Oral Mercantil
Enviado por ivserratos • 29 de Abril de 2013 • 1.346 Palabras (6 Páginas) • 362 Visitas
Las relaciones entre sujetos de derecho, así como las condiciones económicas en las cuales se encuentra inmerso el País, provocan el atraso e inclusive falta de cumplimiento de muchas de las obligaciones contraídas por dichos sujetos, inclusive si no han podido llegar a una buena negociación con su contraparte, por lo tanto es necesario conocer los medios para ejercer el cobro de los documentos que soportan los actos de comercio, es decir, los Títulos de Crédito. A fin de poder exigir su pago, por distintos medios inclusive por la vía judicial, mismas que son objeto de estudio en el presente trabajo.
1.-JUICIOS MERCANTILES
1.1Acto de Comercio
Acto de Comercio es el acto jurídico que produce efectos en el ámbito comercial y se rige por las leyes mercantiles vigentes.
Legalmente no existe un concepto de acto de comercio, puesto que el artículo 75 del Código de comercio, señala casuísticamente una serie de actos a los que les otorga ese carácter. Por lo tanto, si es el acto de comercio la base que delimita el derecho mercantil, por ende, será el de los juicios mercantiles.
1.2Juicio Mercantil
El concepto legal de juicio mercantil se encuentra previsto en el artículo 1049 del Código de Comercio, que dice: son juicios mercantiles los que tienen por objeto ventilar y decidir controversias que conforme a los artículos 4,75 y 76 del Código de Comercio se deriven de actos comerciales. Los juicios mercantiles se encuentran regulados en el libro quinto del Código de Comercio, esto es a partir del artículo 1049 al 1414 de la ley en comento.
Los juicios mercantiles que señala la ley, son:
JUICIOS ORDINARIOS
JUICIOS EJECUTIVOS
JUICIOS ESPECIALES
Los juicios mercantiles tienen su regulación jurídica en la ley mercantil, pero si esta es omisa o reglamenta incompletamente su tramitación, procede la aplicación supletoria de los códigos de procedimientos civiles de los estados, tal como lo dispone el artículo 1054 del c. de comercio.
1.2.1 Juicios Ordinarios Mercantiles
Todas las contiendas entre partes que no tengan tramitación especial en las leyes mercantiles se ventilarán en juicio ordinario.
El juicio ordinario mercantil se divide en cuatro periodos o fases y son:
1.- Etapa postulatoria o de fijación de la litis. En esta etapa las partes plantean sus pretensiones, la demandada sus defensas resistencias, narran los hechos y también se puede contrademandar. Expresan lo que a sus intereses conviene y aducen los fundamentos de derecho que consideran favorables.
La primera fase del juicio termina cuando se ha determinado la materia de la litis, es decir cuando se ha establecido cual es la materia sobre la que habrá de probarse, alegarse y posteriormente sentenciarse .
2.- Etapa probatoria
3.- Alegatos
4.- Sentencia.
La litis se fija, mediante los escritos de demanda y contestación, presentados respectivamente, por el actor y por el demandado. En esta primera fase del juicio se presenta la demanda.
1.2.2 Juicio Ejecutivo Mercantil
El artículo 1391 del C de comercio señala que: el procedimiento ejecutivo mercantil tiene lugar cuando la demanda se funda en documento que trae aparejada ejecución y agrega que traen aparejada ejecución los siguientes documentos:
1.- La sentencia ejecutoriada o pasada en autoridad de cosa juzgada y la arbitral que sea inapelable, conforme a lo dispuesto en los artículos 1348 y 1346
2.- Los instrumentos públicos.
3.- La confesión judicial del deudor, según el artículo 1288
4.- Los títulos de crédito.
5.- Las pólizas de seguro conforme a la ley de la materia.
6.-La decisión de los peritos designados en los seguros para fijar el importe del siniestro, observándose lo prescrito en la ley de la materia.
7.- Las facturas, cuentas corrientes y cualesquiera otros contratos de comercio firmados y reconocidos judicialmente por el deudor.
8.- Los demás documentos que por disposición de la ley tienen el carácter de ejecutivos.
El juicio ejecutivo mercantil se inicia con la demanda que deberá satisfacer los mismos requisitos que la demanda en el juicio ordinario mercantil, y a la que el actor deberá de acompañar el título ejecutivo fundatorio de su acción.
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