Legislacion Comercial.
Enviado por Robert Carrillo Zeña • 12 de Octubre de 2016 • Apuntes • 1.352 Palabras (6 Páginas) • 289 Visitas
LEGISLACION COMERCIAL
- PERSONA NATURAL
Persona Natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todas obligaciones de la empresa. Lo que implica que la persona asume la responsabilidad y garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que estén a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa. Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, la persona deberá hacerse responsable por ella a título personal y, en caso de no pagarla, sus bienes personales podrían ser embargados. Persona natural con negocio, EIRL.
- PERSONA JURIDICA
Persona Jurídica es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de ésta. Al constituir una empresa como Persona Jurídica, es la empresa (y no el dueño) quien asume todas las obligaciones de ésta. Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, están garantizadas y se limitan solo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre (tanto capital como patrimonio). Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, ésta se pagará solo con los bienes que pueda tener la empresa a su nombre, sin poder obligar al dueño o a los dueños a tener que hacerse responsable por ella con sus bienes personales. Aquí aparecen las SOCIEDADES.
EMPRESA
- Es una unidad económico-social integrada por una o más personas (Persona natural o jurídica), con la intención de generar actividades económicas y obtener utilidades y servir, una empresa también se puede definir como una unidad formada por un grupo de personas, bienes materiales y financieros, con el objetivo de producir algo o prestar un servicio que cubra una necesidad y por el que se obtengan beneficios.
PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA
- Idea de negocio
- Minuta de constitución
- Reserva de nombre (SUNARP)
- Escritura Pública (Ficha Registral)
- Obtención de RUC
- Imprimir comprobante de pago (Imprenta)
- Notaria (Legalizar los libros contables)
- Municipalidad (Licencia de funcionamiento)
- Certificado de defensa civil
- Planilla de trabajadores (PDT – Programa de declaración telemática 601 - PLAME)
- Otros permisos especiales
- Carnet de sanidad
- Licencia para portar armas
- Licencia para pirotécnicos
PDT 601 - PLANILLA ELECTRÓNICA
Es el documento llevado a través de medios electrónicos (PDT Planilla Electrónica – Formulario Virtual N.° 0601), presentado mensualmente a través del medio informático desarrollado por la SUNAT, en el que se encuentra registrada la información de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, prestador de servicios - modalidad formativa y personal de tercero.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN LA ACTIVIDAD ECONOMICA
Tenemos:
- Libertad de Empresa.- Cualquier persona puede crear, elegir y realizar libremente cualquier actividad económica con fines lucrativos, siempre que no atente contra los principios de la nación.
- Libertad de Comercio.- Todas las personas pueden elegir qué actividad de compra y venta pueden realizar sin perjudicar al estado y sociedad.
- Libertad de industria.- Todas las personas pueden elegir que producir, que fabrica crear pero sin que afecte al estado y sociedad.
- Igual de Trato.- Tratar por igual a todas las empresas sub importar su magnitud.
- Principio de Libre Competencia.- Yo puedo vender lo mismo que otra empresa en las mismas condiciones sin afectarlo.
CONTRATOS
ACTO: Acción, hecho
- Acto Jurídico.- Es las manifestación de la VOLUNDAD designada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas. Para su validez se requiere lo siguiente:
- Agente Capaz[pic 1]
- Objeto físico y jurídicamente posible.[pic 2]
- Fin Licito
- Observancia de las normas bajo sanción de nulidad.
Voluntad.- Que el hecho o acto sea producto de la decisión libro del sujeto. Esta voluntad puede ser de dos tipos:
- EXPRESA.- Cuando se realiza en forma oral o escrita, a través de cualquier medio directo, manual, electrónico, mecánico, etc.
- Tacita.- Cuando la voluntad se infiere sin género, duda de una actitud o comportamiento.
- Agente Capaz.- La capacidad esta divida en dos. Capacidad de gose y capacidad de ejercicio.
c.1.- Capacidad de Goce.- Es la que tiene toda persona desde que nace, es decir tiene derechos y obligaciones.
c.2.- Capacidad de ejercicio.- Esta capacidad no tiene cualquier persona sino aquellas que la ley considera, según determinadas situaciones. La regla general es que al cumplir la mayoría de edad se adquiere la ciudadanía y la capacidad de ejercicio. También hay excepciones como:
...