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Qué son las escuelas jurídico penales?


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2014  •  Práctica o problema  •  6.617 Palabras (27 Páginas)  •  1.149 Visitas

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¿Qué son las escuelas jurídico penales?

De acuerdo con Jiménez A. (1950:29), las escuelas jurídico penales son: “el cuerpo

Orgánico de concepciones contrapuestas sobre la legitimidad del derecho de pensar sobre la naturaleza del delito y sobre el fin de las sanciones”. Sainz Cantero (1990:123) define a las escuelas jurídicas penales en un sentido más amplio: “la dirección de pensamiento que tiene una determinada dirección, trabaja con un método peculiar y responde a unos determinados presupuestos filosóficos-penales”.

El rápido desarrollo de las escuelas jurídico penales en el siglo XX, se debió a los debates y confrontaciones, que ocurrieron entre las dispersas escuelas jurídicos penales. Algunos de los avances más importantes que se obtuvieron de la pugna de esas escuelas, consistió en la delimitación de los campos, en la precisión de métodos y en la colaboración entre profesionales, puesto que anteriormente trabajaban desperdigadas.

El Ámbito Jurídico Penal y Criminológico

El comportamiento humano ha sido en todos los tiempos motivo de interés y preocupación por legos y especialistas de diferentes disciplinas.

Los comportamientos que están basados o regulados en las normas legales, son los que

Estudia la ciencia normativa, ésta estudiaría los modelos de comportamiento humano que la ley describe como delitos y todas las sanciones que se podrían aplicar para cada comportamiento establecido y la ciencia aplicativa, por su parte, se ocuparía en indagar las circunstancias temporo-espaciales, instrumentales y personales en las que se realizó el hecho punible. Aunque simplificado, según lo anterior el derecho penal es una ciencia normativa, la criminalística es una ciencia aplicativa y la criminología para algunos es una ciencia causal – explicativa.

La criminología se desarrolla a partir del siglo XIX, en su devenir histórico ha sido motivo de diferentes conceptuaciones y definiciones acerca de su objeto y método de estudio, sea el caso de un reconocido autor mexicano, discípulo de Quiróz Cuarón -representante de la mirada positivista en la criminología mexicana- (cuyo libro Criminología lleva más de veinte reediciones), Rodríguez Manzanera, quien considera a la criminología como: “una ciencia sintética, causal explicativa, natural y cultural de las conductas antisociales”. Además de las caracterizaciones que enumera la definición, un asunto de debate e interés es el objeto de estudio que propone: las conductas antisociales, dado que estas se definen desde el poder.

Nuestra postura no es neutral en el debate, por lo que nos suscribimos en la postura adoptada por García-Pablos de Molina (2003), quien afirma que: Se puede definir a la Criminología, provisionalmente, como la ciencia empírica e interdisciplinaria que tiene por objeto el crimen, el delincuente, la víctima y el control social del comportamiento delictivo; y que aporta una información válida, contrastada y fiable sobre la génesis, dinámica y variables del crimen –contemplado éste como fenómeno individual y como problema social, comunitario-; así como sobre su prevención eficaz, las formas y estrategias de reacción al mismo y las técnicas de intervención positiva en el infractor. Para este autor, la criminología es una ciencia, es decir, aporta un núcleo de conocimientos verificados (no refutados). Precisando aún más sus características, es una ciencia empírica e interdisciplinaria en la que predomina la observación de la realidad acerca de la perspectiva normativista. Acota su objeto de estudio: la investigación del crimen, del infractor, de la víctima del delito y acerca del control social del comportamiento desviado.

Caracteriza el crimen como un problema, y cuáles son las implicaciones más trascendentes que derivan de su análisis. Uno de los aspectos más destacados de esta definición es que amplía el ámbito tradicional de la criminología, ya que incorpora a su objetivo o propósito las investigaciones sobre la víctima del delito y el denominado control social, con esto se da un vuelco sociológico que aporta elementos de equilibrio al desmesurado biologismo positivista del cual emergió dicha disciplina científica. Dando acento a la orientación previsionista del saber criminológico, ya que se preocupa y le interesa prevenir eficazmente el delito y no sólo reprimirlo.

LA ESCUELA CLÁSICA

Los positivistas del siglo XIX, bautizaron con el nombre de Escuela Clásica, a todo lo anterior a ellos: a las doctrinas que no se adaptaban a las nuevas ideas, a los recientes sistemas. Bajo la etiqueta de clásicos se suele agrupar a autores y tendencias divergentes en muchos puntos de vista, en algunos casos, inclusive, contradictorias, pero que presentan una serie de concepciones unitarias acerca de postulados fundamentales, que fue lo que permitió a los positivistas reunirlas con propósitos didácticos. El mundo clásico partió de una imagen excelsa, ideal, del ser humano como centro del universo, como dueño y señor absoluto de sí mismo, de sus actos. El dogma de la libertad que hace iguales a todos los hombres (sin diferencias entre el hombre delincuente y no delincuente) y fundamenta la responsabilidad: el absurdo comportamiento delictivo solo puede comprenderse como consecuencia del mal uso de la libertad en una situación concreta, no a pulsiones internas ni a influencias externas. Para los clásicos, el delincuente es una suerte de pecador que optó por el mal, pudiendo y debiendo haber respetado la ley.

Existe algo muy importante en la escuela clásica que se recoge de sus autores: la defensa de las garantías individuales y su reacción contra la arbitrariedad y los abusos de poder. Se reconocen como representantes destacados de la escuela clásica del derecho penal, además de Cesare Beccaria, entre otros a Giovanni Carmignani, Pellegrino Rossi y

Francisco Carrara.

Contexto

En los siglos XVII y XVIII surgieron nuevos grupos sociales, como por ejemplo los mercaderes, banqueros y los hombres de negocio (los burgueses), esta época fue denominada como la Era de las Luces o la Ilustración. Los pensadores de la Ilustración sostenían que la razón humana podía combatir la ignorancia, la superstición y la tiranía, y construir un mundo mejor.

En la segunda mitad del siglo XVIII, pese a que más del 70% de los europeos eran analfabetos, la intelectualidad y los grupos sociales más relevantes descubrieron el papel que podría desempeñar la razón, íntimamente unida a las leyes sencillas y naturales, en la transformación y mejora de todos los aspectos de la vida humana. Como característica común hay que señalar una extraordinaria fe en el progreso y en las posibilidades de los hombres y mujeres, para dominar y transformar

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