Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación
Enviado por Maurysqq • 26 de Febrero de 2024 • Resumen • 329 Palabras (2 Páginas) • 94 Visitas
Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación
La Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación fue reformada de manera íntegra por la Ley Orgánica de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, del 1º de abril de 2022. Por ello, en su artículo 1 sostiene lo siguiente:
La presente Ley tiene por objeto dirigir la generación de una ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones, con base en el ejercicio pleno de la soberanía nacional, la democracia participativa y protagónica, la justicia y la igualdad social, el respeto al ambiente y la diversidad cultural, mediante la aplicación de conocimientos populares y académicos. A tales fines, el Estado Venezolano formulará, a través de la autoridad nacional con competencia en materia de ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones, enmarcado en el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación, las políticas públicas dirigidas a la solución de problemas concretos de la sociedad, por medio de la articulación e integración de los sujetos que realizan actividades de ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones como condición necesaria para el fortalecimiento del Poder Popular. (p.1).
Como se afirmó arriba, este artículo esta dirigido, a las acciones en materia de ciencia y tecnología, promoviendo programas de formación universitaria, incentivos a las actividades de investigación y desarrollo, ejecutando políticas de cooperación internacional, en capacidad de innovar tecnología en los sectores productivos, empresarial y académico, tanto en el sector público y privado, a través de mecanismos que permitan la inversión de recursos financieros para el desarrollo de las actividades científicas, tecnológicas de innovación y sus aplicaciones.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
La constitución de la República Bolivariana de Venezuela Gaceta Oficial Nº 5.908 de fecha 19 de febrero de 2009, constituye la ley fundamental del Estado y debe ser cumplida por las personas y los órganos que ejercen el poder público. Por ello, en su artículo 108 sostiene lo siguiente:
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