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Podología clínica. decálogo


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2017  •  Tarea  •  1.313 Palabras (6 Páginas)  •  1.015 Visitas

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Podología clínica.

Asignatura: Ética y RRHH.

Integrantes:

María Monroy Retamal

Luisa Ortiz Silva

Jessica Valdivia Díaz

Daniela Valdivia Miranda

Curso: 2° año D

Docente: Juan Carlos Gómez.

Fecha: Enero 2017.

Índice.

  • Introduccion
  • Protocolos básicos.
  • Respecto del profesional de la podología.
  • Respecto de los colegas.
  • Relación del podólogo con sus pacientes.
  • Sanciones y prohibiciones.

Introducción

La deontología Podológica como ciencia de los deberes del Podólogo, establece un conjunto de  normas éticas relacionadas con la profesión,  que tienen por finalidad señalar  cual es el comportamiento y las obligaciones que debe tener el Profesional.

El Profesional  debe establecer  y aplicar normas aprobadas de Practicas Clínicas, gestión, investigación y formación en podología, como así también es el especialista en las enfermedades y deformaciones de los pies y su actuación como tal, está encaminada  hacia la educación, pesquisa, prevención y promoción de la salud individual y colectiva de las personas.

        

  1. Protocolos  Básicos – Marco Legal.
  1. Se denominará Podólogo, para fines de este decálogo, a la persona  que haya sido capacitada en cursos de podología impartidos por entidades que otorguen esta enseñanza y que esté en posesión de la autorización otorgada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Para ser  podólogo se debe tener la enseñanza media completa, tener el certificado de podólogo entregado por los diferentes institutos que imparten esta carrera y aprobar el examen teórico escrito,  elaborado y evaluado por la Secretaria Regional Ministerial  de Salud.  

  1. El Podólogo tendrá el cuidado, mantención y restauración de la salud del pie.

Es decir, debe manejar técnicas podológicas y de Masoterapia, como parte de la atención integral del pie sano.

  1. El Podólogo debe  atender la higiene y confort del pie, corregir alteraciones cutáneas o ungueales y  Tratamiento conservador de la uña.

Esto quiere decir, promover estilos de vida saludable en los usuarios, para  fomentar el autocuidado de los pies.

  1. Respecto del profesional de la podología.
  1. El podólogo debe establecer y aplicar normas aprobadas de práctica clínica, gestión, investigación y formación en podología.

Es decir, el podólogo no puede realizar procedimientos que puedan  afectar la integridad y presentar  un riesgo al paciente.

  1. El podólogo es el especialista en las enfermedades y deformaciones de los pies y su actuación profesional está encaminada a promover la salud individual y colectiva de las personas.

Es deber del podólogo reconocer las enfermedades del pie y sus tratamientos. Además de promover un estilo de vida saludable y cuidados de los pies.

  1. El podólogo no solamente debe cuidar de la salud del pie de las personas, sino que deberá cuidar su formación en los progresos técnicos y científicos que afecten a su especialidad, con objeto de ofrecer una buena calidad asistencial de acuerdo con el estado de ciencia.

*Esto quiere decir, que tiene el deber de actualizar continuamente sus conocimientos como profesional, como único medio de  prestar  una asistencia de calidad, de acuerdo con el avance de la ciencia. Para ello debe asistir a seminarios y realizar cursos de capacitación,  relacionados con su especialidad.

  1. Respecto de los colegas.
  1. La relación entre podólogos debe ser respetuosa,  evitando el desprestigio público, debiendo dar a conocer las discrepancias dentro del colegio profesional, y es únicamente cuando se agota esta vía, cuando puede recurrir a otras instancias.

Por lo tanto debe existir una muy buena comunicación entre sus pares,  para evitar  malos entendidos, independientemente de que existan discrepancia entre ellos, se debe mantener una conducta apropiada dentro y fuera de su recinto laboral.

  1. El podólogo debe establecer una relación de respeto y lealtad con sus colegas  y mantener una relación armónica con el resto de los profesionales de la salud, basada en el mutuo respeto y en la colaboración para promover el mejoramiento de la salud de la población.

*El profesional debe desarrollar una buena  actitud hacia sus colegas, entendiendo que de esto depende que exista un buen  clima laboral

 

  1. Fuera de los casos de urgencia, el podólogo se abstendrá de interferir en la asistencia que preste un compañero. No obstante el paciente, tiene derecho a la opinión de otro profesional y al posible cambio del mismo.

* El podólogo debe realizar solamente lo que el paciente le solicite, así no interferirá en la atención realizada por el podólogo anterior.

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