Las Cooperativas
Enviado por giovani0605 • 5 de Septiembre de 2012 • 3.367 Palabras (14 Páginas) • 475 Visitas
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Las presentes Bases Constitutivas constituyen una norma jurídica de observancia
general y obligatoria para todos los Socios, directivos, funcionarios y personal empleado de la
-----------------------------------------------. representan la norma interna suprema y
complementan los preceptos establecidos en la Ley para Regular las Actividades de las
Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, la Ley General de Sociedades
Cooperativas y la regulación aplicable al Sector Cooperativo Financiero.
Artículo 2.- Para los efectos de las Bases Constitutivas, se entenderá por:
I. “LRASCAP”, Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de
Ahorro y Préstamo;
II. “LGSC”, a la Ley General de Sociedades Cooperativas;
III. “Disposiciones” y/o “Reglas de Carácter General”, a las Disposiciones de Carácter
General aplicables a las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, emitidas por
la Comisión:
IV. “CNBV” o “Comisión”, a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;
V. “Federación”, al organismo de integración al cual podrá estar afiliada la Sociedad:
VI. “Dependencia, u Organismo Descentralizado”, Sociedad de integración al cual podrá
estar afiliada.
VII. “Sociedad” o “Cooperativa”, a la Caja Popular------------------------------------
VIII. “Asamblea”, a la Asamblea General de Socios;
IX. “Directivo”, en singular o plural, a los miembros de los Consejos de Administración y de
Vigilancia:
X. “Funcionario”, en singular o plural, al Director o Gerente General y quienes ocupen un
cargo de segundo nivel jerárquico en la estructura organizacional de la Sociedad.
XI. “Socio” en singular o plural, a las personas físicas que participen en el capital social de la
Sociedad.
Artículo 3.- Esta Sociedad se denomina --------------------------, Sociedad Cooperativa de
Ahorro y Préstamo de Responsabilidad Limitada de Capital Variable o su abreviatura Caja
-------------------------------------.
Artículo 4.- La Sociedad es de nacionalidad mexicana. Los extranjeros podrán ser admitidos
como Socios siempre y cuando se obliguen formalmente con la Secretaría de Relaciones
Exteriores a considerarse como nacionales respecto de las aportaciones, bienes, derechos,
concesiones, participaciones o intereses de que fuere titular en la Sociedad, como igualmente
de los derechos y obligaciones que deriven de los contratos en que sea parte la misma, con
autoridades mexicanas, y pacten y convengan no invocar por lo mismo la protección de su
Gobierno, bajo la pena, en caso contrario, de perder en beneficio de la Nación Mexicana los
derechos y bienes que hubieren adquirido. Los extranjeros no podrán fungir como directivos,
funcionarios o empleados de la Sociedad, y de igual forma por ningún motivo la participación
extranjera en el capital de la Sociedad podrá ser superior al 30% del total del referido capital
social, o en su defecto del porcentaje máximo que establece la Ley de Inversión extranjera.
Artículo 5.- La duración de la Sociedad será por tiempo indefinido y su régimen será de
responsabilidad limitada y capital variable, entendiéndose por limitada que la responsabilidad de
los Socios que la integran se limita al monto de sus aportaciones de capital social. 2
Articulo 6.- El domicilio social de la Sociedad estará ubicado en la Ciudad de Guadalajara,
Jalisco, pero por acuerdo del Consejo de Administración podrá establecer sucursales, agencias,
oficinas o representaciones en cualquier parte del territorio nacional de la República Mexicana,
pudiendo pactarse domicilios legales y convencionales, sin que por ello se deba entender que
cambia su domicilio social.
Artículo 7.- El ejercicio social de la Sociedad será del 01 de Enero al 31 de Diciembre de cada
año.
Artículo 8.- La Sociedad es una Cooperativa de Ahorro y Préstamo, con personalidad jurídica y
patrimonio propios, constituida y organizada conforme a la Ley General de Sociedades
Cooperativas y formando parte del sistema financiero mexicano con el carácter de integrantes
del sector social sin ánimo especulativo y reconociendo que no es intermediario financiero con
fines de lucro.
Su objeto fundamental es: realizar operaciones de ahorro y préstamo; fomentar la cultura del
ahorro; facilitar el acceso al crédito; apoyar el financiamiento de micro y pequeñas empresas; y,
mediante la educación cooperativa, propiciar la solidaridad y la superación económica de sus
Socios y de las comunidades en que opera. En consideración de lo anterior, es parte integrante
de su objeto social lo siguiente:
I. Funcionar como Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, y otorgar servicios y
productos de acuerdo a la LRASCAP, las disposiciones de carácter general
correspondientes y las operaciones específicas que le autorice la Comisión;
II. Fomentar la cultura del ahorro entre los Socios y el público en general, estimulando su
sistematización mediante tasas de rendimiento competitivas, así como por la difusión de
los beneficios patrimoniales que se generan;
III. Aceptar y promover el ahorro de menores de edad, con el fin de formar en ellos a futuros
Socios, directivos y empleados de la Sociedad e inculcarles la cultura del ahorro desde
temprana edad;
IV. Otorgar préstamos a los Socios acordes a sus necesidades y su capacidad económica,
así como a las condiciones financieras de la Sociedad. De igual manera, establecer
procesos que permitan la concesión de créditos en forma rápida y oportuna;
V. Combatir las prácticas de usura en la comunidad mediante procesos de concientización
de los Socios y público en general, y otorgando créditos con tasas de interés razonables
y accesibles;
VI. Inspirar sus estrategias y programas de desarrollo humano y organizacional en los
postulados de los Principios y Valores Cooperativos establecidos por la Alianza
Cooperativa Internacional;
VII. Asesorar a los Socios en el manejo y diversificación de los recursos aportados en forma
de ahorro, en cualquiera de sus modalidades;
VIII. Fomentar la cultura financiera y la conciencia ecologista entre los
...