Articulos Importantes
Enviado por • 2 de Junio de 2013 • 760 Palabras (4 Páginas) • 473 Visitas
podrán establecerse distinciones por motivos de origen étnico o nacional, genero, edad, discapacidad, condición social, religión, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.
Artículo 8: trabajador es la persona física que presta a otra física o moral un trabajo personal subordinado. Se entiende por trabajo toda actividad humana.
Artículo 10: patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
Artículo 20: se entiende por relación laboral cualquier acto que de origen a la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
Contrato individual es el documento donde se acentúan la relación patrón- trabajador con sus derechos y obligaciones.
Artículo 24: las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito.
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Artículo 25: el escrito debe contener lo siguiente:
1. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador y el patrón.
2. Duración de la relación laboral.
3. Servicios o servicios que deben presentar.
4. El lugar o lugares donde se trabajara.
5. La duración de la jornada.
6. Forma y monto del salario.
7. Día y lugar del pago.
8. Días de descanso, vacaciones, etc.
Artículo 26: la falta del escritos mencionado en los artículos anteriores no priva al trabajador de sus derechos.
Artículo 59: el trabajadores ye l patrón fijaran la duración de la jornada d trabajo, sin exceder los límites legales.
Artículo 66: podría también prolongarse la jornada de trabajo, sin exceder nunca 3 horas diarias ni de tres veces por semana.
Artículo 67: las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.
Artículo 68: los trabajadores no están obligados a prestar su servicio por tiempo mayor a los establecidos en este capítulo.
Artículo 69: por cada 6 días de trabajo el trabajador tendrá derecho a un día de descanso con goce de sueldo.
Artículo 70: cuando un trabajador realice una labor continua él y el patrón establezcan su día de descanso semanal.
Artículo 71: se procurara que el di de descanso sea el domingo. Los trabajadores que presten servicios en domingo tendrán derecho a una prima adicional del 25 % sobre su salario.
Artículo 72: cuando el trabajador preste sus servicios no todos los días, o a diferentes patrones, tendrá derecho que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso.
Artículo 73: los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso, si esto sucede el patrón pagara un salario doble por el servicio prestado.
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