Ley 28112
Enviado por dayana_pv13 • 23 de Agosto de 2013 • 6.003 Palabras (25 Páginas) • 535 Visitas
LEY MARCO DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO
LEY Nº 28112
(Publicado el 28-11-2003)
TÍTULO PRELIMINAR
Principios Generales
PRIMERO.-La Administración Financiera del Sector Público se regula por la presente Ley, por las leyes de los sistemas que la conforman, por sus normas complementarias y supletoriamente por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.
SEGUNDO.-La Administración Financiera del Sector Público está constituida por el
conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico financiero cuya titularidad
corresponde al Estado, a través de las entidades y organismos encargados de su
administración conforme a Ley.
TERCERO.-La Administración Financiera del Sector Público está orientada a
viabilizar la gestión de los fondos públicos, conforme a las disposiciones del ordenamiento
jurídico, promoviendo el adecuado funcionamiento de sus sistemas conformantes, según
las medidas de política económica establecidas, en concordancia con la Ley de
Responsabilidad y Transparencia Fiscal y el Marco Macroeconómico Multianual.
CUARTO.-Son principios que enmarcan la Administración Financiera del Estado la
transparencia, la legalidad, eficiencia y eficacia.
QUINTO.-El Presupuesto Público asigna los fondos públicos de acuerdo con las prioridades de gasto determinadas
para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el marco del Planeamiento Estratégico de las entidades del Sector
Público y la disponibilidad de ingresos programada. (*)
(*) Principio modificado por la Tercera Disposición Complementaria de la Ley N°
28522, publicada el 25 Mayo 2005, cuyo texto es el siguiente:
“QUINTO.-El Presupuesto Público asigna los fondos públicos de acuerdo con los
objetivos y prioridades de gasto determinadas en el Plan Estratégico de Desarrollo
Nacional, en los planes estratégicos de las entidades del Sector Público y la disponibilidad
de ingresos programada.”
SEXTO.-Las entidades del Sector Público sólo pueden ejecutar ingresos y realizar
gastos conforme a Ley. Cualquier demanda adicional no prevista se atiende únicamente
con cargo a las asignaciones autorizadas en el respectivo Presupuesto Institucional.
SÉPTIMO.-EI Tesoro Público centraliza, custodia y canaliza los fondos y valores de
la Hacienda Pública.
OCTAVO.-El Endeudamiento Público permite obtener financiamiento externo e
interno para atender parte de los requerimientos establecidos en el Presupuesto del Sector
Público, acorde con la capacidad de pago del país o de la entidad obligada.
NOVENO.-La Contabilidad Pública consolida la información presupuestaria y
patrimonial de las entidades y organismos del Sector Público para mostrar el resultado
integral de la gestión del Estado a través de la Cuenta General de la República.
DÉCIMO.-La Administración Financiera del Sector Público se sujeta a la regla de la
centralización normativa y descentralización operativa en un marco de integración de los
sistemas que la conforman.
TÍTULO I
Generalidades
Artículo 1.-Objeto
La presente Ley tiene por objeto modernizar la administración financiera del Sector
Público, estableciendo las normas básicas para una gestión integral y eficiente de los
procesos vinculados con la captación y utilización de los fondos públicos, así como el
registro y presentación de la información correspondiente en términos que contribuyan al
cumplimiento de los deberes y funciones del Estado, en un contexto de responsabilidad y
transparencia fiscal y búsqueda de la estabilidad macroeconómica.
Artículo 2.-Alcance
Están sujetos al cumplimiento de la presente Ley, de las respectivas leyes, normas y
directivas de los sistemas conformantes de la Administración Financiera del Sector Público,
los organismos y entidades representativos de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial,
así como el Ministerio Público, los conformantes del Sistema Nacional de Elecciones, el
Consejo Nacional de la Magistratura, la Defensoría del Pueblo, Tribunal Constitucional, la
Contraloría General de la República, las Universidades Públicas, así como las
correspondientes entidades descentralizadas.
También están comprendidos los Gobiernos Regionales a través de sus organismos
representativos, los Gobiernos Locales y sus respectivas entidades descentralizadas.
Igualmente se sujetan a la presente Ley, las personas jurídicas de derecho público
con patrimonio propio que ejercen funciones reguladoras, supervisoras y las
administradoras de fondos y de tributos y toda otra persona jurídica donde el Estado posea
la mayoría de su patrimonio o capital social o que administre fondos o bienes públicos.
En el contexto de la presente Ley entiéndase con la denominación genérica de
entidades y organismos a todos aquellos mencionados en los párrafos precedentes.
Artículo 3.-Definición
La Administración Financiera del Sector Público comprende el conjunto de normas,
principios y procedimientos utilizados por los sistemas que lo conforman y, a través de
ellos, por las entidades y organismos participantes en el proceso de planeamiento,
captación, asignación, utilización, custodia, registro, control y evaluación de los fondos
públicos.
Artículo 4.-Características
La Administración Financiera del Sector Público está constituida por sistemas, con
facultades y competencias que la presente Ley y demás normas específicas les otorga,
para establecer procedimientos y directivas necesarios para su funcionamiento y
operatividad, conforme a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo siguiente.
Artículo 5.-Organización en el nivel central
5.1
La autoridad central de los sistemas conformantes de la Administración Financiera del
Sector Público es el Ministerio de Economía y Finanzas, y es ejercida a través del
Viceministro de Hacienda quien establece la política que orienta la normatividad propia
de cada uno de
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