Canon Minero
Enviado por rodox • 28 de Febrero de 2013 • 1.616 Palabras (7 Páginas) • 593 Visitas
CANON MINERO
1. CONCEPTO.-
Es el dinero que los gobiernos regionales y locales reciben como transferencia periódica del Gobierno Nacional, en base a diferentes criterios de distribución, que permite a los gobiernos regionales o locales, que están dentro del área de influencia directa o indirecta de las actividades extractivas de recursos naturales no renovables, participar del Impuesto a la Renta que pagan las empresas mineras, por los beneficios que obtienen de la extracción y comercialización de los recursos minerales.
El Canon Minero está constituido por el cincuenta por ciento (50%) del Impuesto a la Renta que pagan las empresas al Estado, es decir, el impuesto que grava las utilidades de las empresas mineras que realizan de manera efectiva operaciones de extracción y comercialización de recursos naturales minerales.
2. EXPLICACION.-
El Canon, o dinero que recibe el Gobierno Local como transferencia de parte del Gobierno Nacional, es un derecho que la Constitución Política del Perú establece para las circunscripciones territoriales regionales y locales.
Tal derecho supone que los territorios en los que se realiza una actividad extractiva de un recurso natural no renovable tienen una participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona.
El Canon busca compensar al territorio por el beneficio particular (privado) de la extracción y comercialización de un recurso natural (bien público). El Canon Minero debe contribuir a promover el desarrollo humano integral, sostenible y equitativo de toda la población en un determinado territorio, a través de inversiones que mejoren la productividad en el territorio y la calidad de vida; principalmente los recursos del Canon deben servir a la población que se encuentra en las zonas de influencia directa de la actividad minera, a fin de generar mayores oportunidades de desarrollo y prevenir y contrarrestar los efectos o impactos negativos al medio ambiente que pudiera generarse por la actividad minera.
Por su naturaleza, el Canon Minero no será una transferencia permanente ni igual para los gobiernos locales, aún en el supuesto que las normas se mantengan igual, el monto que finalmente transfiera el Gobierno Nacional al Gobierno Local dependerá del monto del Impuesto a la Renta que paguen a la SUNAT las empresas mineras, el monto del impuesto dependerá a su vez del monto que las empresas hayan obtenido de utilidades, las que dependen del precio internacional del mineral y el volumen de producción y comercialización que alcance la mina en el lapso de un año. El Canon Minero debe contribuir a promover el desarrollo humano integral, sostenible y equitativo de toda la población en un determinado territorio, a través de inversiones que mejoren la productividad en el territorio y la calidad de vida; principalmente los recursos del Canon deben servir a la población que se encuentra en las zonas de influencia directa de la actividad minera, a fin de generar mayores oportunidades de desarrollo y prevenir y contrarrestar los efectos o impactos negativos al medio ambiente que pudiera generarse por la actividad minera.
3. DISTRIBUCION DEL CANON MINERO.-
El Canon Minero generado por cada empresa minera será distribuido a nivel local utilizando los siguientes porcentajes y criterios: 10% para os gobiernos locales del distrito o distritos donde se explota el recursos natural. De ello, 30% debe destinarse a la inversión productiva para el desarrollo sostenible de las comunidades de la zona. 25% se distribuye entre los gobiernos locales distritales y provinciales de la zona donde se explota el recurso natural. 40% le corresponde a los gobiernos locales distritales y provinciales del departamento o departamentos donde se explota el recurso natural. 25% va dirigido al Gobierno Regional, el cual destina el 205 de éste monto a las universidades del departamento.
4. USO DEL CANON MINERO.-
Las transferencias por concepto de canon minero podrán utilizarse exclusivamente para el financiamiento o co-financiamiento de proyectos de inversión u obras de infraestructura de impacto regional y local. Mantenimiento de infraestructura generada por proyectos de impacto regional y local. Elaboración de perfiles correspondientes a proyectos de inversión pública enmarcados en Planes de Desarrollo Concertado. Para el caso de la inversión del Gobierno Regional en las Universidades de su jurisdicción, el dinero está destinado a la inversión en investigación científica y tecnológica que potencien el desarrollo regional.
5. FUNCIONES Y COMPETENCIAS MUNICIPALES.-
5.1. Organización del espacio físico – uso del suelo. Zonificación.
Acondicionamiento territorial (uso de tierras y regulación de áreas urbanas). Patrimonio Histórico, cultural y paisajístico (conservación de los monumentos Arqueológicos históricos y artísticos).
5.2. Servicios Públicos locales. Educación, cultura deporte y recreación. Establecimiento, conservación y administración de parques zonales, zoológico, Jardines botánicos, boques naturales, directamente no a través de concesiones.
5.3. Protección y Conservación del Medio Ambiente. Proponer la creación
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