El programa de Empresas Altamente Exportadoras (ALTEX)
Enviado por • 2 de Febrero de 2015 • Informe • 1.054 Palabras (5 Páginas) • 220 Visitas
Altamente Exportadoras (ALTEX), que fue establecido en 1990, ha sido un instrumento eficaz en la eliminación de obstáculos administrativos a favor del sector industrial, lo cual ha beneficiado no sólo en la simplificación de trámites, sino en mayor liquidez para este sector de la economía mexicana.
Definición:
El programa de Empresas Altamente Exportadoras (ALTEX) es un instrumento de promoción a las exportaciones de productos mexicanos, destinado a apoyar su operación mediante facilidades administrativas y fiscales.
USUARIOS:
1)Las personas físicas o morales establecidas en el país productoras de mercancías no petroleras que demuestren exportaciones directas por un valor de dos millones de dólares o equivalentes al 40 por ciento de sus ventas totales, en el período de un año.
2) Las personas físicas o morales establecidas en el país productoras de mercancías no petroleras que demuestren exportaciones indirectas anuales equivalentes al 50 por ciento de sus ventas totales.
3) Las empresas de comercio exterior (ECEX), con registro vigente expedido por esta Secretaría.
4) Los exportadores directos e indirectos podrán cumplir con el requisito de exportación del 40 por ciento o dos millones de dólares, sumando los dos tipos de exportación. Para tal efecto, de las exportaciones indirectas únicamente se considerará el 80 por ciento de su valor.
BENEFICIOS: DESVENTAJAS :
Devolución de saldos a favor del IVA, en un término aproximado de cinco días hábiles. trámites administrativos procesos tardíos
acceso gratuito al sistema de información comercial administrado por la se
exención del requisito de segunda revisión de las mercancías de exportación en la aduana de salida cuando éstas hayan sido previamente despachadas en una aduana interior
facultad para nombrar a un apoderado aduanal para varias aduanas y diversos productos Desconfianza de la calidad de productos
DEVOLUCION DE IMPUESTOS DE IMPORTACION A LOS EXPORTADORES ( DRAW BACK )
El DRAWBACK es un mecanismo aduanero que restituye los derechos arancelarios a aquellas empresas exportadoras que necesitan importar bienes utilizados en la producción que exportaran posteriormente.
BENEFICIOS:
1) Se benefician aquellas empresas productoras-exportadoras cuyos costos de producción hayan sido incrementados por los derechos de aduanas que gravan las importaciones de materias primas, partes o piezas incorporadas en el producto exportado.
2) También aquellas empresas productoras-exportadoras que encarga a terceros la producción de los bienes que exporta, siendo requisito que la producción adquirida haya sido objeto de un acuerdo o encargo previo suscrito entre la empresa exportadora y la productora.
El reembolso es del 5% sobre el valor FOB (neto) aportado con el tope del 50% de su costo de producción.
Es necesario que en la elaboración de este producto se haya empleado algún insumo importado y se haya pagado el integro de los aranceles correspondientes por el insumo importado.
La solicitud de reembolso se presenta ante la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS (SUNAD) y los requisitos son los siguientes:
1) El valor CIF de insumos nacionalizados no debe superar el 50% del valor FOB del producto exportado.
2) Los insumos deben nacionalizarse cancelando el integro de los derechos arancelarios.
3) No incluyen insumos nacionalizados con rebaja, exoneración franquicia arancelaria, admisión temporal, etc.
4) No incluye a combustibles o cualquier otro energetico.ni los repuestos y piezas que se consumen o emplean en la obtención de dicho bien.
5) La exportación se debe realizar dentro de los 36 meses siguientes a la fecha de la importación.
6) La solicitud de restitución se debe presentar dentro de los 180 días contados
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