ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ley De Bandera


Enviado por   •  11 de Julio de 2011  •  1.603 Palabras (7 Páginas)  •  1.087 Visitas

Página 1 de 7

LEY DE BANDERA NACIONAL, HIMNO

NACIONAL Y ESCUDO DE ARMAS DE LA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE

VENEZUELA

Capítulo I

De los Símbolos de la Patria

Artículo 1. La Bandera Nacional, el Himno Nacional y el Escudo de

Armas de la República Bolivariana de Venezuela son los símbolos de la

Patria y deben ser venerados por todos los venezolanos y venezolanas, y

respetados por los ciudadanos y ciudadanas de los demás países.

Artículo 2. Salvo lo dispuesto en leyes y reglamentos especiales, al ser

izada o arriada la Bandera Nacional, al paso de ésta, o al ser

interpretado el Himno Nacional en actos oficiales o públicos, toda

persona debe estar de pie, inmóvil y descubierta la cabeza.

Capítulo II

De la Bandera Nacional

Artículo 3. La Bandera Nacional se inspira en la que adoptó el

Congreso de la República en 1811. Está formada por los colores

amarillo, azul y rojo, en franjas unidas, iguales y horizontales en el

orden que queda expresado, de superior a inferior y, en el medio del

azul, ocho estrellas blancas de cinco puntas, colocadas en arco de

círculo con la convexidad hacia arriba. La Bandera Nacional que usen la

Presidencia de la República y la Fuerza Armada Nacional, así como la

que se enarbole en los edificios públicos nacionales, estadales y

municipales, deberá llevar el Escudo de Armas de la República

Bolivariana de Venezuela en el extremo de la franja amarilla cercano al

asta. La Bandera Nacional usada por la Marina Mercante sólo llevará

las ocho estrellas.

Artículo 4. La Bandera Nacional debe enarbolarse:

1.En el Palacio Federal Legislativo durante las sesiones de la Asamblea

Nacional y en los edificios donde se reúnan los Consejos Legislativos,

mientras estén en sesión.

2. En las oficinas públicas nacionales, estadales y municipales, los días

declarados de Fiesta Nacional y las demás fechas en que por

resoluciones especiales lo dispongan las autoridades competentes.

3.En los edificios de las embajadas, legaciones, consulados y agencias

del país en el exterior, los días de Fiesta Nacional o cuando lo prescriba

el protocolo de cada país.

4.En el edificio del Despacho del Presidente de la República Bolivariana

de Venezuela, diariamente.

5.En las instalaciones de la Fuerza Armada Nacional, las fortalezas y

demás edificios militares, en los casos determinados por las leyes y

reglamentos pertinentes.

6.En las naves mercantes venezolanas, en la forma y oportunidad que

determinen las leyes y reglamentos sobre navegación

Artículo 5. Los venezolanos y venezolanas, los extranjeros y

extranjeras residentes en la República Bolivariana de Venezuela deben

enarbolar la Bandera Nacional en sus casas particulares, oficinas y

establecimientos, en los días de Fiesta Nacional y en aquellas

oportunidades que señalen las autoridades competentes.

En estos casos, así como en los días de sus fiestas patrióticas, los

extranjeros y extranjeras residentes en la República Bolivariana de

Venezuela, podrán también enarbolar la bandera de su nacionalidad,

junto con la de la República Bolivariana de Venezuela, correspondiendo

a esta última el puesto de honor, o sea, el de la derecha extrema del

sitio donde se enarbole.

Artículo 6. Todo venezolano o venezolana, extranjero o extranjera

podrá hacer uso de la Bandera Nacional diariamente, siendo obligatorio

su uso en aquellos días y condiciones señalados en esta Ley y su

Reglamento.

Artículo 7. En desfiles y otros actos protocolares donde vaya la

Bandera Nacional en compañía de otras, ésta deberá estar colocada en

sitio de honor, en el centro si son impares, y a la extrema derecha si son

pares.

Capítulo III

Del Escudo de Armas

Artículo 8. El Escudo de Armas de la República Bolivariana de

Venezuela llevará en su campo los colores de la Bandera Nacional en

tres cuarteles:

El cuartel de la izquierda de quien observa será rojo y contendrá la

figura de un manojo de mieses, con tantas espigas como estados tenga

la República Bolivariana de Venezuela, como símbolo de la unión y de la

riqueza de la Nación.

El cuartel de la derecha de quien observa será amarillo y como

emblema del triunfo figurarán en él una espada, una lanza, un arco y

una flecha dentro de un carcaj, un machete y dos banderas nacionales

entrelazadas por una corona de laurel.

El tercer cuartel será azul, ocupará toda la parte inferior del Escudo de

Armas y en él figurará un caballo blanco indómito, galopando hacia la

izquierda de quien observa y mirando hacia delante, emblema de la

independencia y de la libertad; adoptándose para tal efecto la figura del

caballo contenido en el Escudo de la Federación, de fecha 29 de julio de

1863.

El Escudo de Armas tendrá por timbre, como símbolo de la abundancia,

las figuras de dos cornucopias entrelazadas en la parte media,

dispuestas horizontalmente, llenas de frutos y flores tropicales y en sus

partes laterales las figuras de una rama de olivo a la izquierda de quien

observa y de una palma a la derecha de quien observa, atadas por la

parte inferior del Escudo de Armas con una cinta con el tricolor

nacional. En la franja azul de la cinta se pondrán las siguientes

inscripciones en letras de oro: a la izquierda de quien observa “19 de

Abril de 1810", "Independencia", a la derecha de quien observa, "20 de

Febrero de 1859", "Federación", y en el centro "República Bolivariana

de Venezuela".

Artículo 9. El Escudo de Armas deberá colocarse en puesto de honor

en todas las oficinas públicas nacionales, estadales y municipales, y en

las instalaciones de la Fuerza Armada Nacional.

Artículo 10. El Escudo de Armas de la República Bolivariana de

Venezuela

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (11 Kb) pdf (86 Kb) docx (16 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com