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PENITENCIARIA


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2014  •  837 Palabras (4 Páginas)  •  179 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

PFG: ESTUDIOS JURÍDICOS, VIII SEMESTRE UNIDAD CURRICULAR: RELACIONES SOCIALES EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL Y SU REGULACION JURIDICA COMPILACION DE LA UNIDAD CURRICULAR RELACIONES SOCIALES EN EL AMBITO INTERNACIONAL Y SU REGULACION JURIDICA

INDICE MODULO II UNIDAD I 1.- LOS CONFLICTOS SOCIALES Y BÉLICOS. 1.2.-CONSECUENCIAS EN MATERIA DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. TEMA I: 1.- DESPLAREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTEREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIORIOZADOS. 1.2.-REFUGIADOS. 1.3.-EXILIADOS ASILADOS. 1.4.-ESTATUS JURÍDICO BAJO EL SISTEMA VENEZOLANO TEMA II: 2.-EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO DEL TRABAJO Y 2.1.-LOS CONFLICTOS TRABAJADORES- TRANSNACIONALES UNIDAD II 2.-LAS RELACIONES DE INTERCAMBIO Y COOPERACIÓN DEL ESTADO VENEZOLANO Y SUS REPERCUSIONES EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 2.1.- (MERCOSUR, CAN)

 

UNIDAD I 1.- LOS CONFLICTOS SOCIALES Y BÉLICOS.

Conflicto: Según Osorio la define el Conflicto como: Lo más recio o incierto de un combate, pelea o contienda. Oposición de intereses en que las partes no ceden. El choque o colisión de derechos o pretensiones. Situación difícil.  Aunque los conflictos internacionales armados son intrínsecos al nacimiento mismo de la humanidad, e incluso puede afirmarse que mientras existan desigualdades políticas, económicas, sociales, culturales, raciales, religiosas, en la Comunidad Internacional "será imposible su eliminación definitiva", nos atrevemos a afirmar que la diplomacia internacional ha cumplido parcialmente sus objetivos, porque hoy en día se han minimizado las consecuencias (humanitarias, materiales, etc.) de éstos, si se comparan con los resultados obtenidos como consecuencia de la I y II Guerra Mundial. No obstante, se reconoce que actualmente se continúan violando los derechos humanos de las víctimas de los conflictos armados, y quizás los mecanismos sancionatorios no han sido impulsados con la fuerza requerida por los miembros de la Comunidad Internacional, a nuestro juicio por falta de una "Verdadera voluntad política". En todo conflicto internacional armado debe agotarse suficientemente los medios pacíficos diplomáticos de solución de conflictos, e incluso los Estados involucrados deben poner en práctica la diplomacia para el pronto cese de la guerra. Constituye un deber para todo Estado fomentar la enseñanza y difusión de las normas del Derecho Internacional Humanitario, tanto a nivel militar (Ministerio de la Defensa y las Escuelas de formación), como a la población civil en general,

 

por lo menos en cuanto a la finalidad central "brindar un estándar mínimo de protección de los derechos humanos para estas víctimas de los conflictos armados". Deben

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