NICSP 25 – BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS
Enviado por fernandez2 • 3 de Febrero de 2014 • 20.537 Palabras (83 Páginas) • 1.386 Visitas
NICSP 25 – BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS
Introducción
La Norma establece la forma en la que se debe tratar contablemente y revelar información acerca de los beneficios a los empleados por parte de las entidades del sector público. Se basa en la NIC 19, Beneficios a los Empleados. La Norma no trata la contabilización ni la presentación por los planes de beneficios por retiro (véase la normativa contable internacional o nacional aplicable al tratamiento contable y presentación por los planes de beneficio por retiro). Los beneficios que no son una contraprestación a cambio de los servicios prestados por los empleados o antiguos empleados de las entidades que informan no están dentro del alcance de esta Norma.
Esta Norma identifica cuatro categorías de beneficios a los empleados:
a. beneficios a los empleados a corto plazo, tales como sueldos, salarios y aportaciones a la seguridad social, permisos remunerados anuales, permisos remunerados por enfermedad, participación en ganancias e incentivos (si se pagan dentro de los doce meses siguientes al final del periodo), y beneficios no monetarios (tales como atención médica, vivienda, automóviles y bienes o servicios subvencionados o gratuitos) para los empleados actuales.
b. beneficios post-empleo, tales como pensiones, otros beneficios por retiro, seguros de vida y atención médica post-empleo.
c. otros beneficios a largo plazo para los empleados, entre los que se pueden incluir permisos remunerados después de largos periodos de servicio o permisos sabáticos, beneficios por jubileos u otros beneficios posteriores a un largo periodo de servicio, los beneficios por incapacidad y, si se pagan en un plazo de doce meses o más después del final del periodo, incentivos basados en el rendimiento, la participación en ganancias y las compensaciones diferidas; y
d. beneficios por terminación.
Los beneficios en todas estas categorías son comunes para las entidades del sector público en su globalidad.
Esta Norma requiere que una entidad reconozca los beneficios a los empleados a corto plazo cuando un empleado haya prestado servicios a cambio de dichos beneficios.
Los planes de beneficios post-empleo se clasifican en planes de aportaciones definidas o planes de beneficios definidos. La Norma suministra guías especiales para la clasificación de los planes multi-patronales, los planes estatales, programas combinados de seguridad social y los planes con beneficios asegurados. La Norma también proporciona guías para las entidades participantes en planes de beneficios definidos, cuando las entidades están bajo control común.
Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable y la información a revelar sobre los beneficios a los empleados. La Norma requiere que una entidad reconozca:
a. Un pasivo cuando el empleado ha prestado servicios a cambio de los cuales se le crea el derecho de recibir pagos en el futuro; y
b. un gasto cuando la entidad consume los beneficios económicos o el servicio potencial procedente del servicio prestado por un empleado a cambio de los beneficios a los empleados.
Alcance
Esta Norma deberá aplicarse por un empleador para contabilizar todos los beneficios a los empleados, excepto las transacciones basadas en acciones.
La Norma no trata la presentación por los planes de beneficios por retiro de los. Esta Norma no trata los beneficios proporcionados por los programas combinados de seguridad social que no sean una contraprestación a cambio de los servicios prestados por los empleados o antiguos empleados de las entidades del sector público.
Los beneficios a los empleados a los que se aplica esta Norma comprenden los que proceden de:
a. Planes u otro tipo de acuerdos formales celebrados entre una entidad y sus empleados, ya sea individualmente, con grupos particulares de empleados o con sus representantes;
b. Requerimientos legalmente establecidos, o por acuerdos del sector industrial, por los que las entidades están obligadas a contribuir a planes nacionales, regionales, sectoriales u otro tipo de planes multi-patronales,
c. O cuando las entidades están obligadas a contribuir a un programa combinado de la seguridad social; o prácticas no formalizadas que generan obligaciones implícitas. Las prácticas no formalizadas dan lugar a obligaciones implícitas, cuando la entidad no tiene alternativa realista diferente de la de afrontar los pagos de los beneficios a los empleados. Un ejemplo de una obligación implícita es cuando un cambio en las prácticas no formalizadas de la entidad causaría un daño inaceptable en sus relaciones con los empleados.
Los beneficios a los empleados comprenden:
a. Beneficios a los empleados a corto plazo, tales como sueldos, salarios y aportaciones a la seguridad social, permisos remunerados anuales, permisos remunerados por enfermedad, participación en ganancias e incentivos (si se pagan dentro de los doce meses siguientes al final del periodo), y beneficios no monetarios (tales como atención médica, vivienda, automóviles y bienes o servicios subvencionados o gratuitos) para los empleados actuales;
b. Beneficios post-empleo, tales como pensiones y otros beneficios por retiro, seguros de vida y atención médica post-empleo;
c. Otros beneficios a los empleados a largo plazo, incluyendo los permisos remunerados después de largos periodos de servicio o sabáticos, jubileos u otros beneficios después de un largo tiempo de servicio, los beneficios por incapacidad prolongada y, si no deben pagarse totalmente dentro de los doce meses siguientes al final del periodo, la participación en ganancias, incentivos y la compensación diferida; y
d. Beneficios por terminación.
La presente Norma es de aplicación para todas las entidades del sector público excepto para las Empresas Públicas.
Definiciones
Los programas combinados de la seguridad social
Son programas establecidos por la legislación, y que
a. Operan como planes multi-patronales para proporcionar beneficios post-empleo; así como
b. Proporcionan beneficios que no son una contraprestación por servicios prestados por los empleados.
Costo de los servicios del periodo corriente: es el incremento en el valor presente de las obligaciones por beneficios definidos que se produce como consecuencia de los servicios prestados por los empleados en el periodo corriente.
Planes de beneficios definidos: son planes de beneficios post-empleo
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