Excluison Social
Enviado por rocio • 5 de Octubre de 2013 • 2.671 Palabras (11 Páginas) • 318 Visitas
Exclusión Social Conceptualización (Estudio desde la Alteridad)
El término exclusión social tiene un significado multidimensional y heterogéneo en todos los ámbitos, se usa en forma indiscriminada y asume diferentes connotaciones y dimensiones, haciendo referencia a diferentes rupturas del vínculo social, con un colectivo social y con la sociedad en general, haciendo referencia a una situación específica de origen, condición física, económica, política o cultural, por lo que algunos teóricos la denominan también desafiliación social. La exclusión social ha existido en las diferentes transformaciones por las que ha evolucionado la humanidad.
Es la imposibilidad de gozar de los derechos sociales sin ayuda, en la imagen desvalorizada de sí mismo y de la capacidad personal de hacer frente a las obligaciones propias, en el riesgo de verse relegado de forma duradera al estatus de persona asistida y en la estigmatización que todo ello conlleva para las personas y, en las ciudades, para los barrios en que residen". Esta noción se entiende como concepto dinámico mucho más amplio que el de mera pobreza. El individuo no será integrado por las ventajas del empleo ni aunque mejore el empleo de manera generalizada. El concepto de exclusión social se refiere a la acción y al efecto de impedir la participación de ciertas categorías de personas en aspectos considerados como valiosos de la vida colectiva.
privación o dificultad para la satisfacción de ciertas necesidades secundarias e incluso algunas de las necesidades básicas (tales como disponibilidad de servicios como agua potable, desagüe y electricidad) es una característica común en todos los grados y tipos de marginación.
En la educación el analfabetismo es un factor relativo, ya que en las sociedades del Tercer Mundo la definición de analfabeto se acerca más al límite inferior del "analfabeto absoluto". En las sociedades industrializadas será analfabeto aquel que ignore ciertas complejidades sociales y tecnológicas. No en todos los casos el analfabeto se encuentra, en las capas más pobres de la sociedad. La imposición por parte del BM y el FMI ha fortalecido muchas de las tendencias que contribuyen al trabajo infantil. Se ordena a los gobiernos que promocionen las exportaciones y recorten el gasto público como condición para seguir recibiendo préstamos.
. La educación es, por lo tanto, un factor decisivo para la socialización de los jóvenes para la transmisión de los valores relacionados con la ciudadanía, la democracia, la solidaridad y la tolerancia. Constituye también un elemento vital para facilitar la participación activa de todos los ciudadanos en la sociedad y para la integración en el interior de cada país de los excluidos de los beneficios del desarrollo. La educación conduce a la creatividad individual y mejora la participación en la vida social, económica, cultural y política de la sociedad.
Los Estados partes en esta Convención se "comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna". Por su parte La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es el resultado palpable, visible, concreto, material, de todas las dimensiones y procesos involucrados en la aguda crisis y profunda reforma de la Gobernanza en Venezuela, que cristaliza en la Asamblea Constituyente de 1999.
Así lo reveló, con gran simbolismo, la toma de posesión del cargo de presidente de la república, por parte de Hugo Chávez, quien en la ocasión declaró: “Juro delante de Dios, juro delante de la Patria, juro delante de mi pueblo que sobre esta moribunda Constitución impulsaré las transformaciones democráticas necesarias para que la República nueva tenga una Carta Magna adecuada a los nuevos tiempos. Lo juro” (2 de febrero de 1999).
En su artículo 6, establece el Gobierno Participativo (con protagonismo vinculante de las poblaciones organizadas).
En su artículo 51, establece con rango constitucional el derecho a petición a la autoridad pública con la obligación de ésta de entregar respuesta.
En su artículo 55°, establece la participación de la sociedad civil organizada en la administración de la seguridad pública.
En su artículo 62, establece la participación vinculante de la sociedad civil organizada como deber obligatorio del Estado.
En su artículo 70, establece con rango constitucional el derecho a la participación protagónica, las asambleas ciudadanas vinculantes, las cooperativas y otras formas de cogestión civil de lo público.
En su artículo 141, establece el principio constitucional de participación en la administración del Estado.
En sus artículos 158 a 185, establece la descentralización de los Estados y municipalidades, con obligación de participación protagónica de la sociedad civil organizada (artículo N° 184).
En su Título III, Capítulo VIII, establece el reconocimiento a la existencia y los derechos de los Pueblos Indígenas.
En los artículos 19 y 20, reconoce su propiedad sobre sus ambientes y tierras.
En el artículo 124, prohíbe expresamente toda patente sobre su biodiversidad.
En el artículo 125 establece cuotas mínimas obligatorias de representación política para los pueblos indígenas en las instituciones nacionales.
En su artículo 260, establece reconocimiento constitucional a la justicia propia de los Pueblos Indígenas. Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
En su artículo 21, numeral 2, eleva a rango constitucional las acciones afirmativas, también llamadas “discriminaciones positivas” a favor de sectores en objetiva desventaja (minusválidos, niños, etc.).
En su artículo 26, eleva a rango constitucional los llamados “derechos difusos y colectivos” (el de los consumidores, o de las generaciones futuras, por ejemplo).
En su artículo 56, establece los derechos de los hijos, sin discriminación alguna en razón del estado civil de sus padres.
En su artículo 57, establece la prohibición constitucional de la discriminación en los medios de comunicación.
En su artículo 61, establece un equilibrio de responsabilidad social a la libertad de conciencia.
Establece constitucionalmente protección especial para los niños (artículo N° 78); los ancianos (artículo N° 80); y los discapacitados y sordomudos (artículo N° 81). Eleva a rango constitucional el derecho a vivienda dign a (artículo N° 82) y a la salud (artículo N° 83).
En su artículo 84, establece constitucionalmente el sistema nacional de salud y los principios de participación de la comunidad organizada en el mismo, prohibiendo expresamente
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