C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE PROTECCION A LA FAMILIA INVESTIGADOR DE AVERIGUACIONES PREVIAS EN EL ESTADO EN TURNO..
Enviado por movers mudanzas • 2 de Junio de 2016 • Ensayo • 1.930 Palabras (8 Páginas) • 608 Visitas
C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE PROTECCION A LA FAMILIA INVESTIGADOR DE AVERIGUACIONES PREVIAS EN EL ESTADO EN TURNO.
P R E S E N T E.-
DIANA ARACELI DAMIAN HERNANDEZ, mexicana, Empleada , mayor de edad, con domicilio para oír y recibir notificaciones aun las de carácter personal, en Mina 3117 en el Centro de esta Ciudad, Ante usted C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE PROTECCION A LA FAMILIA INVESTIGADOR DE AVERIGUACIONES PREVIAS EN EL ESTADO EN TURNO, con el debido respeto comparezco a exponer lo siguiente.
Que por medio del presente escrito a presentar FORMAL QUERELLA en contra de C. GUILLERMO RAMIREZ GERARDO, con domicilio en SANTA JULIA 1035 ENTRE SAN ROMAN Y SANTA CLARA EN EL FRACIONAMIENTO VILLAS DE SAN MIGUEL, de esta ciudad, por aparecer como probable responsable del delito de ABANDONO DE OBLIGACIONES ALIMENTICIAS Y LOS QUE RESULTEN, que tipifica y sanciona los artículos 295, 296 y demás relativos del Código Penal vigente en el Estado.
Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho.
H E C H O S:
1.- Que en el 24 de Agosto del 2009 mi hora querellado y la suscrita, sostuvimos una relación sentimental y sexual, que de esa relación procreamos una hija de nombre DANNA AYLIN RAMIREZ DAMIAN, tal y como lo compruebo con el Acta de Nacimiento expedida por el Oficial Segundo del Registro Civil de esta Ciudad de Nuevo Laredo Tamaulipas, dicha acta la acompaño a este escrito como anexo número uno y que solcito me sea cotejada y certificada por esta autoridad. Para que obre en la averiguación y me ea devuelta el original por ser de uso frecuente.
2.- Pero es el caso H. Representante Social, que desde que nació nuestra menor hija nunca se ha hecho cargo de su hija, ni ha cumplido con su obligación proveer alimento, no obstante de no negarle su derecho de convivencia con nuestra hija, toda vez que un fin de sema si y otro no va por ella y se la lleva por un lapso de 3 a 4 horas, pero no aporta dinero alguno para la manutención de la menor. En repetidas ocasiones cuando va y deja a nuestra menor hija, le he solicitado que me ayude con los gastos de nuestra menor hija, pero se niega a darme, diciendo que él también tiene otra familia y que no gana lo sufriente, para mantenerlos ,además me dice “TU ESTAS TRABAJANDO, PUESO CON ELLO MANTENLA Y CUANDO ME VAYA TE AYUDO, afortunadamente siempre he trabajado y así he podido brindarle una casa a mi menor hija y alimentos, sin que el me ayude, pasando por algún tiempo muchas carencias y necesidades de toda índole, ,despreocupándose en lo absoluto en lo referente a la manutención de nuestra hija, , vestido, educación y demás obligaciones, dejándome la carga completa en todos estos aspectos; Es por lo que he acudido a exhortarle en varias ocasiones de la manera más atenta que se haga responsable de los obligaciones con que cuenta o que me ayude para llevar a cabo dicha responsabilidad, pero este se niega rotundamente a cumplir su obligación que tiene como padre de nuestra menor hija.
3.- Desplegándose de esta conducta Ilícita por parte C. GUILLERMO RAMIREZ GERARDO papa de mi hija quien es el, el delito previsto en el artículo 295 del Código Penal vigente en el Estado, mismo que a la letra dice: “Comete el delito de abandono de obligaciones alimenticias el que sin motivo justificado deje de proporcionar a su cónyuge, concubina o concubinario, o a sus hijos, los medios económicos o recursos necesarios para atender las necesidades de subsistencia” ya que como puedo mostrar con testimonios de personas allegadas a mí, esta persona ha dejado de cumplir con sus obligaciones para con mi menor hija, quedando debidamente acredita el cuerpo del delito del numeral ya mencionado. .
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