Contabilidad
Enviado por sandraZapata • 11 de Marzo de 2014 • 749 Palabras (3 Páginas) • 229 Visitas
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE N° 01
1.- Definir lo siguiente:
a) Pesquisa.- Es la obtención de información mediante peguntas o a través de averiguaciones o conversaciones.
b) Debate pericial.-
c) Técnica pericial.- son los métodos que el perito aplica, según sean sus objetivos, para obtener y valuar las pruebas necesarias para fundamentar su informe o dictamen pericial.
d) Compulsa.- es el examen de dos o más documentos, comparándolos entre si. Es sinónimo de cotejo. También podemos decir que es la copia de un documento o de unos autos sacados judicialmente y confrontada con su original.
e) Conciliación.- es la avenencia de las partes en un acto judicial, previo a la iniciación de un pleito.
1.- DEFINIR LO SIGUIENTE:
A). PESQUISA:
La pesquisa o indagación es la obtención de información mediante preguntas o a través de averiguaciones y conversaciones.
B). DEBATE PERICIAL:
Este es un “careo técnico” entre dos posiciones, la oficial (perito de parte del fiscal) y la nuestra (perito de parte, de tu abogado defensor), contamos con los peritos mejor calificados y experimentados para sustentar persuadir y convencer técnicamente a los magistrados. El debate es uno de los puntos más críticos para que los jueces decidan sobre la culpabilidad o inocencia.
C). TECNICA PERICIAL:
Son los métodos que el perito aplica, según sean sus objetivos, para obtener y evaluar las pruebas necesarias para fundamentar su informe o dictamen pericial.
D). COMPULSA:
La compulsa o comparación es observar, comprar o cotejar la similitud o diferencia de los conceptos, importes, fechas, etc. Entre los registros y los documentos o viceversa o entre varios documentos.
E). CONCILIACION:
La conciliación es hacer que concuerden dos conjuntos de cifras relacionadas, separadas e independientes.
2.- EXPLIQUE LO SIGUIENTE.
a) ¿En qué momento el perito puede ser recusado?
El perito puede ser recusado antes o después del juramento de aceptación del cargo. Si se comprueba algún lazo de familiaridad o amistad con el procesado.
b) ¿Cuál sería la justificación para que un perito se excuse?
La justificación para que un perito se excuse es cuando este se encuentra moralmente o profesionalmente comprometido con alguna de las partes en litigio.
c) ¿Qué es la tacha?
Es la impugnación que interpone un litigante ante el juez, aduciendo reparos o impedimentos de un testigo, para que su dicho no sea aceptado. Facultad legal que se le concede a los litigantes, el derecho de tacha a los peritos, cuando detectan sospechas fundadas de parcialidad. El artículo 141° del Código de Procedimientos Penales señala que el inculpado puede tachar a los peritos por las mismas causas que a los testigos y que el juez investigara los hechos en
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