Principios Del Derecho Mercantil
Enviado por celestevidal • 20 de Enero de 2013 • 1.539 Palabras (7 Páginas) • 1.249 Visitas
PRINCIPIOS DE DERECHO MERCANTIL Y CONTRATO DE OBRA
5.1 ACTOS DE COMERCIO, OBJETIVOS Y SUBJETIVOS
EN EL SISTEMA VENEZOLANO:
El sistema venezolano de actos de comercio fue incorporado por el legislador del 15 de
febrero de 1862, tomándolo del Código de comercio francés. El acto de comercio
objetivo fue ubicado en el Libro Quinto (de la administración judicial en materias de
comercio), Titulo I (De los Tribunales de comercio), Ley IV (De la competencia de los
tribunales de comercio), articulo 1º., con el propósito de delimitar la competencia de los
tribunales de comercio. En el artículo 2º. Fueron colocados los actos subjetivos de
comercio, a los cuales se identifico como “las obligaciones y contratos entre
comerciantes, mientras no se pruebe que tienen un objeto ajeno del comercio”. A partir
de 1873 la enumeración de actos fue trasladad a los títulos preliminares del Código, en
donde ha permanecido desde entonces. El elenco de actos objetivos se amplió
sensiblemente en esa oportunidad (artículo 3º.). El Código de Comercio de 1904
traslado la materia al articulo2o. E incorporo algunos actos objetivos más. Por último, el
Código de Comercio de 1919 hizo ajustes de redacción en los ordinales 1º y 2º y en el
numeral 19 del artículo 2º.
La realización profesional de las actividades consideradas actos objetivos de comercio
(artículo 2º) convierte en comerciante a quien los ejecuta (artículo 10). Por otra parte, se
presume (presunción iuris tantum), que son actos de comercio cualesquiera
otros
contratos o cualesquiera otras obligaciones de los comerciantes, a menos que resulte lo
contrario del acto mismo o que el acto sea de naturaleza esencialmente civil (artículo
3º). El régimen venezolano se basa en las categorías de acto de comercio y de
comerciante, por lo cual pertenece al sistema mixto. Este sistema, si bien ha existido en
el país desde la primera codificación, sustituyo al sistema subjetivo que existió mientras
estuvieron en vigencia las Ordenanzas de Bilbao.
CONCEPTO DE ACTOS DE COMERCIO
Generalmente se considera imposible formular un concepto de acto de comercio, porque
la disposición que los consagra es amplísima y comprende organizaciones (empresas),
contratos, negocios, operaciones complejas, hechos ilícitos y situaciones de hecho. Por
la diversidad del contenido de la materia, se adelantan nociones muy amplias que tratan
de abarcar lógicamente, todo el espectro del campo que se pretende delimitar. Martínez
Val, en España, afirma, por ejemplo, “que los actos de comercio pueden ser definidos
como aquellos hechos que producen efecto en el ámbito jurídico-mercantil,
comprendiéndose tanto los que dependen de la voluntad de los hombres (actos
propiamente dichos), como también aquellos acontecimientos independientes de la
voluntad humana que tienen realidad en el mundo exterior, pero que de alguna manera
producen tales efectos (Ej.: un naufrago)”.
La afirmación de Vivante según la cual cuando el legislador habla de actos de comercio
usa
esta frase como si un hombre de negocios dijese operaciones o negocios
comerciales, es decir, como actividades mercantiles capaces de generar obligaciones
comerciales y es básicamente correcta, pero incompleta, porque hay actos de comercio
que no son operaciones o negocios ni el sentido más amplio de a palabra. En forma
similar se expresa Rocco, al considerar que los actos de comercio ni son actos jurídicos
ni son relaciones jurídicas, sino formas de actividad social y relaciones sociales. Por
tener en cuenta el legislador la actividad comercial y no el acto jurídico, las operaciones
identificadas como actos de comercio deben interpretarse en su unidad comercial y no
en su sentido limitado de orden jurídico. Ejemplifica Vivante así su concepto: la frase
empresas de transporte, no comprende solamente los contratos de transporte, sino
también todas las actividades accesorias; la compra mercantil incluye también aquella
que se haga sobre materia que se transforma para venderla posteriormente y todos los
actos accesorios correspondientes; las letras de cambio que como acto de comercio,
incluyen el protesto, la resaca, los negocios de descuento y redescuento. Esta
interpretación de Vivante se fundamenta, por lo demás en el principio lógico
accesorium sequitur principale, cuya importancia en esta materia fue puesta de
manifiesto por Bolaffio.
Roberto Goldschmidt reafirma la falta de correspondencia entre las nociones
económicas y jurídicas con relación al acto de comercio así: “El concepto
de acto de
comercio no se identifica con el del acto jurídico sino que señala la actividad económica
simple o compleja que se exterioriza en hechos y operaciones. Un acto de comercio
puede componerse de varios actos jurídicos entre los cuales existe una vinculación
desde el ángulo social y económico”
Hugo Mármol Marquis coincide en la apreciación de cuál ha sido la intención del
legislador al usar la denominación “acto de comercio”, afirmando que lo ha hecho con
un sentido totalmente practico: “no se refiere a actos jurídicos con significación
comercial”, actos aislados, perfectamente definidos que tengan un contenido mercantil,
sino a todo un conglomerado de operaciones, actividades y situaciones que están
englobados dentro de un concepto general. Por ejemplo, cuando considera acto de
comercio “la compra con ánimo de reventa” (artículo
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