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Enviado por milaruce • 19 de Octubre de 2014 • 1.031 Palabras (5 Páginas) • 256 Visitas
LOS IMPUESTOS MUNICIPALES
CONCEPTO:
Los impuestos municipales son los tributos en favor de los Gobiernos Locales, cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa de la Municipalidad al contribuyente.
Los Impuestos Municipales, permiten a las Alcaldías desarrollar Programas y Proyectos diseñados para mejorar la calidad de vida de los habitantes del Municipio.
La recaudación y fiscalización de su cumplimiento corresponde a los Gobiernos Locales.
TIPOS:
Los impuestos municipales son, exclusivamente, los siguientes:
a. Impuesto Predial
b. Impuesto vehicular
c. Impuesto de Alcabala.
d. Impuesto a las Apuestas.
e. Impuesto a los Espectáculos Públicos.
f. Impuesto a los Juegos.
A. IMPUESTO PREDIAL
Grava la propiedad de predios urbanos y rústicos;entendiéndosepor predios a los terrenos, edificaciones e instalaciones fijas y permanentes.
Es el Impuesto cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio.
Este tributo grava el valor de los predios urbanos y rústicos en base a su autovalúo.
El autovalúo se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años.
Características:
Esuntributoanual(seconfigurael01de enero de cada año).
Generaobligacióndepresentardeclaración jurada.
BaseImponible:
Valor de los predios urbanos rústicos ubicados en una misma jurisdicción.
¬Este valor se determinasegún tablas arancelarias que publica el Ministerio deTransportes y Comunicaciones.
¿Quién paga el Impuesto Predial?
Aquellas personas que al 01 de Enero de cada año, sean propietarios de un predio, sin importar su condición de rural o urbano.
Si durante el año se adquiere la propiedad de predios, la obligación de pagar nace a partir del 01 de Enero del año siguiente.
Tratándose de condóminos o copropietarios, la Municipalidad puede exigir a cualquiera de ellos el pago total del Impuesto.
El poseedor de un predio también es obligado al pago (responsable solidario), en los casos que no pueda determinarse la existencia de propietario.
¿Cómo se calcula el Impuesto Predial?
Primero, se determina el valor total de los predios que tiene el contribuyente, ubicados en una misma jurisdicción distrital, aplicándose los valores arancelarios y los valores unitarios oficiales de construcción que aprueba el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Luego, sobre el valor total calculado se aplican las tasas fijadas en el TÚO de la Ley de Tributación Municipal, considerando la UIT vigente al 01 de Enero de cada año:
¿Cuál es el beneficio para Pensionistas?
Todo exceso a 50 UITs, pagará el impuesto.
Para obtener este beneficio deben cumplirse los siguientes requisitos: - Ser propietario de un solo predio (a nivel nacional), a nombre del pensionista o de la sociedad conyugal.
- El predio debe estar destinado a vivienda del pensionista o la sociedad conyugal.
- El ingreso del pensionista sólo debe ser su pensión, y ésta debe ser menor a 1 UIT mensual.
Se cumple el requisito de única propiedad, cuando además de la vivienda, existe cochera. Además, el uso del inmueble con fines productivos, comerciales y/o profesionales, no impide el goce del beneficio, siempre que se cuente con la Licencia Municipalidad respectiva.
¿Dónde y Cómo presentar la declaración jurada?
La declaración jurada debe ser presentada en la Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital
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