Sistema Nacional De Pensiones
Enviado por ferxlie • 10 de Junio de 2014 • 8.312 Palabras (34 Páginas) • 517 Visitas
SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES
INTRODUCCIÓN
El sistema previsional peruano está constituido por tres regímenes principales.^1: el del Decreto Ley No. 19990 (denominado Sistema Nacional de Pensiones - SNP), el del Decreto Ley No. 20530 (denominado Cédula Viva) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Los dos primeros son administrados por el Estado y forman parte del Sistema Público de Pensiones; mientras que el tercero es administrado por entidades privadas denominadas Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP).
El objetivo es presentar una descripción de la situación actual de dichos regímenes pensionarios, un análisis de los principales aspectos de su problemática y una revisión de las últimas medidas emprendidas por el Ejecutivo para subsanar dicha problemática.
En este caso abordaremos el Sistema Nacional de Pensiones, para tal efecto, se describen aspectos de normatividad, requisitos para la obtención de prestaciones, tipos de riesgos coberturados, años de aportación, edad de jubilación, fórmula de cálculo de la prestación y tasa de aportación, entre otros aspectos. Adicionalmente, se discute la situación financiera y económica por la que atraviesan estos sistemas previsionales, así como su problemática de corto y mediano plazo.
DEFINICION DEL SNP
” El SNP es un sistema de reparto, el cual tiene como característica principal el otorgamiento de prestaciones fijas sobre contribuciones no definidas en valor suficiente para que la aportación colectiva de los trabajadores financie el total de las pensiones. En la actualidad, este sistema es administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP)”. (1)
Opinión (1): el ministerio de economía y finanzas da esta definición que da a entender las características del SNP y quien la administra ; sin embargo me parece que es un tanto complicado entender esta definición.
“El Sistema Nacional de Pensiones fue creado por el Decreto Ley N° 19990 y rige a partir del 1° de mayo de 1973. Se trata de un régimen abierto por cuanto pueden acceder a él los trabajadores provenientes del régimen laboral público y privado, así como los independientes que se afilien en calidad de facultativos. Su administración centralizada se encuentra a cargo de la Oficina Nacional de Normalización Previsional (ONP), a la cual le compete también la administración de otros regímenes pensionarios administrados por el Estado”. (2)
Opinión (2): esta definición explica a qué personas compete el SNP Y quien la administra; la definición me parece un tanto más simple que el anterior.
”El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 contempla como uno de sus objetivos principales consolidar un Sistema Nacional de Pensiones más equitativo y con mayor cobertura. Para ello, se establecieron dos estrategias orientadas a consolidar las tareas emprendidas con la reforma al sistema de pensiones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) aprobada en abril de 2007. La primera estrategia está encaminada a reforzar el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) y la segunda a avanzar en la transformación de los sistemas de reparto públicos en sistemas de cuentas individuales con portabilidad entre los sistemas ya reformados. Actualmente, existen más de 3 millones de trabajadores afiliados a 75 sistemas de pensiones públicos de reparto, en los que las pensiones de los trabajadores retirados son financiadas por los trabajadores en activo o mediante transferencias que provienen de los contribuyentes. Estos sistemas no cuentan con portabilidad entre ellos, ni con los sistemas de pensiones basados en cuentas individuales. Como consecuencia, aquellos trabajadores que cambian de empleador antes de cumplir con un cierto número de años laborados pierden por completo sus beneficios pensionarios y de atención médica. Esta situación genera grandes inequidades dejando a muchos trabajadores completamente desprotegidos”. (3)
Opinión (3): esta definición me parece que es la más completa y mejor explicada; en se quiere un SNP más equitativo y con mayor cobertura y esto se hace mediante el ISSSTE y el SAR; también explica el mecanismo en el que se guía el SNP y la desventaja que tiene.
(1) Ministerio de economía y finanzas ; http://www.mef.gob.pe/index.php?view=items&cid=1%3Apolitica-economica-y-social&id=300%3A34-ique-es-el-sistema-nacional-de-pensiones&option=com_quickfaq&Itemid=100006&lang=es
(2) Decreto ley Nº 19990: sistema de seguridad social en pensiones (Perú) ; http://www.monografias.com/trabajos74/decreto-sistema-seguridad-social-pensiones/decreto-sistema-seguridad-social-pensiones.shtml#elsistemaa
(3) http://biblioteca.itam.mx/docs/infgob07/escrito/2.4.pdf
CARACTERÍSTICAS (4)
Es un sistema de reparto a cargo del Estado con un fondo común, de carácter solidario (D.Leg. N° 817: FCR) e intangible.
Es un régimen abierto abierto.
Existen 430,124 pensionistas y aproximadamente 452,627 aportantes.
Se financia con una tasa de aporte: 13% (Trabajador) y transferencias del Tesoro Público.
Es un sistema desfinanciado (72% Planilla =Tesoro Público).
Otorga prestaciones económicas a sus afiliados.
El Estado fija un monto de pensión mínima (S/. 415.00) y pensión máxima (S/. 857.36 y algunos con FONAHPU S/. 903.07).
DESARROLLO
1. BREVE DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA
1.1. EL RÉGIMEN DEL DECRETO LEY NO. 19990 O SNP
“Este sistema beneficia a los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada (Ley No. 4916 – Decreto Leg. No. 728), a los obreros (Ley No. 8433) y a los funcionarios y servidores públicos bajo el régimen de la actividad pública (Ley No. 11377/ Decreto Leg. No. 276) no incorporados al Régimen del Decreto Ley No. 20530. Es un sistema de reparto, el cual tiene como característica principal el otorgamiento de prestaciones fijas - sobre contribuciones no definidas - en valor suficiente para que la aportación colectiva de los trabajadores financie las pensiones.
En la actualidad, este sistema es administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).Las prestaciones que otorga el SNP son cinco: 1- jubilación; 2- invalidez; 3- viudez;4- orfandad; y 5- ascendencia. A continuación, se detallan algunos aspectos de éstas” (5).
Opinión: esta definición es la que da el ministerio público y ya la vimos en la página anterior; pero en ésta aporta cuales son las prestaciones que otorga el SNP las cuales se verán a continuación.
(4) Derecho Previsional Boris Gonzalo Potozén Braco Abogado. http://www.slideshare.net/bpotozen/el-sistema-nacional-de-pensiones-snp#btnNext
(5)
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