Teoria Del Derecho
Enviado por • 12 de Noviembre de 2012 • 5.926 Palabras (24 Páginas) • 368 Visitas
LA IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN JURIDICA EN EL CONTEXTO DE LA GLOBALIZACIÓN©.
REBECA CORRE FONSECA®
I. OBJETIVOS
En este trabajo estudiaremos como objetivo general, la importancia de la investigación jurídica teniendo en cuenta los procesos de globalización que esta viviendo el país.
Para lograr el objetivo de desarrollaré los siguientes interrogantes: 1. ¿Qué es investigación?; 2. ¿Qué es la globalización?; ¿ Cuál es la relación entre derecho y globalización?
II. HIPÓTESIS
La hipótesis de este trabajo está orientada a sostener, que la investigación jurídica se hace necesaria para los profesionales del derecho dentro del contexto de procesos de globalización.
La realidad cambiante del entorno social incide en las relaciones jurídicas de los países y al interior de los mismos, por lo cual se considera de gran importancia los sistemas de investigación jurídica dentro del contexto de los grandes cambios que obliga a realizar, a los ordenamientos jurídicos de un país, la globalización.
III. METODOLOGÍA DE TRABAJO
Para poder realizar este trabajo se utilizó material bibliográfico con respecto a los temas tratados, aunque de estos temas es poca la bibliografía que se puede encontrar porque el proceso de globalización es estudiado desde diferentes ámbitos pero muy poco se hace relación de la importancia que debe tener dentro del ejercicio del derecho.
IV. ESTADO DEL ARTE
La investigación se encuentra intrínsecamente ligada a lo que es el ejercicio del derecho; todo jurista debe indagar, consultar y buscar la verdad y esto solo se logra a través de la investigación; pero la investigación a la que hacemos referencia en este trabajo es a esa investigación que va más allá de consultar, indagar y buscar dentro del ordenamiento jurídico aquella norma o interpretación que se necesita para poder llegar a la tan anhelada justicia,
La investigación a la que se refiere este trabajo es la investigación que busca dar herramientas al órgano creador de la norma, para que al realizarla, estas sean conformes a lo que realmente se necesita, conformes al actuar social del momento, para que el derecho actúe conforme a lo que es establecido y por lo que fue creado, regular las conductas del hombre dentro de la sociedad en la que convive.
Es importante en este momento mostrar ciertos conceptos con respecto a este tema; aclarando que son muy pocas los trabajos realizados al respecto.
La investigación social aplicada se expresa en las políticas públicas o en el desarrollo de tecnologías sociales, en las instituciones y la manera como se instituye y a la vez moldean el quehacer cotidiano de la gente. Una sociedad que no es capaz de generar el conocimiento sobre sí misma y el saber hacer de sus instituciones está condenada a desaparecer. Pues como lo señala Mary Douglas las instituciones constituyen la memoria social, estas son a la vez el sustrato en el que emergen las representaciones colectivas, el sentido del lugar, la pertenencia. _
Si bien se reconoce, a nivel internacional, que los nuevos tiempos requieren profesionales de las ciencias jurídicas capaces de aportar a las organizaciones los avances de la ciencia, la técnica y la tecnología, de manera que se facilite la gestión pública y privada, se promueva la conservación, incremento, distribución e integración de la riqueza social, y se contribuya a transformar la realidad económica, social, política y jurídica de nuestras comunidades, no siempre está claro cómo llevar a cabo dicha gesta profesional .
En cuanto a la globalización es un fenómeno sistémico, por cuanto implica un sistema o conjunto de sistemas altamente complejo y en continua y acelerada evolución que abarca muchísimos aspectos de nuestra realidad humana y aún más allá de ella a nuestra realidad ecológica; que hace al futuro de la sociedad humana pero también al futuro del planeta. Se producen numerosísimas interrelaciones y retroalimentaciones de manera que también tiene muchos aspectos cibernéticos. De allí que todo lo que se relacione con este novísimo fenómeno puede, y a nuestro juicio debe, estudiarse con las herramientas conceptuales, epistemológicas y metodológicas de la teoría general de los sistemas y la cibernética. También en el área que abarca lo jurídico en sus diversas manifestaciones .
V. MARCO TEORICO
1. La Investigación Juridica:
Para resolver este primer eslabón de nuestro problema jurídico planteado, es muy importante empezar por precisar, qué entendemos por racionalidad de la justicia y para lo cual la entenderemos como la reducción a decisiones judiciales racionales dentro del sistema jurídico. Es de trascendental importancia decir que dentro del sistema jurídico la autoridad judicial es el órgano primario, por cuanto es él quien define la pertenencia o no de las normas jurídicas al sistema jurídico.
De conformidad con lo expuesto líneas arribas, la Racionalidad de la Administración de Justicia , en palabras de Jurgen Habermas se relaciona en el sentido de que “Al igual que las leyes, también las decisiones judiciales son “creaturas tanto de la historia como de la moral: lo que un individuo está legitimado a tener en la sociedad civil, depende tanto de la práctica, como de la justicia de sus instituciones políticas” . El problema de la racionalidad de la administración de justicia consiste, por tanto, en que la aplicación de un derecho surgido contingentemente pueda hacerse de forma internamente consistentemente y fundamentarse externamente de modo racional, para asegurar simultáneamente la seguridad jurídica y la rectitud o corrección normativa.
La tensión entre seguridad jurídica y decisiones discrecionales es para la doctrina Habermasiana uno de los epicentros de la crisis de la racionalidad de la justicia y por consiguiente una situación que amplía el margen de indeterminación del derecho. De igual forma debemos aclarar que a nuestro juicio la tensión la encontramos frente a la discrecionalidad débil y un poco menos frente a la discrecionalidad fuerte, pues la primera de ella deja abierta la situación para que el fallador decida con un margen de subjetivismo muy amplio y dejando casi de lado el sistema normativo. De acuerdo con lo anterior, debemos decir en palabras de Habermas, que la racionalidad de una decisión en última instancia determinada por los estándares que representan usos y costumbres todavía no condensados en normas. La hermenéutica, convertida así en
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