Preguntas Generadoras De Constitucion Politica
Enviado por yyesid • 7 de Octubre de 2013 • 935 Palabras (4 Páginas) • 889 Visitas
NÚCLEO PROBLÉMICO No.2 DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES.
MECANISMOS DE DEFENSA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
Conocimientos:
En la Constitución de 1.991 se ampliaron los derechos y se precisaron los deberes, en lo que dedica gran parte de su contenido (84 artículos);frente a lo anterior también establece en el Titulo II, Capitulo IV “De la protección y aplicación de los derechos”, que posteriormente son reglamentados Para la protección de los derechos de los ciudadanos se han creado varios mecanismos entre ellos la acción de tutela, las acciones populares las acciones de cumplimiento, el habeas corpus, habeas data, las acciones públicas y el derecho de petición.
Preguntas generadoras:
¿Qué es un derecho fundamental?
Los derechos fundamentales son derechos humanos positivizados en un ordenamiento jurídico concreto. Es decir, son los derechos humanos concretados espacial y temporalmente en un Estado concreto. La terminología de los derechos humanos se utiliza en el ámbito internacional porque lo que están expresando es la voluntad planetaria de las declaraciones internacionales, la declaración universal de los derechos humanos frente al derecho fundamental.
Si los derechos humanos son propios de la condición humana y por tanto son universales, de la persona en cuanto tales, son también derechos naturales, también son derechos preestatales y superiores al poder político que debe respetar los derechos humanos. Se decía también que eran derechos ligados a la dignidad de la persona humana dentro del Estado y de la sociedad. Lo que interesa destacar es que si los derechos fundamentales son derechos humanos, tienen éstos también las características que hemos reconocido a los derechos humanos. Por tanto, a los derechos fundamentales no lo crea el poder político, ni la Constitución, los derechos fundamentales se imponen al Estado, la Constitución se limita a reconocer los derechos fundamentales, la Constitución propugna los derechos fundamentales, pero no los crea.
LOS DERECHOS FUNDAMENTALES SON DERECHOS SUBJETIVOS.
Es decir que el derecho fundamental jurídicamente tiene la estructura normativa de un derecho subjetivo, es decir, que los derechos fundamentales son instituciones jurídicas que tienen la forma del derecho subjetivo. Y la estructura del derecho subjetivo tiene tres elementos: titular del derecho subjetivo, el contenido del derecho subjetivo en el que vamos a distinguir las facultades, por otra parte el objeto del derecho, y un tercer elemento es el destinatario o sujeto pasivo, aquel que está obligado a hacer o no hacer.
Esta estructura del derecho fundamental ha ido ganando complejidad y para ello vamos a distinguir el momento A (momento originario), cuando aparecen los derechos fundamentales, y un segundo momento que es el momento actual.
¿Qué se entiende por los conceptos: Inherente, inalienable y esencial?
Inherente procede del latín inhaerens, una conjugación del verbo inhaerere (“permanecer unido”). El concepto se utiliza para nombrar a aquello que, debido a sus condiciones naturales, resulta imposible separarlo de algo ya que
...