Dworkin primer y segundo capitulo
Enviado por ivanaartiles • 27 de Febrero de 2023 • Ensayo • 2.131 Palabras (9 Páginas) • 57 Visitas
29.11.2022
Capítulo I Dworkin
Dworkin pone una serie de casos, es el caso de Helmer
Mato a su abuelo porque él era el heredero
Se refiere a La ley, no a estatutos.
El abuelo tiene un testamento a favor de él y decide adelantar los acontecimientos y matar al abuelo, las tías dicen que él no debe heredar, delante de los tribunales esto es lo que se plantea, ¿si debe o no debe heredar?
Hay dos posturas:
Una que expresa la postura que nos plantea el Juez grey, el sigue una postura literal de la ley, lo que dice la ley es que realmente la ley no prohíbe que Helmer herede y por lo tanto debe heredar. No se puede saber lo que el abuelo hubiera querido.
Tú no puedes deducir pensamientos de lo que él hubiera querido, esta postura nos da certeza en la interpretación
Por otro lado, esto sería una pena extra
Hay una postura alternativa que es del Juez Earl que es una postura que permite
Grey hace una interpretación LITERAL
Earl hace una postura alterativa que consiste en pensar de forma aislada, no viendo la norma sola, si no la norma en el contexto general del Derecho. Él lo que nos dice es interpretemos la norma de la manera más cercana posible a otros principios generales de justicia contenido en otros textos legales, en otros textos jurídicos, en otras leyes ¿por qué? Porque debemos asumir que el legislador respeta en general una serie de principios y valores, esta interpretación es desde los principios y busca la COHERENCIA general del sistema. En otras palabras, el sistema no nos puede mandar mensajes contradictorios, el derecho no puedo mandarnos mensajes de contradictorios, el derecho debe mandarnos mensajes para saber a qué atenernos y no decirnos una cosa, por un lado.
En base a la coherencia general del sistema tenemos que buscar un principio que pueda servirnos de base para decir que a través del principio yo puedo hacer una interpretación
Yo en el sistema jurídico tengo una norma que el homicidio punible, que el homicidio es algo reprochable, es decir, el homicidio contiene algo que en nuestra sociedad consideramos malo. Lo que no podemos es premiar una conducta producto de algo que creemos que es malo.
Si nosotros decimos que Hermes hereda estamos diciendo algo reprochable dentro del propio sistema.
Para lograr esta coherencia podemos acudir a principio
El principio según el cual nadie puede sacar ventajas o provechos de malas acciones. Por lo tanto, no puede heredar.
El Juez Earl por esto argumenta que Hermes no puede heredar y es el argumento que predomina en la mayoría de la corte y finalmente hace que Hermes NO herede.
El argumento no se trata de obedecer o rectificar la ley, no estamos hablando de que yo por vía de jurisprudencia tengo que rectificar una ley que esta mala, NO. No se trata de que por vía de jurisprudencia tengo que hacer justo lo injusto. El argumento es sobre la norma en sí mismo y lo que la norma quiere decir, lo que la norma aprobada por el legislador quiere decir.
El juez se está planteando ¿que nos dice esta norma con respecto al derecho en su conjunto? Esto es lo que nos plantea el caso.
Aquí hay un giro extraordinario en lo que nos plantea el caso, no es el derecho natural tradicional el que dice el juez debe corregir el derecho. Es lo que el derecho en general nos quiere decir, lo que esta norma en el contexto del derecho nos quiere decir.
Para entenderlo hay que hacerlo coherente. Es decir, el derecho no nos puede decir cosas contradictorias.
En este caso tenemos que entenderlo en el contexto de la moral que esta implícita en el derecho.
El derecho general nos dice que matar es malo por eso Hermes no puede heredar.
Se debe interpretar de manera coherente.
El problema central del derecho es ¿Cómo argumentamos? ¿Cómo interpretamos?
Hemos visto dos interpretaciones una literal que se enfoca en una norma y otra que dice que debemos interpretar la norma en el contexto general del derecho.
Son dos cosas distintas describir el derecho que interpretar el derecho
Describir el derecho es una cosa empírica, es una crítica a Hart, él le dice usted lo que hace es describir el derecho.
El problema en el derecho va más allá de lo meramente descriptivo, el derecho no se practica solamente describiéndolo, el problema en el derecho es que el derecho es una práctica social de carácter interpretativo.
La interpretación es algo que está implícito en la naturaleza de algunos conceptos, de conceptos que no son totalmente comprendidos y que no se pueden entender al menos que sean interpretados, es decir, hay conceptos que tienen un significado que va más allá de la mera interpretación, hay conceptos que tienen una razón de ser, que tienen un objeto, que tienen un fin, que tienen un por qué. Para esos objetos no son suficientes describir.
Ejemplo: una obra de arte. El ajedrez se entiende cuando descubres cuando es la razón de ser del beisbol.
Estas cuestiones que van más allá de lo meramente descriptivo tienen una diferencia de las cosas puramente descriptivas.
Cuando hablamos de derecho hablamos de un problema interpretativo.
La idea de interpretar es una idea abierta, todos podemos interpretar, todos tenemos el derecho de interpretar. Luego nos haremos la pregunta de ¿si toda interpretación es buena?
Toda interpretación de buena fe busca algo en concreto: hacer lo mejor posible. Asumimos que lo que interpretamos tiene una razón de ser, dentro de esa razón queremos ver ¿Cuál es la mejor interpretación que podemos hacer para develar esa razón de ser?
Ahí es donde hay una discusión igual a la discusión que hay en el beisbol cuando discutimos si un lanzamiento fue strike o no.
Tenemos un nivel que podemos denominar pre interpretativo que equivaldría al descriptivo y tenemos un nivel interpretativo que declaramos que algo está allí, el beisbol, una norma jurídica determinada, en el nivel interpretativo discutimos cual es la razón de ser del beisbol, de esa norma. Y en base a la razón de ser discutimos como debe interpretarse esa norma en particular.
En el nivel descriptivo te describe que hay o te dice mira existen tales normas jurídicas
Luego eso tiene un nivel interpretativo que te dice esta norma existe, pero ¿cómo interpreto yo esta norma?
Nivel formal: se cumplieron las formalidades para que eso exista
Nivel sustantivo: cual es el contenido de esa regla
Nivel de forma, se cumple con las formalidades para que exista una regla, en segundo lugar, cuando estoy interpretando, estoy interpretando contenido, que quiere decir esa norma que formalmente fue aprobada.
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