Lo Que Callan Los Princesos
Enviado por kateoemonio • 18 de Junio de 2014 • 373 Palabras (2 Páginas) • 182 Visitas
a los hombre tambien nos pegan
Qué es? ¿En qué consiste?
El Código Civil para el Distrito Federal establece el Divorcio sin causa, que procede si uno de los cónyuges manifiesta su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin precisar causal alguna. De modo que la simple solicitud de divorcio de uno de los cónyuges, basta para que el Juez de lo Familiar decrete la disolución del Matrimonio, de un modo legal y ágil. Usted puede solicitar su divorcio express en el Distrito Federal, sin importar dónde se haya casado.
Si el último domicilio conyugal se estableció en el Distrito Federal, pueden presentar su solicitud de divorcio incausado ante Juez de lo Familiar del Distrito Federal, acompañando al mismo una propuesta de convenio, que debe contener lo siguiente:
I. La designación de la persona que tendrá la guarda y custodia de los hijos menores o incapaces;
II.- Las modalidades bajo las cuales el progenitor, que no tenga la guarda y custodia, ejercerá el derecho de visitas, respetando los horarios de comidas, descanso y estudio de los hijos;
III.- El modo de atender las necesidades de los hijos y, en su caso, del cónyuge a quien deba darse alimentos, especificando la forma, lugar y fecha de pago de la obligación alimentaria, así como la garantía para asegurar su debido cumplimiento;
IV.- Designación del cónyuge al que corresponderá el uso del domicilio conyugal, en su caso, y del menaje;
V.- La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide, así como la forma de liquidarla, exhibiendo para ese efecto, en su caso, las capitulaciones matrimoniales, el inventario, avalúo y el proyecto de partición;
VI.- En el caso de que los cónyuges hayan celebrado el matrimonio bajo el régimen de separación de bienes deberá señalarse la compensación, que no podrá ser superior al 50% del valor de los bienes que hubieren adquirido, a que tendrá derecho el cónyuge que, durante el matrimonio, se haya dedicado al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos o que no haya adquirido bienes propios o habiéndolos adquirido, sean notoriamente menores a los de la contraparte. El Juez de lo Familiar resolverá atendiendo las circunstancias especiales de cada caso.
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