Practicas Desleales
Enviado por gsm11 • 26 de Noviembre de 2013 • 396 Palabras (2 Páginas) • 328 Visitas
PRACTICAS DESLEALES
PRACTICAS DE COMERCIO DESLEAL
Prácticas de Competencia Desleal Internacional
El dumping y los subsidios son los dos tipos de prácticas consideradas desleales en el comercio internacional porque imposibilitan que la competencia internacional se desarrolle en igualdad de condiciones entre los productores costarricenses y sus competidores extranjeros. La legislación sanciona la existencia de prácticas desleales de comercio cuando las mismas causan o amenazan causar daño a la producción nacional de productos similares.
Los productores nacionales o sus representantes están legitimados para solicitar el inicio de una investigación por supuesta discriminación de precios, siempre y cuando representen al menos el veinticinco por ciento (25%) de la producción total del producto similar al importado.
DUMPING
La imposición de derechos antidumping procede cuando se verifica la existencia de importaciones en condiciones de dumping que le causan daño o amenazan causar daño a la producción nacional de un producto idéntico o similar.
En términos estrictamente económicos, el dumping implica que los precios que se cobran en el mercado interno del país son superiores a los precios de exportación del producto a terceros mercados.
La existencia de una práctica de dumping se determina a través de la siguiente comparación:
o Valor normal - precio de exportación = margen de dumping
o Precio de exportación
Se considera positiva la existencia de dumping cuando el margen de dumping es mayor del 2%.
SUBVENCIONES
Procede la imposición de derechos compensatorios cuando se constata la existencia de importaciones subvencionadas en el territorio nacional que le causan daño o amenazan causar daño a la producción nacional de un producto similar o directamente competidor.
Estos beneficios pueden presentarse bajo la forma de préstamos, primas, incentivos fiscales y bonos, entre otros, e implican una reducción desleal del precio del producto importado en el territorio nacional.
El margen de subsidio se mide mediante la diferencia entre el precio de exportación no afectado por subsidios y el precio subsidiado de exportación.
CAUSALIDAD: UN ELEMENTO ESENCIAL
La existencia de dumping o de subsidios no es suficiente para proceder a la adopción de un derecho antidumping o compensatorio. Se requiere que exista daño, amenaza de daño o retraso sensible al establecimiento de una rama de la producción nacional ocasionado por las importaciones que son objeto de investigación.
En una investigación sobre prácticas desleales de comercio se debe probar:
o Existencia de dumping o subsidio.
o Existencia de daño, amenaza de daño o retraso sensible al establecimiento de una industria.
o Relación causal.
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