
ARTICULO 1
Se establece un impuesto anual denominado Impuesto sobre la Renta, que grava los
ingresos provenientes del capital, del trabajo o de la combinación de ambos, según se
determina por esta Ley
ARTICULO 2
Toda persona domiciliada o residente en Honduras, sea natural o jurídica, nacional o
extranjera, inclusive la que goce de una concesión del Estado, deberá pagar este
Impuesto sobre la Renta percibida por razón de negocios o industrias comerciales, de
productos de toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, o de la realización en el
territorio del país de actividades civiles o comerciales, o del trabajo personal o de
ingresos percibidos por cualquier otra actividad, ya sea que la fuente de la renta o
ingreso esté situada dentro del país o fuera de él, ya sea también cualquiera el lugar
donde se distribuye o pague la renta
ARTICULO 13
De la renta gravable de la persona natural se aceptarán las deducciones siguientes:
a) La suma anual hasta de CUARENTA MIL LEMPIRAS (L.40,000.00) por gastos
educativos y por honorarios pagados a médicos, bacteriólogos, dentistas, hospitales,
medicinas y otros profesionales residentes en el país por los servicios 13
prestados al contribuyente o a sus dependientes, sin necesidad de presentar
comprobante alguno.
b) Los gastos incurridos en el ejercicio de una profesión, arte u oficio, o en la explotación
de un taller, debidamente comprobados;
c) En el caso de agricultores
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