Solucion sentencia integridad corporal
Enviado por LauraADavid • 13 de Marzo de 2018 • Informe • 500 Palabras (2 Páginas) • 116 Visitas
1º HECHOS: (Lo que pasa)
- El 4 de junio de 1992, se plantea una cuestión de inconstitucionalidad sobre a la Ley Orgánica 21 de junio de 1989, donde se autoriza a esterilizar a los incapaces siempre y cuando sea ante el Juzgado de 1ª Instancia.
- Se dan 10 días para remitir el testimonio de los autos principales.
- El 30 de junio de 1992 se admite el trámite y se traslada. En un plazo de 15 días se tenía que poner en proceso y más tarde publicarlo en el BOE.
- Los padres de la afectada con síndrome de Down necesitan el consentimiento para una ligadura de trompas.
- Se alega que esta medida de ligadura de trompas es un bien para la incapaz ya que le permitiría el disfrute del sexo excluyéndola de algún riesgo.
- El legislador dice que la esterilización de una persona incapaz se ha permitido alguna vez.
- Alegaciones del Abogado del Estado:
- Evitar la procreación de personas que carecen de voluntad y que no se encuentran habilitadas para ser padres y que para dictar una decisión firme se necesitaría una exploración de la incapaz.
- El día 12 de junio de 1994 se llevó a deliberación y votación.
2º CAUSAS O FUNDAMENTOS JURIDICOS: (Derechos que se encuentran en conflicto)
- Legitimidad constitucional
- Cuestión de inconstitucionalidad
- Derecho a la integridad física y moral
- Derecho a la vida
- Esterilización de los incapaces
- Torturas o tratos inhumanos o degradantes
- Derecho a la autodeterminación
- Esterilización de los deficientes psíquicos
3º FALLO: (Se resuelve de manera subjetiva contando el conflicto de intereses y poniendo sanciones)
En consecuencia, al estudio de la sentencia y de los artículos principales que son el articulo 15 de la CE y el articulo 428 del Código Penal, que son por los que se ha llevado esta sentencia por el tribunal constitucional. Concluimos con que la incapaz tiene síndrome de Down lo que le conlleva a que no pueda hacerse cargo de un posible bebe (por lo que se solicita la ligación de trompas para no mantenerla cohibida toda la vida) o lo que aun sería más grave, que pueda puede ser violada y por ello adquiera alguna enfermedad y pueda transferirla a otras personas sin ser consciente de tal hecho. Desde mi punto de vista, este sería el principal motivo por el que la incapaz debería poder ser esterilizada
También esta práctica debería ser llevada a cabo para prevenir un aborto o incluso en el caso de no poder producir el aborto, esta le transfiera a su descendiente el síndrome de down y tengan que darlo en adopción o deshacerse de él por no poder hacerse cargo.
Al hablar de si son vejatorios o no la esterilización, en este caso, la incapaz no puede decidir, por lo que son los representantes los que deciden por ella. Es decir, en ningún momento son vejatorios o humillantes porque se hacen acorde con su necesidad, no supone ningún tipo de maltrato ni tortura, ya que esta persona no es capaz de cuidar de ella misma.
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