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Oblgacines reseña


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2017  •  Monografía  •  29.277 Palabras (118 Páginas)  •  295 Visitas

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DELITOS EN PARTICULAR

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COAHUILA

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LESIONES

Concepto del delito

Es la alteración de la salud o cualquier otro daño que deje huella material en el cuerpo de una persona, originada causalmente en la conducta injusta y culpable de otra.

ART. 288 CPF.

Bajo el nombre de lesión, se comprende no solamente las heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino toda alteración en la salud y cualquier otro daño que deja huella material en el cuerpo humano, si esos efectos son producidos por una causa externa.

Naturaleza jurídica

Consiste en amparar, como bien jurídicamente tutelado por la norma, la integridad física y mental de las personas.

Bien jurídico tutelado

Integridad corporal.

ESTUDIO DOGMATICO DEL DELITO

I. Clasificación del delito

a) En función de su gravedad

Las lesiones, son consideradas como un delito, dentro de la clasificación bipartita, porque además de atentar contra los derechos del contrato social, son sancionados por la autoridad judicial.

b) En orden a la conducta del agente

Es eminentemente de acción, porque en su ejecución, necesariamente deben efectuarse movimientos corpóreos.

Y podrán ser de comisión por omisión, cuando las lesiones se ocasionan mediante una inactividad del agente, únicamente, por necesitarse en su realización de un resultado para la existencia de este delito.

         

           c) Por su resultado

Es un delito material, porque en su realización se produce un resultado material, consiste en una alteración en la salud personal, ya sea anatómica, fisiológica o psíquica.

d) Por el daño que causan

Es de lesión debido a que causa un daño directo al bien jurídico tutelado: integridad corporal.

 

e) Por su duración

Es de realización instantánea, en el mismo momento de su ejecución se consuma el acto delictivo; se comete mediante la realización de una sola acción única, o bien, de una compuesta por diversos actos que entrelazados producen el resultado, atendiéndose esencialmente a la unidad de la acción.

Es de realización permanente, cuando la conducta del agente se prolonga a través del tiempo.

Y es de realización continua, al verificar la lesión mediante diversas acciones descontinuadas. 

f) Por el elemento interno

Es un ilícito doloso, porque el agente tiene la plena voluntad de lesionar a alguien.

Se presumirá que existe premeditación cuando las lesiones o el homicidio se cometan por inundación, minas, incendio, bombas o explosivos: por medios de venenos o cualquier otra sustancia nociva para la salud, contagio venéreo, asfixia o enervantes o por retribución dada o prometida: por tormento, motivos depravados o brutal ferocidad.

g) En función a su estructura

Es simple, porque su contenido, únicamente se tutela un bien jurídicamente tutelado, el cual es la integridad corporal.

h) En relación al N° de actos

Es unisubsistente, debido a que se ejecuta en un solo acto en el que se originen las lesiones, el delito queda configurado. No necesita más de un hecho para considerarse ilícito.

i) En relación al N° de sujetos

Es unisubjetivo, porque el texto legal así nos lo expone al mencionar las palabras “Al que…”, con lo cual entendemos que basta la participación de un sólo sujeto para que se cole el tipo penal.

j) Por su forma de persecución

k) En función de su materia

Es un delito de relevancia en el fuero federal y fuero común.

l) Clasificación legal

Se encuentra estipulado en el Título Decimonoveno “Delitos contra la vida y la integridad corporal”, Capítulo I del artículo 288 al 301 del Código Penal Federal.

II. Imputabilidad e Inimputabilidad

  1. Imputabilidad

La imputabilidad es la capacidad de querer y entender en el campo del Derecho Penal.

En torno a los menores de edad, algunos penalistas han optado por estimarlos como inimputables, considerándolos de esta forma al igual que los individuos que padecen algún trastorno mental.

Puede ser opuesta esta opinión, ya que se pueden considerar imputables, por estar sometidos a un régimen especial, como el Consejo de Menores; pero por ningún motivo se pueden considerar al igual de aquellos que padecen alguna enfermedad mental.

  1. Análisis del delito según acciones libres en su causa

Las acciones libres en su causa se presentan cuando el sujeto activo, para lograr su acción delictiva, voluntariamente se coloca en algún estado de inimputabilidad.

  1. Inimputabilidad

Inimputabilidad, como aspecto negativo es la incapacidad de querer y entender en el campo del Derecho Penal.

Cuando un sujeto se encuentre en esta situación será inimputable.

Las causas de inimputabilidad son: La inmadurez mental, trastorno mental transitorio, falta de salud mental, miedo grave, temor fundado, hipnotismo, sonambulismo y sueño.


1) Incapacidad

Se presenta en aquellas personas que por su mínima edad no pueden discernir del bien o del mal, no saben cuál será el resultado de sus acciones.

Asimismo, aquellas personas con algún trastorno mental o desarrollo intelectual retardado, también se consideran como incapaces para comprender y desear una acción ilícita dentro del campo del Derecho Penal.


2) Trastorno mental transitorio

Este se presentará, cuando es cometido por un sujeto con alguna enfermedad psicológica eventual, que le impida actuar con su voluntad. Esto es, cuando el sujeto actúa ilícitamente, pero bajo una situación extraordinaria de enfermedad mental, por la cual no es capaz de saber el alcance de sus actos, guiándose por los impulsos o instintos.

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