Legislation laboral
Enviado por Laura Polania • 5 de Septiembre de 2018 • Trabajo • 5.868 Palabras (24 Páginas) • 90 Visitas
LEGISLACIÓN LABORAL
GUILLERMO PRIETO
LAURA POLANIA
SANTIAGO HIDALGO
SANDRA VALERO
GENFREE ALBA
BRENDA VALENZUELA
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FUENTES DE DERECHO LABORAL
En Colombia, el derecho laboral es el conjunto de principios, acciones y normas que regulan directa e indirectamente las relaciones entre empleadores y trabajadores, y de estos con el estado, con el objeto de garantizar los derechos fundamentales de los trabajadores y la protección del trabajo. Las fuentes del derecho laboral y del trabajo se diferencian de otro tipo de derechos y leyes principalmente en que tienen la particularidad de contar desde sus inicios con una fuente de derecho laboral propia que son los convenios colectivos que pueden formar los distintos tipos de trabajadores especializados en su trabajo en concreto.
Las fuentes del Derecho del Trabajo son, fuentes de producción o de creación de normas jurídicas (fuentes en sentido propio, sustantivo o material), como las fuentes formales o fuentes del derecho. Las fuentes de producción son los poderes, instituciones, o grupos sociales con capacidad para crear derecho o normas jurídicas, mientras que las fuentes formales son los procedimientos, cauces o formas de expresión, a través de los cuales se manifiesta el Derecho.
Jerarquía normativa:
Dicho principio, implica que, entre las diversas fuentes formales, existe una ordenación jerárquica, de manera que unas son de aplicación prioritaria sobre otras. Prioridad que hace nula a la norma de inferior rango que contradice o niega a la de rango superior y que expresa la jerarquización misma de los poderes sociales de donde emanan. Por lo tanto, la jerarquización de la fuente de derecho laboral es la siguiente:
- Constitución:
Es aquella donde están escritos todos los deberes y derechos que deben tener los ciudadanos, entre estos derechos está el derecho a tener un trabajo digno, así como el derecho de obtener el suficiente sueldo para sustentarse junto con las normas que se consolidan también para la vida familiar, esto también lleva consigo las medidas de seguridad y seguridad social, donde el trabajador se sienta tranquilo, asimismo la constitución es una de las primeras normas de ordenamiento que da por hecho las fuentes formales de derecho laboral.
Entre ellos se pueden mencionar:
- Derecho al trabajo
- Derecho al salario mínimo
- Indemnización ante despido injusto
- Jornada de trabajo, descanso semanal y las vacaciones
- Seguridad social
- Estabilidad de los funcionarios públicos
- Seguridad e higiene en la empresa
- Derecho de sindicación
- Derecho de huelga y de cierre patronal
- Derecho a negociar colectivamente
Se han reconocido dos criterios básicamente importantes puesto que son medios estipulados para proteger los derechos del trabajador:
- Los derechos regulados en el capítulo II del título I (arts. 14 a 38 ) se reconocen por:
- Se reconoce todos los poderes públicos(eficacia inmediata)
- Solo se regulan por la ley, teniendo que ser regulados por la ley orgánica de los derechos reconocidos en los arts. 15 a 29 (derechos fundamentales.
- Entre los artículos 15 a 29 se puede observar que pueden ser controlados por el tribunal constitucional (art.53.1); y los derechos de los artículos 30 a 38 derechos y deberes de los ciudadanos, esto se diferencia con los primeros en que se titulan a través de un procedimiento especial, basado en la predecía que se quiere tomar.
- Los derechos regulados en los arts. 39 a 52 (principios de la policía social y económica) se reconocen por:
- Tienen una ley que puede desarrollar los delegados directamente entre los tribunales
- Algunas gozan de eficacia inmediata, como consecuencia de su directa vinculación con algún otro derecho constitucional dotado de la misma, tal y como sucede con el derecho a la seguridad e higiene en el trabajo(art.42,2CE)
- Ley y reglamento:
Ha sido considerada por varios años una de las más importantes, puesto que es la que regula y da las pautas para todas aquellas personas que lleguen a afectar las relaciones laborales en una nación; no todas las naciones tienes las mismas reglas o leyes, pero se ha visto que los tratados internaciones que se han realizado llevan a que estas leyes sean más generalizadas.
La ley se rige por los cortes generales, como lo son el congreso y el senado, puesto que estos son los que ejecutan la potestad legislativa que representa a la persona que esté ejerciendo un trabajo.
Estas se pueden distinguir en tres leyes:
- Orgánica: Es la que regula los derechos fundamentales y libertades públicas, también aprueba los estatutos de autonomía y el régimen jurídico electoral.
- Ordinal: Norma todas las materias que no tengan que regularse mediante la ley orgánica.
- Legislación delegada: Esta se rige a través de la delegación legislativa, siento autorizada por el gobierno para dar unas normas con rango de ley, y se dividen en dos:
*Decretos leyes (art.86 CE), son “disposiciones legislativas provisionales, que se dictarán por el Gobierno en casos de extraordinaria y urgente necesidad” Deben ser derogados o convalidados por el Congreso a los 30 días de su promulgación.
*Decretos legislativos (art.82 CE), se trata de supuestos en los cuales, las Cortes, delegan en el Gobierno, la potestad de dictar normas con rango del Ley. El Parlamento, a través de una ley de delegación, encomienda al Gobierno la regulación de una determinada materia, y atribuye a la norma dictada el rango de ley. La legislación delegada puede asumir dos formas: El Texto Refundido, que consiste en sistematizar y articular en un texto único una pluralidad de normas que inciden sobre un mismo objeto; y el Texto Articulado de Ley de Bases, donde la delegación se lleva a cabo a través de una ley de bases aprobada por el Parlamento, cuyo desarrollo y articulación se encomienda al Gobierno. (Elergonomista.com)
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