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Acto jurídico: teoría, acción y los efectos de su declaración


Enviado por   •  23 de Abril de 2023  •  Apuntes  •  1.651 Palabras (7 Páginas)  •  90 Visitas

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Hoy analizaremos la lectura de actos jurídicos: teoría, acción y los efectos de su declaración.

Concepto de simulación:

Primero que nada, demos una definición de lo que es el concepto de la simulación, pues cuando hablamos de simulación, no referimos a ese acuerdo que hay entre dos personas, donde no solo pueden ser dos sino más, pero el punto es que tiene ese objetivo de crear ante terceros la apariencia de un acto jurídico elegidos por las partes. Por esto mismo concibe el nombre de simulación, porque en si llega a ser una simulación del acto, pues solo con escuchar la simulación podemos decir que no es algo verdadero sino algo falso, con ese objetico de engañar a tercero o etc.

Dado que no siempre se disimulan del mismo modo, como lo señala la lectura, pues llegan a existir dos tipos de simulación, donde tenemos la absoluta y por otro la relativa. Pues cuando nosotros hablamos de absoluta nos referimos a un acto jurídico meramente fingido, a contrario sensu que cuando hablamos de la relativa nos referimos a un acto verdadero.

Entonces la simulación absoluta es falsa solo aparenta ser un acto normal con ese objetivo de engañar a terceros, pero si hablamos de la relativa pues nos referimos a ese punto de ocultar el verdadero acto que las partes quisieron celebrar, de ahí que en la doctrina las más intricada es la interposición de la persona, es decir figura una persona distinta del interesad que un titular fingido o un testaferro, pero con respecto al termino testaferro viene a ser algo erróneo.

El campo de la simulación:

Pues la simulación se cobija, en si en lo que es los negocios jurídicos, pero habido situaciones de la simulación en la cual como situación de hecho carece de efectos, generalmente pues en los actos de derecho de familia como el matrimonio donde las partes podrían tener intereses para simular, como también el divorcio, la separación de cuerpos, y reconocimientos de hijos, todo esto mencionado podría a ver los que es una simulación, pero carecen de efectos, pero en donde no se puede dar la simulación es en el testamento, la constitución de las personas jurídicas, los actos judiciales, y los actos donde los funcionarios plasmen su voluntad.

Características de la simulación:

Tenemos 3 características de la simulación:

Acuerdo entre partes: en sí la doctrina y la jurisprudencia exigen de acuerdo las para realizar el negocio aparente, para fingir ante terceros, es decir es esa actuación de las partes de un contrato simulen o actúen de una manera consiente, pues saben de dicha situación con el objetico de ilusionar ante terceros.  Así mismo la diferencia de la simulación de dolo y de la reserva mental, es que igual en la simulación tiene ese similar objetivo de declarar algo que no quieres con el propósito de engañar, pero en realidad la reserva mental es que es una de las partes quien oculta su verdadera voluntad frente al otro, sin que reste eficacia al contrato, y en la simulación frente a los terceros.

Fin de engañar a terceros: como su mismo nombre lo dice el fin de engañar a otros, como se nos dice tiene ese acuerdo de engañar a otros, su opinión de Wolf con respecto a la consumación del engaño, pues no viene a ser esencial para la simulación, pues se basa en que ese fraude o engaño, es un asunto diferente y que antes se solía confundir, por ejemplo, para Vampré donde señala que la simulación como fin engañosa, va con esa intención de violar los derechos de terceros o disposiciones de la ley. Podemos ver hay diferentes tipos de opiniones entre autores, cada uno interpretamos de manera diferente, bueno, con lo que respecta a la simulación absoluta se suele caracterizar pos ser un carácter fraudulento y causar perjuicios a terceros, a diferencia de relativa que sirve para disfrazar una ilegalidad.

Disconformidad intencional entre partes: se nos dice en este punto que es la esencia que llega a ver la discordancia entre el contrato que se da entre las partes y lo que se muestra al público o terceros, que un contrato ilusorio que disimula su real y oculta la voluntad.

Acción de simulación:

La acción de la simulación se ha estructurado a partir, y en base la interpretación jurisprudencial en relación con sus manifestaciones, clases, efectos, naturaleza, titulares, etc. Pues el fin de la acción es el obtener la revelación del acto oculto que se realizó a partir de genuina expresión del de voluntad de las partes.

Pues la legitimación en la causa para accionar en simulación debe acompasarse con las disposiciones especiales que rijan la materia de precisa, como las presunciones de ley que estén vigentes.

Prueba de la simulación: carga, medios de prueba y valoración judicial.

Como carga de prueba: primero que nada, los negocios jurídicos gozan meramente de veracidad, ya que se reputan auténticos y legítimos en tanto que no se demuestre lo contario es decir un acto oculto. Entonces la carga de demostrar esa diferencia entre la voluntad interna real y su exteriorización ontológica pues radica quien pretende desvirtuar la presunción, como quien alega la simulación falla en demostrarla, donde habrá de estarse mejor a la realidad de aquello que se hizo público.

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