La alzada contencioso Administrativa
Enviado por Oswaldo Mora • 4 de Julio de 2023 • Trabajo • 7.986 Palabras (32 Páginas) • 55 Visitas
Derecho Contencioso Administrativo.
Tema 14 – La alzada contencioso Administrativa.
¿Qué se busca con el recurso de alzada?: Con la interposición de este recurso Administrativo ordinario se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquico de él. Además se busca poner fin a la vía administrativa para poder acudir a la vía contencioso administrativa.
El Recurso de alzada se debe interponer ante el superior jerárquico de aquel que dicto el acto sujeto de impugnación. Este recurso es potestativo, es decir que el administrado tiene la facultad de optar por no interponerlo, y en su lugar interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juez competente
¿Cuáles son los actos impugnables en vía de Recurso de Alzada?: Estos son los actos definitivos, es decir resoluciones, o de trámite cualificado que no ponen fin a la vía administrativa.
Normas sobre el procedimiento de segunda instancia.
Son apelables todas las sentencias definitivas dictadas en primera instancia por los tribunales contenciosos administrativos, a excepción de olas emanadas por la sala político administrativa del TSJ, la apelación será oída a ambos efectos. En caso de tratarse de una sentencia interlocutoria la apelación será oída en un solo efecto, salvo que cause gravamen irreparable.
Dentro 5 D.D[pic 1][pic 2]
Publicación de la Interposición de la [pic 3]
Sentencia. Apelación
¿Qué son sentencias interlocutorias?: Son todas aquellas que resuelven incidentes o cuestiones que requieren sustanciación durante el transcurso del proceso o decisiones que afectan al proceso porque hay un quebrantamiento de normas procesales surgidas en el Juicio.
Dentro 3 D.D[pic 4][pic 5][pic 6]
Interposición de la Admisión de la Remisión del expediente[pic 7][pic 8]
Apelación. Apelación. Al Tribunal de alzada[pic 9]
Recibido
Dentro 10 D.D Expediente[pic 10]
Presentación del escrito Designación de ponente en[pic 11][pic 12][pic 13][pic 14]
Dentro Del apelante. El tribunal colegiado.
5 D.D[pic 15][pic 16]
Contestación Dentro 30 D.D Prorrogable por 30 D.D Decisión
De la del[pic 17]
Apelación. Tribunal.
Contenido del Escrito de apelación: Deberá contener todos los fundamentos de Hecho y de Derecho de la apelación, además deberá contener las pruebas documentales que se utilizarán en la apelación. Si no existiere fundamentación la apelación se considerará desistida.
Contenido del escrito de contestación: Deberá contener las pruebas documentales que se vayan a utilizar, debido a que son las únicas que son aplicables al proceso de apelación.
Consulta de Sentencias: Cuando ninguna de la partes haya apelado pero la sentencia deba ser consultada, se decidirá sin la intervención de aquellas en un lapso de 30 Días de Despacho, contados a partir del recibo del expediente, prorrogables justificadamente por un lapso igual.
El recurso de casación no es aplicable en lo contencioso Administrativo.
La Apelación es un recurso ordinario, y el recurso de Casación es uno extraordinario.
La Apelación permite que se revise por parte de la instancia superior, todas aquellas cuestiones de hecho y las de Derecho; Mientras que la casación revisa solamente las cuestiones sobre el derecho aplicable y sobre el procedimiento y no se revisan los hechos.
En la Apelación se dicta nueva sentencia, en la Casación se anula la sentencia recurrida.
La presentación del recurso de apelación se interpone ante el mismo tribunal que dictó la resolución apelada, y se eleva al superior; en Casación, aunque hay excepciones, la decisión la tiene el máximo Tribunal del Estado.
Adhesión a la apelación
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Si uno apela, el demandante puede adherirse a la apelación principal interpuesta por el demandado oportunamente, cuando el expediente es remitido al tribunal de alzada desde el día en que recibe el expediente hasta el acto de informes, la parte que no apelo, puede adherirse a la apelación de su contraparte, expresando el objeto de la misma. Sin embargo si la parte apelante desiste de la apelación, la adhesión queda igualmente desistida.
Tema 15 – Procedimiento da Acción de Amparo Constitucional.
¿Qué es una acción de Amparo Constitucional?: Es una acción interpuesta cuando existe una violación o una amenaza a los Derechos y Garantías Constitucionales por alguna acción u omisión de alguna autoridad pública o por particular investido de autoridad.
El amparo constitucional tiene su fundamento en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en donde se establece que todas las personas tienen derecho a ser amparadas por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.
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