Recurso de reposición a la Unidad de víctimas.
Enviado por stevens9306 • 2 de Febrero de 2017 • Ensayo • 650 Palabras (3 Páginas) • 461 Visitas
Orito - Putumayo, 24 de octubre de 2016.
SEÑORES:
UNIDAD PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VICTIMAS.
Bogotá D.C.
REF: RECURSO DE REPOSICION RESOLUCION N° 2016-135290 DE 25 DE JULIO DE 2016 FUD: NI000625091.
Cordial saludo,
RUBY ALEXANDRA GIRALDO CORDOBA, identificada con la cedula de ciudadanía Nº 1.006.288.324 expedida en Palmira - Valle, respetuosamente me dirijo a ustedes con el fin de interponer Recurso de Reposición subsidio a apelación, en contra de la resolución N° 2016-135290 DE 25 DE JULIO DE 2016 FUD: NI000625091, en los hechos victimizantes AMENAZA Y DESPLAZAMIENTO FORZADO para lo cual me permito manifestar lo siguiente:
HECHOS
Solicito se sirva reevaluar la declaración rendida ante la Personería Municipal de Orito – Putumayo el día 08/02/2016, el día 17 de enero del presento año vivía en Palmira – Valle arrendaba una casa esquinera en la cual tenía una tienda ese día mataron a un hombre aproximadamente a las 10:30 de la noche a fuera de la casa que arrendaba debido a este homicidio llego la Policía y la Sijin y estuvieron patrullando en el barrio para tener conocimiento de la muerte posteriormente me hicieron preguntas.
Al día siguiente a las 10: 00 am llegaron tres hombres en dos motos a la tienda y me encontraba atendiendo a una señora por consiguiente uno de ellos se me acerco a comprar unos chicles y saco un arma de fuego amenazándome me dijo “que andaba de sapa y que no me querían ver más así que debía irme con mis dos hijos”. Por lo tanto, el mismo día me fui con mis dos hijos para Orito – Putumayo.
MATERIAL PROBATORIO
Los documentos anexos a la declaración rendida ante el Despacho de la Personería Municipal Orito, y que se encuentran en la base de archivo de la UARIV.
RAZONES QUE SUSTENTAN ESTE RECURSO
Me permito transcribir taxativamente lo que es enuncia la UNIDAD PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VICTIMAS “después de analizar la narración de los hechos se establece de manera objetiva y atendiendo rigorosamente el relato de la deponente, que el hecho victimizante al que fue expuesta no tiene relación cercana y suficiente con los hechos a que se hace referencia este relacionados en el artículo 3° de la ley 1448 de 2011, ya que no se evidencia que los hechos a que se hace referencia estén relacionados con motivos ideológicos o políticos, además en el relato se evidencian situaciones relacionadas con la delincuencia común presente en el sector, y que según la ley 1448 de 2011 en el parágrafo 2 del artículo 3 que describe “(..) no serán considerados como victimas quienes hayan sufrido un daño en sus derechos como consecuencia de actos de delincuencia común.”
...