Delitos de peligro contra la vida y la integridad corporal
Enviado por edwuin51 • 10 de Noviembre de 2012 • Trabajo • 722 Palabras (3 Páginas) • 691 Visitas
DELITOS DE PELIGRO - I - DE PELIGRO EFECTIVO
DELITOS DE PELIGRO CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD CORPORAL
Aspectos Generales.-
Su comisión no requiere de la existencia de un resultado; lo que se sanciona es la mayor o menor posibilidad o probabilidad de su perpetración, riesgo que debe está presente al ejecutar las acciones o actualizarse las omisiones a que se refiere la norma penal.
CLASIFICACIÓN GENERAL:
A) DELITOS DE DELITO EFECTIVO:
• Disparo de arma de fuego
• Ataque peligroso.
B) DELITOS DE PELIGRO PRESUNTO:
• Abandono de Personas: (De niños y enfermos; de atropellados, de familiares).
• Contra la Salud Pública: Delito de contagio. (sexual, nutricio).
DELITOS DE PELIGRO EFECTIVO
DISPARO DE ARMA DE FUEGO y ATAQUE PELIGROSO
1.- Noción Legal.- ART. 327 C.P.N.
“Se impondrá prisión de tres meses a dos años y multa hasta de diez días de salario al que dispare sobre alguna persona un arma de fuego, o la ataque de tal manera que en razón del arma empleada, de la fuerza o destreza del agresor o de cualquiera otra circunstancia semejante, pueda producir como resultado del disparo o del ataque, la muerte”
2.- SUJETOS DEL DELITO
b) Activo. – Indeterminada: puede ser cualquier persona.-
a) Pasivo. – Indeterminada: Puede ser también cualquier persona.-
3.- OBJETOS DEL DELITO
a) Material.- Coincide o se identifica con el sujeto pasivo.
b) Jurídico.- La vida y la integridad corporal, en vía de riesgo o peligro.
4.- CONDUCTA TIPICA.-
a) DISPARO DE ARMA DE FUEGO: Disparar un arma de fuego sobre alguna persona.
EL DELITO SE CONSUMA al momento de hacer el disparo hacia alguna persona.
b) ATAQUE PELIGROSO: Una acción de atacar a una persona de tal manera que por las circunstancias descritas, pueda producirse como resultado la muerte.
EL DELITO SE CONSUMA en el momento del ataque.
5.- FORMAS Y MEDIOS DE EJECUCIÓN:
a) DISPARO DE ARMA DE FUEGO.- Accionando un arma de fuego sobre una persona.
b) ATAQUE PELIGROSO.- Cualquier instrumento (arma, vehículo, objetos – mesas, sillas, botellas, etc. - estampida de animales, etc.) o a través de una persona que por sus características agresivas (fuerza, tamaño) pueda producir como resultado la muerte de alguna persona: (artemarcialista, boxeador, luchador, etc.).
6.- RESULTADO TIPICO.- No se requiere su existencia, es un delito FORMAL.
Si se actualizara algún resultado material, dejaría de ser de peligro y se sancionaría el resultadoproducido (lesiones u homicidio).
7.- CONDUCTA.-
...