Derecho Indiano. Historia del derecho mexicano
Enviado por Jose Alberto Gonzalez Vilchis • 21 de Abril de 2025 • Síntesis • 665 Palabras (3 Páginas) • 28 Visitas
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DERECHO INDIANO
José Alberto González Vilchis
Universidad Abierta y a Distancia de México
Historia del Derecho en México
Prof. Lic. Hugo Abraham Sánchez Mestizo
EC-333-G-1
Semana 3
06 de febrero de 2024
Definición del Derecho Indiano
Se le puede definir como al conjunto de leyes dictadas por la Corona a través del Consejo de Indias, órgano creado por Carlos V de España en 1524, así como las bulas papales de Alejandro VI, y que fueron expedidas por las autoridades locales o criollas (derecho local), dirigidas a crear y fundar la estructura jurídica, política, económica y social de las nacientes colonias o mejor dicho las Indias americanas durante el periodo de dominación de la corona española, sin socavar la influencia de algunas costumbres jurídicas indígenas (derecho indígena) que prevalecían durante dicha época, siempre y cuando éstas costumbres no contradijeran a las leyes fundamentales de la monarquía española ni la religión católica.
También se le puede considerar derecho virreinal, novohispano o colonial. Éste derecho se caracterizó por su división de castas, es decir que se aplicaba según su estatus personal, podría decirse que los peninsulares tenían todos los derechos, como la preferencia en los cargos públicos aún sobre los criollos.
Algunas de las autoridades indianas más representativas que definieron éste derecho fueron;
Consejo de Indias. - Atendía temas relacionados con el gobierno de los territorios americanos, creó las disposiciones legales aplicables a la organización y vigilancia, castigaban su incumplimiento. Se conformaba por un presidente, el gran canciller y los consejeros.
Real Hacienda. –Entre sus funciones era la de recolectar los impuestos y tributos destinados a la corona a través de los oficiales reales de Hacienda quienes recaudaban y registraban las rentas, así como la vigilancia del cumplimiento.
Real Audiencia. - Se creó en México en 1528 a causa de los abusos de los gobernantes, era el más alto tribunal judicial, donde se limitaba sus poderes.
CUADRO COMPARATIVO
Instituciones jurídicas del Derecho Indiano que siguen siendo aplicadas o que guardan similitud con el Derecho contemporáneo | Instituciones jurídicas del Derecho Indiano proscritas o que resultan contrarias al Derecho contemporáneo. |
Consejo de Indias.- Guarda similitud con el Poder Legislativo (cámara de diputados y senadores) ya que dicho Consejo creaba disposiciones legales y el Poder Legislativo es el generador de las normas con rango de ley, además de ser el fiscalizador y controlador de la acción del gobierno. | La Encomienda. - Consistía en el otorgamiento de un grupo de indígenas a un español llamado encomendero para que los protegiera, evangelizara y cobrara los tributos que debían al rey. Actualmente ya no es compatible con el principio de igualdad y no discriminación consagrado en el artículo 1 de nuestra Carta Magna. |
La Real Audiencia y Tribunales de justicia novohispanos. - Guarda similitud con los tribunales superiores de justicia de los estados, ya que ambos casos se encargan de funciones judiciales o impartir justicia. | Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición.- Se encargaba principalmente de detectar y llevar a juicio a toda persona que contradijera la religión católica, lo cual se contrapone al actual artículo 24 Constitucional respecto al derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión. |
La Real Hacienda. - Guarda Similitud con el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ya que la Real Hacienda se encargaba de recolectar los impuestos y tributos destinado a la Corona y por el otro el SAT tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público. | Mayorazgo.- Era una institución en la que la propiedad de determinados derechos o bienes, favorecían íntegramente al primogénito varón, actualmente es contrario al principio de igualdad y equidad en la transmisión de la propiedad establecido por el artículo 27 Constitucional. |
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