El Legado En El Peru
Enviado por manuel1975 • 11 de Septiembre de 2012 • 955 Palabras (4 Páginas) • 707 Visitas
Legados
1. La totalidad de la herencia en legados
2. Clases de legados
3. Transmisión y entrega del bien legado
4. Pagos de legados
5. Legados para fines sociales, culturales o religiosos
6. El legado con cargo a la masa y con cargo a un heredero o legatario
7. Reducción del legado
8. Orden en el pago de legados
9. Caducidad de legado
10. Ineficacia de los legados
11. Anexos
12. Bibliografías
13. Articulado de los legados
14. Conclusiones generales
15. Institución de legatarios
16. Adquisición de legados
17. Sustitución de herederos y legatarios
18. Derecho de acrecer
La institución de legatario se distingue de la institución de herederos, en que el primero recibe bienes determinados, servicios o prestaciones concretas e individuales, en cambio el heredero, recibe un patrimonio o una parte alícuota de el, en que se incluye bienes, derechos y obligaciones. Si no hay disposiciones especiales, los legatarios se regirán, por las mismas normas de los herederos.
• La Institución de Legatario otorga a este, Derechos y Obligaciones:
1.- recibir el bien legado con todos sus accesorios.
2.- exigir que el heredero le otorgue fianza.
3.- exigir la constitución de la hipoteca, por parte de los otros legatarios, cuando la herencia se distribuye en legados.
4.- exigir que el albacea caucione su manejo.
5.- retener el bien legado.
6.- reivindicar el bien legado.
7.- recibir la indemnización del seguro en caso de incendio del bien legado, después de la muerte del testador.
LA TOTALIDAD DE LA HERENCIA EN LEGADOS
El legatario no responde de las deudas generales de la herencia, solo lo que le haya asignado el testador, si no alcanza para pagar la deuda, responden con los herederos en proporción al monto de sus legados.
CLASES DE LEGADOS:
1.- Legado de bien ajeno determinado: el Art. 759 dispone que no es valido el legado de un bien determinado, si no se halla en el dominio del testador, al tiempo de su muerte.
LANATTA.-Dice que resulta una solución intermedia por cuanto la cosa puede no estar en el dominio del testador, al momento de dictar su declaración de ultima voluntad, mas si en el momento de la muerte.
VELEZ SARSFIELD, dispone que es de ningún valor todo legado de cosa ajena, cierta y determinada, sepa o no el testador que no es suya, aunque después adquiriese la propiedad de ella, exige que el causante sea propietario del bien al momento de testar.
2.- Legado de bien ajeno indeterminado: el Art. 758 prescribe que es valido el legado de un bien mueble indeterminado, aunque no lo haya en la herencia, salvo disposición diversa del testador, corresponde al encargado de pagar el legado quien cumplirá con dar un bien que no sea de calidad inferior ni superior a aquel.
TRANSMISIÓN Y ENTREGA DEL BIEN LEGADO
Al igual que en la herencia, el derecho del legatario se inicia con la muerte del autor de la sucesión, para llevar a cabo la transmisión, debemos distinguir las siguientes situaciones:
a) Cuando el legado sea
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