¿ES EL DERECHO UNA PROFESION INMORAL?
Enviado por amore01 • 22 de Julio de 2016 • Apuntes • 5.661 Palabras (23 Páginas) • 1.537 Visitas
UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS
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DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE EDUCACIÓN A DISTANCIA - LIMA
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
TRABAJO ACADEMICO DE ETICA Y DEONTOLOGIA FORENSE
ANÁLISIS DE LA LECTURA
¿ES EL DERECHO UNA PROFESION INMORAL?
UN ENTREMÉS PARA LOS CULTORES DE LA ÉTICA Y DE LA DEONTOLOGÍA JURÍDICA
Autor: MINOR E. SALAS
DOCENTE DEL CURSO: DRA. NOEMI VIZCARDO ROSAS
ELABORADO POR GRUPO Nº2
Código: 2012201328 CARLOS ROBERTO MARINGOTA ALBINO
Código: 2012200637 CRISTHIAN ISAAC VILLAR PEREZ
Código: 2012200803 EKATERINA ZLOTNIKOVA DE MAYORGA
Código: 2012200509 ELIZABETH BERTHA GALVEZ SAAVEDRA
Código: 2013217423 ENRIQUE MANUEL PINEDA VALDIVIA
Código: 2012200028 ERICK MANUEL GARCIA MOREY
Código: 2012200127 ERIKA MILAGROS RIOS GUZMAN
Código: 2012200363 GIANINA ZARELA HERRADA VELARDE
Código: 2012200118 LIVIA CONSUELO ARCE LUPO
Código: 2012200450 VERONICA MARIA DORREGARAY PEREZ
INDICE
- ¿ES EL DERECHO UNA PROFESION INMORAL?
Introducción…………………………………………………………………………pág. 3
- Resumen de la lectura…………………………………………………………pág. 4
- Análisis de la lectura…………………………………………...…………..….pág. 8
- Casos de inmoralidad…..……………………………...……………………..pág.11
- Conclusiones……………………………………………………………..…….pág.16
- BIBLIOGRAFIA………………………………………………………………………pág.17
INTRODUCCION
En Roma, durante mucho tiempo, la defensa del derecho de las personas estuvo a cargo de los Patronos y fue Tiberio Coruncano el que por primera vez estableció en esta Ciudad, en forma regular y pública el servicio de Abogacía, para cuantos quisieran ocuparlo y el que así mismo por primera vez, en esta Ciudad, admitió cobrar honorarios por sus defensas. La profesión en Roma fue severamente regulada por las Leyes, al igual que lo realizado por Solón en Atenas.
Tanto en Grecia como en Roma, la profesión de la Abogacía, por la dignidad de su ejercicio y la elevación moral de los que la ejercieron, llegó a concitar el respeto y consideración de los pueblos; y en Roma se llegó a establecer que el nombramiento de los Pontífices debería recaer sobre los Abogados y fue tan elevada, imparcial y sabia la obra de los Jurisconsultos Romanos, que por decisión de Adriano y una Constitución de Teodosio, sus opiniones o dictámenes llegaron a tener fuerza de Ley, constituyendo fuente del Derecho Romano bajo el nombre de “respponsa prudentum” que debía ser acatada por los Jueces, a quienes no les era permitido separarse en sus fallos de tales respuestas.
Si la situación de la Abogacía, en los pueblos que constituyen la cuna de nuestra civilización, fue majestuosa, respetable y considerada, la que tiene esta profesión en los tiempos modernos no es particularmente la misma.
Hay que reconocer que existen abogados inmorales y carentes de toda lógica, como en todas las profesiones, en la Abogacía se encuentran personas que abusan de la actividad que desempeñan. Gran parte de los abogados que ostentan un cargo público son inmorales, sobornables, son susceptibles de recibir dádivas para resolver una petición o dictar una sentencia a favor de quien más les da u otorgan un beneficio por dinero; muchos abogados litigantes engañan a sus clientes, los defraudan, compran a los funcionarios y distorsionan la verdad con tal de obtener en triunfo en algún negocio injusto… y muchos casos más que podríamos seguir enumerando.
- RESUMEN DE LA LECTURA
- PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA Y ALGUNAS DIFICULTADES INICIALES
Minor E. Salas contesta un tema antiguo (histórico), pero siempre actual en importancia: ¿Es el derecho una profesión inmoral? Respondiendo, afirmativamente, y señalando que estos actos inmorales se presentan en su ejercicio cotidiano, a pesar de la buena voluntad de otros, contraviniendo a algunos preceptos de la moral pública dominante. Asimismo, agrega que son reglas implícitas para hacer posible la existencia de esta profesión y quienes no las aceptan están fuera de ella (al margen de la vida jurídica). Con relación a su respuesta aclara algunas cuestiones metodológicas que le permiten argumentar esta.
Antes de pasar a exponer o concluir el por qué el derecho es inmoral, es necesario aclarar tres cuestiones metodológicas, que el autor nos presenta:
a) La primera de las dificultades tiene que ver con las nociones de moralidad e inmoralidad, la clásica objeción que surgiría en este contexto reza, más o menos, de la siguiente forma: “Se podría decir que el Derecho es esencialmente inmoral, pero resulta que lo que es “moral” para unos no lo es para los otros, y aquello que envenena las virtudes de algunos, alimenta los vicios de los otros. No es el objeto, el debate interminable entre las nociones de moralidad e inmoralidad, sino estar de acuerdo en ciertos núcleos básicos de estas.
Asimismo, es necesario precisar que en la práctica cotidiana de la vida nos comportamos y actuamos como absolutistas morales o incluso como fanáticos ortodoxos, imponiendo a los demás lo que consideran bueno o malo o, en todo caso, apegándose a esos conceptos; que en circunstancias normales, la mayoría de los agentes sociales se comportan, al menos en apariencia y frente a otras personas, conforme a los parámetros de la moralidad dominante en su medio cultural. Así, por ejemplo, no nos desvestimos en público, ni tenemos sexo en plena calle, afirmamos que decir la verdad es bueno y que mentir es malo, enseñamos a nuestros hijos a cumplir las promesas, decimos que solidarizarse con los pobres está bien y que abusar de los indefensos está mal.
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