Beneficios a los empleados
Enviado por mely.flaka • 25 de Junio de 2013 • Informe • 1.310 Palabras (6 Páginas) • 660 Visitas
NIF D-3 Beneficios a los empleados
Contenido
Esta norma tiene por objeto establecer las normas para el reconocimiento
contable de los beneficios que la entidad otorga a sus empleados. La NIF D-3
fue aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del
CINIF en julio de 2007 para su publicación en agosto de 2007, estableciendo
la entrada en vigor a partir del 1º de enero de 2008.
La NIF-D3, define la necesidad de que las empresas reconozcan contablemente los
beneficios que otorgan a los empleados, en sus estados financieros,
independientemente de que estas contingencias se paguen en el futuro, es
necesario reconocer este pasivo anualmente, en la situación financiera de la
entidad.
La nueva NIF-D3 adecua su estructura para presentarse de acuerdo con tres tipos
de beneficios a los empleados. Estos beneficios, así como los cambios mas
importantes,se mencionan a continuación:
1. Beneficios Directos a Corto Plazo y largo plazo. Son remuneraciones que se
pagan regularmente al empleado durante su relación laboral, tales como
sueldos, aportaciones de seguridad social, planes de incentivos, previsión
social, PTU causada y diferida, etc. Estas prestaciones se reconocen en el
ejercicio en que se devengan y no se requiere de la valuación actuarial de los
beneficios
2. Beneficios por Terminación. Son remuneraciones que se pagan al empleado o
a sus beneficiarios al término de la relación laboral antes de haber llegado a la
edad de jubilación de acuerdo con la ley y los términos del plan de beneficios,
tales como indemnizaciones legales por despido, primas de antigüedad por las
causas de muerte, invalidez, despido y separación voluntaria antes de la fecha
de jubilación, etc.
Los beneficios por terminación pueden presentarse por terminación de la
relación laboral por causas distintas a la reestructuración y por causas de
reestructuración
a. Beneficios por causas distintas a reestructuración. La provisión a reconocer
debe incluir el monto total neto del valor presente de la obligación por
beneficios definidos (OBD) a la fecha del balance general menos el valor
razonable de los activos del plan, si los hubiera. El valor presente de la
OBD debe incluir varios supuestos y probabilidades Tanto las ganancias y pérdidas actuariales como el servicio pasado no
reconocido, deberán registrarse directamente en los resultados del año.
Para aquellas empresas que a la entrada en vigor de esta NIF hubieran
aplicado los lineamientos del Boletín D-3 anterior, podrán amortizar estas
partidas en línea recta en el plazo menor entre la vida laboral remanente
promedio y cinco años, o bien, llevarse a resultados en un solo año. Hasta
el 31 de diciembre de 2007 las partidas pendientes de amortizar se
amortizaban en el plazo de la vida laboral remanente promedio de los
trabajadores
b. Beneficios por reestructuración. Se deberá hacer la provisión respectiva por
el importe de los beneficios a otorgar, los cuales no incluirán hipótesis
actuariales para valuar la obligación. El efecto de esta provisión deberá
afectar directamente los resultados del periodo.
3. Beneficios al Retiro – Son remuneraciones que se pagan al empleado y/o sus
beneficiarios, al alcanzar este empleado la edad de jubilación, tales como
planes de pensiones, prima de antigüedad por retiro, otros beneficios
posteriores al retiro (Gastos Médicos, Seguro de Vida, etc.)
Las ganancias o pérdidas actuariales pueden ser llevadas directamente a
resultados conforme se devengan o bien amortizarlas en periodos futuros
tomando como base la vida laboral remanente promedio de los empleados
que se espera reciban beneficios del plan. Una vez seleccionada la opción, no
podrá variarse en años posteriores
La introducción de un nuevo plan o las modificaciones que se hicieran al ya
implementado originarán variaciones, las cuales deberán ser amortizadas
tomando como base la vida laboral remanente promedio de los empleados
que se espera reciban beneficios del plan
Las partidas pendientes de amortizar que se tuvieran al 1° de enero de 2008
deberán amortizarse conforme a lo siguiente:
a. El activo o pasivo de transición pendiente de amortizar se deberá llevar
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