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Personas y familia


Enviado por   •  24 de Abril de 2023  •  Tarea  •  543 Palabras (3 Páginas)  •  143 Visitas

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Análisis Crítico

Capacidad: Considero que aunque muchos de los civiles posean una gran capacidad en Derechos Positivos, el desconocimiento de la Ley no es un délito, por lo que en caso de que alguno de nuestros derechos civiles se encuentre siendo violado, lo importante es la facultad del ser en poder reaccionar para proteger sus Derechos, en caso que no, no tuvo la capacidad de conocer, ni hacer valer sus derechos.

Nombre: Es por el que de primera mano nos diferenciamos de los demás y tenemos una forma en que todos los demás individuos puedan hacerte referencia. Aunque considero que el nombre dentro de los procesos, no tiene tanta eficacia, por razón en que existe una posibilidad de que algún ajeno posea los mismos datos de nombre que tú, razón por la que el CURP,RFC y demás serie de vocablos que permitan generar una mayor eficacia.

Personas Morales: Aquel conjunto de personas físicas que por razones deciden constituirte para darle la facultad a un nuevo ente moral la atribución de tener representación y objeto social pertinente de la acción que se piensa realizar.

Personas Físicas: Son todos aquellos que poseen un nombre y son parte de una sociedad dentro de un territorio jurisdiccionalmente correcto.

LECTURA Rojina Villegas, Rafael (2016), Compendio de Derecho Civil. Introducción, Personas y Familia”, México: Porrúa, pp. 154 

La capacidad de goce es la aptitud para ser titular de derechos o para ser sujeto de obligaciones.

La capacidad es el atributo más importante de las personas. Todo sujeto de derecho, por serlo, debe tener capacidad jurídica; ésta puede ser total o la capacidad de .goce el atributo esencial e imprescindible de toda persona, ya que la capacidad de ejercicio que se refiere a las personas físicas, puede faltar en' ellas y, sin embargo, existir la personalidad

El elemento fundamental de las corporaciones es una organización de personas y el de las

fundaciones un conjunto de bienes, precisa para la unidad conceptual de ambos tipos unificar ambos elementos, hacerlos comunes a los dos tipos, exigiendo en las corporaciones, a más de

una agrupación de personas, un patrimonio, y en las fundaciones a más del patrimonio, una agrupación de personas. Si es cierto que también en las fundaciones hallamos un elemento personal en cuanto que los bienes se destinan a una necesidad o fin humanos, estando representado tal elemento por los destinatarios presentes y futuros que se benefician del patrimonio, y si es cierto que en las corporaciones se da también un elemento patrimonial en las que no puede faltar éste para conseguir el fin, no puede negarse que el elemento personal en las fundaciones y el patrimonial en las corporaciones, tienen funciones e importancia muy diversas 4 las de aquel que constituye el elemento esencial en ca ! a una. Las personas en la corporación están determinadas en cada momento de su vida, mientras en la fundación son indeterminadas; es una verdadera y propia organización unitaria que descansa en el vínculo de colectividad orgánica la que reúne a los miembros singulares en el colegio; falta toda idea de organización y de vinculo en los beneficiarios de la fundación que sólo poseen una cierta condición común (enfermedad, defecto físico, pertenencia a una ciudad) exigida por la voluntad del fundador para poder ser admitidos al beneficio.

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